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¿Por qué es improbable que Cristina Kirchner pueda ir presa, en el caso de una eventual condena en la causa Vialidad?
En el caso que el TO determina la culpabilidad de la vicepresidenta el próximo martes, la pena imputas no se hará, y por lo tanto existen muy pocas posibilidades de que Cristina Fernández pueda ser detenida en una cárcel común, y esto es así por vario motivos.
Sentencia Firme: Uno de esos motivos es que la sentencia debe quedar firme para su ejecución, y para ello restan varias instancias judiciales que deben ratificar el fallo que dicte el Tribunal Oral. Así, la vicepresidenta, en caso de ser condena, puede casar la sentencia ante el Tribunal Federal de Casación Penal. Luego de que este tribunal resuelva el recurso interpuesto, y para el caso de que se confirme una eventual sentencia condenatoria, también podrá interponer recurso de Extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Fueros: Otro de los motivos que impiden la aplicación de una pena privativa de libertad, es que la vicepresidenta ostenta fueros que la protegen de ser arrestada hasta el final de su mandato o hasta que estos fueros le sean revocados por medio de un juicio político.
Prisión domiciliaria: Por último, y para el supuesto de que en todas las instancias recursivas se confirme una eventual sentencia condenatoria de la Sra. Vicepresidenta, y que en ese momento no ostente fueros que impidan su arresto, se deberá analizar la aplicación de la Ley 26.472, que establece el instituto de la prisión domiciliaria, por medio del cual el Juez de ejecución o competente "podrá disponer el cumplimiento de la pena impuesta en detención domiciliaria para un interno mayor de setenta (70) años", pudiendo ser de aplicación dicho beneficio a la Cristina Kirchner, por cuanto la misma cumplirá 70 el próximo 19 de febrero del año 2023.
#perezlloveras #abogadopenalista #abogadocordoba #abogadopenalistaencordoba

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¿Por qué es improbable que Cristina Kirchner pueda ir presa, en el caso de una eventual condena en la causa Vialidad? En el caso que el TO determina la culpabilidad de la vicepresidenta el próximo martes, la pena imputas no se hará, y por lo tanto existen muy pocas posibilidades de que Cristina Fernández pueda ser detenida en una cárcel común, y esto es así por vario motivos. Sentencia Firme: Uno de esos motivos es que la sentencia debe quedar firme para su ejecución, y para ello restan varias instancias judiciales que deben ratificar el fallo que dicte el Tribunal Oral. Así, la vicepresidenta, en caso de ser condena, puede casar la sentencia ante el Tribunal Federal de Casación Penal. Luego de que este tribunal resuelva el recurso interpuesto, y para el caso de que se confirme una eventual sentencia condenatoria, también podrá interponer recurso de Extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Fueros: Otro de los motivos que impiden la aplicación de una pena privativa de libertad, es que la vicepresidenta ostenta fueros que la protegen de ser arrestada hasta el final de su mandato o hasta que estos fueros le sean revocados por medio de un juicio político. Prisión domiciliaria: Por último, y para el supuesto de que en todas las instancias recursivas se confirme una eventual sentencia condenatoria de la Sra. Vicepresidenta, y que en ese momento no ostente fueros que impidan su arresto, se deberá analizar la aplicación de la Ley 26.472, que establece el instituto de la prisión domiciliaria, por medio del cual el Juez de ejecución o competente "podrá disponer el cumplimiento de la pena impuesta en detención domiciliaria para un interno mayor de setenta (70) años", pudiendo ser de aplicación dicho beneficio a la Cristina Kirchner, por cuanto la misma cumplirá 70 el próximo 19 de febrero del año 2023. #perezlloveras #abogadopenalista #abogadocordoba #abogadopenalistaencordoba

La Ley 8.550, establece que aquellos vehículos secuestrados en causas penales “serán entregados en el término de treinta días por el Juez o Fiscal de Instrucción, definitivamente o en depósito, a sus propietarios, poseedores o legítimos tenedores”. Pero en caso de que “éstos no pudiesen ser individualizados o hallados al vencimiento del término, deberán ser puestos a disposición del Tribunal Superior de Justicia, quien podrá entregarlos en depósito al organismo pertinente para su exclusiva afectación a una función o servicios públicos específicos”. Con los hechos recientes donde un legislador, quien cierculaba en un automovil secuestrado, y colicionó con otro vehiculo, quedó en evidencia que se está haciendo un abuso de la ley, donde impera la arbitrariedad, con la unica finalidad de beneficiar a ciertos sectores del poder. #perezlloveras #abogadopenalistacordoba

