Wilson Ramon Abogado

Wilson Ramon Abogado

Abogado conciliador con más de 10 años de experiencia. Egresado de la Universidad Libre de Colombi

03/09/2021

Según el artículo 3 de la ley 776 de 2002 🇨🇴, si usted sufre un en su lugar de trabajo o a raíz de su oficio desarrolla una enfermedad profesional que lo incapacite laboralmente 🤕, de manera temporal o permanente, las Administradoras de Riesgos Laborales o ARL deben pagarle un auxilio económico 💰 equivalente al 100% de su salario base, desde el primer día de la incapacidad hasta el tiempo que considere el médico 👨‍⚕️ experto. Pero si usted no ha sido afiliado en una ARL por la , le corresponde a esta cubrir la totalidad del auxilio.

¿Estás incapacitado laboralmente y tienes problemas con el pago de tu indemnización? Envíame un mensaje y solicita una asesoría legal.

30/08/2021

La abogacía es una ardua tarea puesta al servicio de la justicia ⚖️. Como , mi motivación es defender la armonía y los derechos de nuestra sociedad, a través de la ley y la verdad.

Erradicar la impunidad debe ser nuestro objetivo como practicantes del , pues, de lo contrario, estaríamos esparciendo la injusticia por doquier, alimentando los males que merman la paz y la tranquilidad de nuestro pueblo.
¡Utilicemos nuestro poder para reestablecer la justicia! 👨‍⚖️

25/08/2021

¿Sabías que los bancos o entidades financieras 🏦 sienten desconfianza de las empresas constituidas como persona natural? 🤔❓❓
Cuando de créditos se trata, este tipo de empresa tiene menos probabilidades de obtener el préstamo 💸, debido a que todo el peso del negocio recae sobre el dueño y este solo tiene como garantía su patrimonio y bienes personales 🏠 🚗 .
Por esta razón, a la hora de formalizar tu negocio, es importante recibir una asesoría para determinar cuál tipo de empresa te otorgará mejores beneficios a corto, mediano y largo plazo.
¿Estás pensando constituir tu negocio? Solicita una asesoría gratuita en el link de mi bio.

Photos from Wilson Ramon Abogado's post 23/08/2021

Desliza 👉 para conocer los tipos de contrato laboral en Colombia 🇨🇴 y sus características. Guarda este post para tenerlo presente en tu próxima contratación 🙂.

18/08/2021

El pasado 16 de julio se aprobó la modificación del artículo 161 del Código Sustantivo de Trabajo, bajo la ley 2101 de 2021 sancionada por el presidente Iván Duque, con el fin de disminuir ⬇️, progresivamente, 6 horas semanales a la jornada laboral en nuestro país 🇨🇴.

El objetivo principal de esta es mejorar la calidad de vida de los y, de esta manera, aumentar 📈 su (hecho que ha sido probado en países como Islandia, donde la reducción laboral fue un éxito rotundo, pues, al mejorar el bienestar de los colaboradores, se incrementó el desempeño de estos).

Lo mejor de todo es que los trabajarán menos sin que esto repercuta en su salario 💰 ni en sus prestaciones sociales.

Sin embargo, esta nueva elimina el artículo 3 de la ley de 1857, mediante el cual las tenían la obligación de realizar una jornada familiar 👪 cada 6 meses para sus empleados. Además, las empresas con más de 50 trabajadores ya no tendrán la obligación de otorgar 2 horas semanales a sus empleados para capacitación 📚 o recreación ⛹️‍♂️.
❓ ¿Qué piensas de esta nueva ley?
👇 Te leo en los comentarios.

