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Asesorías jurídicas en Derecho Administrativo y Derecho Penal Militar realizadas en conjunto con el Suboficial Mayor (R) de Carabineros don Gastón Alamos Cifuentes
Madre de conscripto que murió en Putre acusa que no ha recibido apoyo del Ejército: “No se han acercado en ningún momento” - La Tercera El 27 de abril falleció Franco Vargas, conscripto de 19 años que se encontraba realizando una marcha de instrucción en Putre.
¿Y por qué?
Crimen de Carabineros: excluyen del caso al único fiscal especializado en violencia rural de BíoBío [ACTUALIZADO] Juan Yáñez Martinich lleva cerca de 10 años dedicado a investigar los delitos de violencia rural en Bío Bío, pero Manuel Monsalve confirmó que no forma parte del equipo que indaga el triple homicidio. A inicios de este año Yáñez se quejó en contra de su superior, Marcela Cart...
Revelan causa de muerte de conscripto en Putre: Informe de la autopsia descarta participación de terceros El soldado de 19 años murió tras ser sometido, junto a otros conscriptos, a una caminata en condiciones climáticas extremas, con temperaturas de hasta 15 grados bajo cero, aunque esta versión ha sido negada por el Ejército.
Tras muerte de soldado: Brote respiratorio afecta a conscriptos de Putre Están contagiados 45 miembros de la Brigada Motorizada N° 24 "Huamachuco", mismo regimiento donde falleció el joven de 19 años. Según el Ejército, siete pacientes han sido hospitalizados, y dos de ellos se encuentran graves.
Un proyecto de ley presentado por varios senadores chilenos busca conceder amnistía a los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública por delitos cometidos en el contexto del estallido social entre octubre de 2019 y diciembre de 2020. La iniciativa responde a una percepción de tratamiento desigual entre los funcionarios y los civiles involucrados en actos delictivos durante el mismo período, argumentando que los funcionarios actuaron en cumplimiento de su deber estatal de garantizar la seguridad ciudadana. La propuesta incluye la amnistía tanto para los ya condenados como para aquellos que aún están siendo investigados o procesados, y se está debatiendo actualmente en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Proyecto de ley concede amnistía a los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, por hechos delictivos acaecidos en el contexto del denominado "estallido social". - Diario Constitucional La reacción que ha tenido el Estado frente a las fuerzas de Orden y Seguridad por su rol en el estallido social ha diferido sustantivamente del enfoque tomado con las personas que delinquieron en esa misma época y cometieron actos de violencia, fundamentalmente por un enfoque político.
Una crítica que se puede formular al fallo es que en situaciones de protestas o manifestaciones que pueden escalar a desorden público, es crítico para las fuerzas de seguridad mantener el control para proteger a todos los ciudadanos, incluidos los periodistas. Aunque es esencial resguardar la libertad de prensa y los derechos individuales, podría argumentarse que en ciertos contextos complejos y potencialmente peligrosos, las detenciones preventivas o intervenciones de las autoridades pueden ser necesarias y justificadas para garantizar la seguridad general. Esto incluiría situaciones donde no siempre es claro distinguir entre participantes activos en disturbios y aquellos simplemente presentes, como los periodistas, lo que complica la tarea de los funcionarios de seguridad al tener que tomar decisiones rápidas en el terreno
Corte de Temuco acoge recurso de amparo y ordena a Carabineros evite afectar labores periodísticas de quienes no participan de manifestaciones que atentan contra el orden público. - Diario Constitucional Los hechos habrían tenido lugar el día 15 de marzo de 2024, durante un procedimiento en que el camarógrafo del canal Universidad Autónoma de Chile Televisión cubría una noticia consistente en una manifestación de agricultores, que se realizaba en la ruta 5 sur, en el sector de PUA.