Legitima Defensa- Una jubilada disparó con un revólver y mató a un ladrón que ingresaba a su casa.
El dueño de casa advirtió que se cortó la luz en su casa, al salir a la calle para ver qué sucedía, fue sorprendido por dos ladrones que le pegaron una trompada en la cara y lo metieron a su casa por la fuerza. Esta situación fue advertida por la esposa del hombre, una ex abogada de 74 años que, solía hacer prácticas de tiro. Entonces tomó su revólver calibre 38, del que tiene portación legal, y cuando se topó con los delincuentes, en el comedor, disparó dos veces. Uno de los tiros impactó en el rostro de Marcos Nicolás Farías (30), un delincuente con numerosos antecedentes penales. "Le voló la cabeza", describió una fuente consultada por Clarín. El cómplice huyó desesperado -al parecer, con el celular de una de las víctimas-, aunque la Policía confiaba en identificarlo y detenerlo en las próximas horas.Pérez Lloveras & Asociados es un estudio jurídico que se dedica exclusivamente al ejercicio profesional en el área del Derecho Penal. Facundo Perez Lloveras - Abogado Penalista - Cordoba

Un padre mató a su hijo creyendo que era un ladrón. Qué es la legítima defensa putativa?
El fiscal que investiga un hecho en donde un padre mató a su hijo, ordenó liberar del mismo, por entender que es probable que el progenitor pudo haber actuado dentro del supuesto de legitima defensa putativa, y por lo tanto no le correspondería reproche penal alguno. Según la versión corroborada por la justicia, en horas de la noche, mientras dormía la familia, escucharon ruidos en el techo de la vivienda, por lo que el imputado, al haber pensado que quien bajaba del techo era un ladrón, le dispara una carabina, y horas después se produjo su muerte. Este caso es una clara situación de legitima defensa putativa, dentro del supuesto de legitima defensa privilegiada. Por un lado, en el articulo 34 del código penal, estable que se exime de pena a aquella persona “que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor“. Este es un supuesto de legitima defensa privilegiada, en donde el código penal exime de responsabilidad penal a aquella persona que lesiona a aquel que irrumpe en un domicilio durante la noche. Va de suyo que debe existir una intromisión, por lo tanto se presume que quien irrumpe en el mismo es un agresor. Puede darse el supuesto, como es el caso que se analiza, que la persona que ingresa a nuestro domicilio no sea efectivamente un agresor, y por lo tanto el sujeto que la lesiona, quien actúa por error, estaría inmerso en el supuesto de legitima defensa putativa o de buena fe. La defensa putativa se presenta cuando por un error sustancial de hecho o por una equivocada interpretación de una circunstancia, el sujeto cree hallarse en la necesidad de defenderse, sin que exista realmente ningún peligro. Se obra de buena fe, en la errónea opinión de que un mal amenaza y que se está ejerciendo un adecuado acto de defensa. La palabra putativa deriva del latín “Putate”, que significa

El derecho a permanecer en libertad durante una investigación penal
En entrevista al Noticiero 12, hablamos sobre el caso del motochorro que recupero la libertad en menos de 24 horas. "En Nuestro sistema judicial rige la presunción de inocencia, que es el derecho de todo ciudadano a ser considerado y tratado como inocente hasta que se demuestro su culpabilidad, lo cual implica que no puede estar detenido por cuanto es inocente..." "En este caso lo creo que los funcionarios judiciales actuaron correctamente y conforme a derecho al darle la libertad... No hay que alejarse de la ley, porque ella es una garantía para todos nosotros. Recordemos que también el presidente estuvo procesado y él no fue encarcelado, es decir estuvo sometido a una investigación durante mucho tiempo y él no fue privado de su libertad, pues frente a él rigió el principio de la presunción de su inocencia y por lo tanto también debe regir para todos los ciudadanos de la república" #abogadopenalistacordoba #abogadopenalistas #perezlloveras #abogadopenalista #abogado #legitimadefensa