Photos from Wilson Ramon Abogado's post 16/08/2021

❓ ¿Quieres disfrutar de una 👵👴 segura y tranquila? 👉 Desliza y conoce los 2 regímenes de en los que puedes afiliarte en Colombia.⁣

❓ ¿Cómo funciona el sistema de pensión?⁣

Si eres asalariado, tanto tú como tu empleador realizan los aportes al régimen de pensión de tu elección, pero si eres independiente la totalidad del aporte corre por tu cuenta.⁣

Antes de comenzar a cotizar es importante que evalúes cuál de ellos te conviene más, ya que de esta decisión dependerá tu futuro.⁣⁣
❓ ¿Te gustaría saber a qué régimen afiliarte?⁣⁣
👇 Pregúntame en los comentarios.⁣⁣⁣

13/08/2021

⚠️ ¡Alerta! ⚠️ En Colombia se ha generalizado que el contrato por prestación de servicios es un tipo de contrato laboral, ¡pero no lo es! Aunque este contrato está reglamentado en el artículo 1495 del Código Civil Colombiano, este no posee ninguna legislación laboral y, por lo tanto, no ❌ protege los derechos y garantías de los colaboradores.
Los empleadores que utilizan este contrato civil, de manera inadecuada, evaden el pago 💰 de las prestaciones sociales establecidas por la ley, como las primas, cesantías, vacaciones y aportes de pensión. Este hecho atenta contra los derechos laborales del trabajador y está sancionado por la ley 👨‍⚖️ .
El contrato de prestación de servicios debe tener un límite temporal ⏳ y debe ser transitorio. El término de este debe efectuarse cuando el empleado finalice las funciones por las cuales ha sido contratado y no ❌ puede prolongarse ni ser permanente.
❓ ¿Estás laborando bajo este contrato indefinidamente?
Tienes derecho a establecer una demanda laboral y a obtener una indemnización por las prestaciones sociales que no te fueron devengadas. 👉 Solicita una asesoría gratis en el link de mi perfil.

10/08/2021

👇 ¿Eres empresario o emprendedor? Así te afectará 𝐞𝐥 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐧𝐝𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐲𝐞𝐜𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐧𝐮𝐞𝐯𝐚 𝐫𝐞𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐭𝐫𝐢𝐛𝐮𝐭𝐚𝐫𝐢𝐚, presentado el pasado 20 de julio por el ministro de hacienda, José Manuel Restrepo:⁣

✔️ El impuesto sobre la renta de las empresas pasará del 31% al 35% y recibirás un recibo de la DIAN con el monto de tu contribución.⁣⁣
✔️ Se mantiene el descuento del 50% del impuesto de industria y comercio (ICA).⁣⁣
✔️ Se suspende el descuento del 100% del ICA programado para el 2022.⁣⁣
✔️ Los comercios electrónicos deberán dar una factura digital de venta al consumidor final.⁣⁣
✔️ Las empresas con 50 o menos empleados contarán con el programa de apoyo al empleo formal (PAEF).⁣⁣
✔️ Hasta el 2023 se sostiene el incentivo del 25% del salario mínimo para las empresas que contraten mano de obra joven (18-28 años). ⁣

Frente a esta nueva propuesta, que 𝐧𝐨 𝐚𝐟𝐞𝐜𝐭𝐚𝐫𝐚́ 𝐚 𝐥𝐚 𝐜𝐥𝐚𝐬𝐞 𝐦𝐞𝐝𝐢𝐚 𝐧𝐢 𝐚 𝐥𝐚 𝐛𝐚𝐣𝐚, el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana hace un llamado para que se consideren alternativas en el debate legislativo, a realizarse este mes de agosto, con el fin de que se estipulen tarifas diferenciadoras del impuesto sobre la renta, según el tamaño de la empresa.⁣

❓ ¿Qué piensas de esta nueva reforma tributaria?⁣

👇 Te leo en los comentarios.⁣⁣⁣

30/07/2021

¿Superaste el mínimo de tus semanas cotizadas, pero aún no tienes la edad indicada para pensionarte? 🤔 Solicita una asesoría gratis en el link de mi bio y te ayudo a evaluar tus opciones para obtener una pensión de vejez anticipada. 😉

29/07/2021

Mi principal inspiración fue mi padre👨‍👦. Mi padre era un militar justo, equitativo y responsable. Su pasión era ayudar a otros 🤝 y se esforzaba por darles a todos lo que merecían. Al crecer, quise seguir su ejemplo, por lo que me dediqué a buscar una profesión que me permitiera aplicar todos los valores que aprendí de él y, así, descubrí el 👨‍⚖️, una carrera que me ha permitido solucionar los problemas de cientos de personas en más de 10 años, haciendo honor a la justicia ⚖️ y la ley.