La Corte de Apelaciones de Temuco falló a favor de un recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos en contra de Carabineros, por la detención irregular de Javier López, un camarógrafo que cubría una protesta de agricultores. La corte dictaminó que Carabineros debe ajustarse a sus propios procedimientos para no afectar los derechos fundamentales de quienes realizan labores periodísticas y no participan activamente en manifestaciones que alteren el orden público. La decisión destaca la importancia de la labor periodística como pilar de la democracia y subraya la necesidad de proteger la libertad personal en el ejercicio de estas funciones.
Corte de Temuco acoge recurso de amparo y ordena a Carabineros evite afectar labores periodísticas de quienes no participan de manifestaciones que atentan contra el orden público. - Diario Constitucional Los hechos habrían tenido lugar el día 15 de marzo de 2024, durante un procedimiento en que el camarógrafo del canal Universidad Autónoma de Chile Televisión cubría una noticia consistente en una manifestación de agricultores, que se realizaba en la ruta 5 sur, en el sector de PUA.
Conociendo la ley 20.931, importante para el trabajo policial
Introducción 00:00
Origen y propósito de la ley 03:50
Articulo 11 05:17
Articulo 12 06:28
Articulo 12 bis 14:24(de interés funcionarios PDI)
Articulo 13 17:30
Conclusión y medios de contacto 20:04
Ex Capitán Miguel Toledo: sobre asesinato a tres carabineros “Yo sé quiénes son y no con mapuche” Ex Capitán de Carabineros Miguel Toledo: sobre asesinato a tres carabineros “Yo sé quiénes son y no con mapuche”
Nuestras sentidas condolencias a la familia y a la institución
Solo maleteros y portaequipajes son registrables en controles vehiculares por Carabineros o PDI
La Corte Suprema de Chile anuló una sentencia previa del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que había condenado a un individuo a tres años y un día de prisión por porte ilegal de un arma de fuego adaptada. El tribunal superior determinó que Carabineros realizó un registro no autorizado en un compartimiento cerrado del vehículo, que no estaba permitido según la normativa vigente. La fiscalización, realizada sin indicios suficientes y en un espacio no permitido por la ley, resultó en la detección de la pistola adaptada, lo que constituyó una infracción grave al derecho a la privacidad y al debido proceso. La evidencia obtenida ilegalmente influyó en el fallo condenatorio original, lo que llevó a la Corte a anular la sentencia y ordenar una nueva audiencia, excluyendo la prueba cuestionada.
El maletero y el portaequipaje son los únicos espacios de un vehículo que Carabineros puede registrar en un control vehicular. - Diario Constitucional Los agentes registraron un cubículo cerrado contiguo a la palanca de cambios, encontrando una pistola de fogueo adaptada para el disparo, sin embargo, tal diligencia no fue respaldada por ningún indicio, por lo tanto, la prueba incriminatoria fue obtenida de forma ilegal y el juicio es nulo.
La Corte Suprema desestimó un recurso de protección presentado por un funcionario de Gendarmería de Chile que fue objeto de un cambio de funciones tras denunciar a un colega por maltrato a un reo. El funcionario argumentó que la orden verbal de su superior, motivada por presiones gremiales y que alteraba sus labores habituales, era arbitraria e ilegal, vulnerando su derecho a la igualdad ante la ley. Sin embargo, la Corte Suprema argumentó que las órdenes verbales de superiores en cuerpos castrenses como Gendarmería son habituales y se ajustan a derecho, estando fundamentadas en necesidades funcionales y legales de la institución. Así, la acción cautelar no fue considerada la vía adecuada para cuestionar este tipo de instrucciones internas, concluyendo que el recurso no procedía ante la naturaleza y el contexto de las órdenes dadas.
Órdenes verbales de un superior no pueden ser impugnadas mediante el recurso de protección. - Diario Constitucional El recurrente acusó un “apriete gremial” por denunciar a un gendarme que lesionó a un reo, lo que devino en una orden de su superior alterando sus labores de forma injustificada y sin posibilidad de replicar. No obstante, la magistratura estimó que la orden impartida obedece a la generalidad ...