Homicidio en legitima defensa. ¿Cuál es y el límite del derecho a matar para defenderse?
Mató a un delincuente y es juzgado por homicidio con exceso en la legitima defensa. Analizamos los casos en los que existe el supuesto de legitima defensa y cuando se excede en ese derecho. #perezlloveras #legitimadefensa #abogado #abogadopenalista #abogadopenalistacordoba #abogadopenalistas

¿Cuáles fueron los fundamentos del fallo que sobreseyó a Cristina Kirchner?
En una decisión muy polémica, los jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg resolvieron el sobreseimiento, sin abrir la etapa del juicio, de Cristina Kirchner por lavado de dinero en la causa Hotesur y Los Sauces. Fundamentos del sobreseimiento: Los magistrados que resolvieron el sobreseimiento en mayoría, dan a entender en su resolución que, aun si se llevara adelante el juicio oral, y se dictara sentencia, la solución a la causa seria la misma, pues ellos entienden que en ese caso seria procedente la absolución de la vicepresidenta, basada en los siguientes motivos: #abogado #abogadopenalista #abogadopenalistacordoba #abogadopenalistas #perezlloveras #CristinaKirchner NOta completa en https://cutt.ly/PT9fNKd

Abuso sexual seguido de muerte. El cambio de carátula en el caso Satya perfila un juicio histórico
En la primera audiencia del juicio donde se juzga al padre de Satya Isaurralde, que se lleva adelante en la Cámara tercera del Crimen de la ciudad de Córdoba, se determinó el cambio de calificación legal por el delito de Abuso sexual seguido de muerte, que prevé una pena de prisión perpetua. #abogadopenalista #abogadopenalistacordoba #abogado #abogadopenalistas #perezlloveras

Los dueños de perros potencialmente peligros responden penalmente
Frente al caso de una agresión realizada por un perro dogo a un vecino de Córdoba, surgieron dudas respecto de si el código penal establecía sanciones a los dueños que no cuiden de los mismos. Resumen de la entrevista concedido por el Dr. Facundo Perez Lloveras al noticiero de Telefe Cordoba. "Se asegura que ciertos animales son tan peligrosos como por ejemplo conducir un vehículo. En la justicia argentina se han aplicado penas ejemplares a propietarios de perros que atacaron a personas, así la cámara cuarta de la ciudad de La Plata en año 2016 condenó a ocho años de prisión por homicidio simple cometido con dolo eventual, al propietario de un perro pitbull que atacó y mató a un niño de dos años." "El código penal no regula de modo específico este tipo de casos, pero sí lo regula de manera genérica, estableciendo sanciones para las personas que ocasionen lesiones o una muerte por su imprudencia, negligencia, impericia o incumplimiento de los reglamentos o deberes a sus cargo". "El abogado explicó que tanto conducir como tener un perro de raza peligrosa es una actividad riesgosa que puede tener consecuencias en perjuicio de terceros. "La tenencia de los animales es un riesgo en sí mismo y depende del tipo de animal, es el riesgo que se crea y el cuidado que debe tener por ser propietario y por generar un riesgo, y si no cumple con estos cuidados será responsables de la lesión o muerte que cause ese animal riesgoso..." #abogado #abogadopenalistacordoba #abogadopenalistas #abogadopenalista #perezlloveras

Entrevista en el noticiero "Crónica 10" .
Cómo influye el paso del tiempo en la prueba de un delito sexula? Entrevista al Dr. Facundo Perez Lloveras en el noticiero "Crónica 10" . www.perezlloveras.com.ar

Partición del Dr. Perez Lloveras en el programa "Semanario TV"
Participacón del Dr. Facundo Perez Lloveras en el programa "Semanario TV" de Cruz Gomez Paz. En esta oportunidad hablamos del caso de "Coimas en la obra publica", de la "Ley del arrepentido" y de la "Cosa juzgada írrita o fraudulenta".

Entrevista sobre la causa de coimas en la obra pública
Entrevista al Dr. Facundo Pérez Lloveras en Teleocho Noticias donde se anliza la causa de Coimas en la Obra Pública www.perezlloveras.com.ar

Entrevista en Radio Continental al Dr. Facundo Pérez Lloveras sobre un proyecto de ley en la provincia de Mendoza, que obliga a los presos a trabajar en la cárcel durante su condena.