La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó un recurso de protección interpuesto por un carabinero que fue trasladado de San Vicente de Tagua Tagua a Santiago, alegando discriminación y vulneración de su igualdad ante la ley, dada su situación familiar y los gastos adicionales que implicaría el traslado. Carabineros justificó el movimiento basándose en necesidades institucionales y aseguró que el traslado cumplía con la reglamentación, además de ofrecer apoyo para mitigar gastos de vivienda para el funcionario y su familia. La Corte determinó que el traslado se ajustaba a derecho, estaba fundado en las necesidades de la institución y no vulneraba las garantías constitucionales del carabinero, confirmando así que el acto administrativo estaba dentro de las facultades legales de Carabineros y había sido tomado considerando tanto las necesidades operativas como los derechos del personal.
Traslado de Carabinero de la región de O’Higgins a la Metropolitana no vulnera sus garantías constitucionales. - Diario Constitucional La decisión adoptada es, efectivamente, una de aquellas previstas en la reglamentación respectiva y fundada en las necesidades propias de la institución recurrida, por lo que las circunstancias hechas valer por los recurrentes no impiden el traslado del actor, por cuanto esto obedece a necesidade...
La Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por un funcionario de la Policía de Investigaciones (PDI) contra su institución por ser trasladado a otra región del país. El recurso argumentaba que el traslado era arbitrario, ilegal, y vulneraba derechos personales y familiares, dado su destacado desempeño en su lugar de trabajo anterior, sus estudios en curso y su situación familiar en Talca. Sin embargo, la Corte determinó que los traslados dentro de la institución son decisiones que se ajustan a derecho y están motivadas por las necesidades institucionales, prevaleciendo estas sobre las personales y familiares del funcionario. Se estableció que al ingresar a la PDI, los funcionarios aceptan la posibilidad de ser destinados a cualquier lugar del territorio nacional según lo requiera la institución.
Traslado de funcionario de la PDI se ajustó a derecho al ser motivado por las necesidades institucionales. - Diario Constitucional La magistratura hizo notar que los integrantes de las filas policiales, al momento de ingresar a la institución, aceptan que pueden ser movilizados para servir en cualquier lugar del territorio nacional; por lo tanto, las necesidades personales y familiares no priman sobre las necesidades propias d...
La noticia se trata de cómo la Corte Suprema rechazó un recurso de nulidad presentado por un individuo condenado por tráfico ilícito de drogas. Este recurso buscaba anular la sentencia que lo condenaba a una pena de prisión debido a irregularidades alegadas en el proceso de detención y juicio, especialmente enfocándose en el argumento de que el olor a marihuana no debería ser suficiente para cambiar un control vehicular a uno de identidad. Además, el acusado argumentaba que la droga incautada era para uso médico, presentando certificados y testimonios que, según él, no fueron considerados adecuadamente.
Sin embargo, la Corte determinó que el olor a marihuana sí constituye un indicio objetivo que puede justificar un control de identidad, y que las pruebas presentadas por la defensa fueron adecuadamente valoradas pero consideradas insuficientes. Así, la condena quedó firme, subrayando que el olor a sustancias ilegales puede ser un elemento válido para procedimientos policiales, y que las justificaciones médicas para poseer tales sustancias deben estar claramente fundamentadas y probadas en juicio.
“Olor a marihuana” es un indicio que habilita a Carabineros mutar control vehicular a control de identidad. - Diario Constitucional La magistratura estimó además, que el hedor a cannabis es un antecedente objetivo que puede ser probado en juicio, según los medios de prueba establecidos en el artículo 295 del Código Procesal Penal, por lo que no constituyen una mera apreciación subjetiva de los aprehensores como alegó el i...
Gendarmería en alerta: funcionarios no podrán dejar la RM ante posible urgencia por inhibidores Un instructivo enviado por Gendarmería a los altos oficiales, además de gendarmes y sus oficiales de la misma institución, señala que todos deberán estar atentos al plan de enlace". O sea, a los llamados y contactos en caso de que se necesite, por parte del mando de Gendarmería.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección de un gendarme trasladado de Biobío a O’Higgins, a pesar de sus denuncias de acoso y preocupaciones familiares. La decisión se basó en la necesidad de priorizar el interés público y la correcta gestión de personal en los recintos penitenciarios. La Corte determinó que el traslado era legal y no vulneraba las garantías constitucionales del gendarme ni afectaba negativamente a su familia.
Traslado de gendarme a otra región se ajusta la legalidad atendido que debe primar el interés público por sobre el particular del funcionario, resuelve Corte de Santiago. - Diario Constitucional La decisión de traslado por parte de Gendarmería no ha sido antojadiza ni infundada, ya que obedece a razones de buen servicio dada las necesidades de personal en los distintos recintos penitenciarios del país.
El recién nombrado director general de la Policía de Investigaciones (PDI), Eduardo Cerna, anunció la apertura de una investigación para esclarecer la desaparición de la hoja de vida del exdirector Héctor Espinosa, sucedida bajo la gestión de Sergio Muñoz, su predecesor, quien dimitió. Esta investigación responde a una solicitud del Ministerio Público. Apenas tres días después de asumir el cargo, Cerna realizó su primera aparición pública durante una visita a las obras del nuevo edificio de la Brigada de Intervención Criminal en San Ramón. En este evento, abordó dos asuntos principales: la situación de Muñoz, investigado por divulgar información confidencial, y la desaparición de la documentación de Espinosa, acusado de malversación de fondos públicos, lavado de dinero y falsificación de documentos. Cerna aclaró que no se iniciarán procedimientos administrativos contra Muñoz a menos que surjan nuevos datos. En cuanto a Espinosa, aseguró que procederá con las acciones administrativas necesarias para determinar lo ocurrido con su hoja de vida, y afirmó que no tolerará conductas inapropiadas o acciones que contravengan los principios éticos de la institución, prometiendo tomar medidas severas de ser necesario.
PDI inicia sumario por extravío de hoja de vida de Héctor Espinosa Por orden del nuevo director general de la policía, se realizarán “los actos administrativos pertinentes para saber qué ocurrió”. "Las conductas indebidas o acciones que se alejan de la doctrina y la ética, no las voy a permitir y tomaré las máximas medidas si eso así se establece", aseg...
La Corte Suprema de Chile rechazó un recurso de nulidad interpuesto contra una sentencia que condenó a un individuo a tres años y un día de prisión por el delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades. Este caso se originó cuando Carabineros observó al acusado vendiendo droga desde el interior de un inmueble en Peñaflor. La detección de esta actividad ilegal permitió a los funcionarios ingresar al lugar y descubrir que se utilizaba como centro de acopio y comercio de sustancias ilícitas, hallando diversas drogas y dinero en efectivo.
El acusado argumentó que se violó el debido proceso, sosteniendo que la policía actuó basándose únicamente en sospechas sin un indicio claro que justificara el ingreso al inmueble. Además, cuestionó la objetividad de la investigación y el hecho de que no se indagó adecuadamente sobre los propietarios del inmueble.
Sin embargo, la Corte Suprema determinó que los Carabineros actuaron dentro de sus atribuciones legales, observando directamente la transacción de droga y efectuando la detención en flagrancia. El Tribunal subrayó que la ley permite a la policía ingresar a un lugar cerrado en caso de persecución de un individuo en flagrancia, facultándoles además a incautar objetos y documentos relacionados con el delito. Basándose en estos fundamentos, la Corte Suprema mantuvo la condena, desestimando los argumentos del recurso de nulidad.
Vender droga desde el interior de un inmueble es un indicio que habilita a Carabineros la entrada y registro del lugar. - Diario Constitucional El acusado fue observado por Carabineros en el momento en que vendía papelillos con droga a un tercero, desde el interior de un inmueble en la comuna de Peñaflor, situación de flagrancia que habilitó a los funcionarios para entrar al sitio y levantar las evidencias encontradas, dando cuenta que ...