21/07/2021

Más de 2,78 millones de muertes ⚰️ y unos 374 millones de lesiones, no mortales, 🤕 se producen en el mundo anualmente a causa de un accidente o enfermedad laboral, según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En este post puedes observar cuáles son los accidentes más comunes en nuestro país 🇨🇴. Guarda esta información para recordar estar más atento a la hora de ejercer tu profesión 👷‍♂️ y evitar poner en riesgo tu salud y tu trabajo.

❓ ¿Has tenido un accidente laboral? ¿Cómo fue?

👇 Te leo en los comentarios.

20/07/2021

Cuando la injusticia se convierte en el pan 🥖 de cada día, en cualquier momento un súbito y violento pueblo puede despertar 🌋.

Cuenta la historia que el 20 de julio de 1810, una simple querella por un florero, iniciada por don Luis de Rubio, desencadenó la rebelión que más tarde nos otorgaría nuestra emancipación 🇨🇴.

La sangre 🩸 de los indígenas, blancos, patricios, plebeyos, ricos y pobres que aquel día rompieron a pedradas las vidrieras y forzaron las puertas del almacén de José González Llorente, sigue corriendo por nuestras venas.

La meta es seguir defendiendo la libertad de Colombia, para que, en un futuro no muy lejano, la sangre de este pueblo deje de ser derramada de manera impune ⚰️.

Hoy, mañana y siempre, celebremos 🎉 la independencia de nuestra patria. ¡Viva Colombia!

Photos from Wilson Ramon Abogado's post 20/07/2021

¿Quieres formalizar tu negocio y no sabes por dónde empezar? ❓ Desliza 👉 para conocer los tipos de empresa que puedes escoger y guarda para leer más tarde sus características:⁣

🙋‍♂️ 𝐓𝐢𝐩𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐬 𝐢𝐧𝐝𝐢𝐯𝐢𝐝𝐮𝐚𝐥𝐞𝐬:⁣

☑️ 𝐏𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚 𝐧𝐚𝐭𝐮𝐫𝐚𝐥 𝐂𝐨𝐦𝐞𝐫𝐜𝐢𝐚𝐧𝐭𝐞. Ideal para aquellas personas que realizan una actividad comercial. ⁣

☑️ 𝐄𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐔𝐧𝐢𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐥. Con este tipo de empresa puedes crear un negocio con una personalidad jurídica independiente, en pocas palabras: serás tu propio jefe.⁣

☑️ 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝 𝐩𝐨𝐫 𝐚𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐬𝐢𝐦𝐩𝐥𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐝𝐚𝐬 (𝐒. 𝐀. 𝐒.): Puede formarse por 1 o más personas. Requiere un aporte como garantía y su duración es indefinida.⁣

🙋‍♀️🙋‍♂️ 𝐓𝐢𝐩𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐝𝐨𝐬 𝐨 𝐦𝐚́𝐬 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐬:⁣

☑️ 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝 𝐜𝐨𝐥𝐞𝐜𝐭𝐢𝐯𝐚: La administración puede ser llevada por los socios o un tercero y se constituye con un capital indefinido.⁣

☑️ 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝 𝐚𝐧𝐨́𝐧𝐢𝐦𝐚 (𝐒.𝐒.𝐀): Escritura pública de 5 o más asociados. Cada uno responde por monto de su contribución.⁣

☑️ 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝𝐞𝐬 𝐋𝐢𝐦𝐢𝐭𝐚𝐝𝐚𝐬 (𝐋𝐓𝐃𝐀): Escritura pública de 2 o 25 socios, quienes se dividen en partes iguales el capital.⁣

☑️ 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝𝐞𝐬 𝐞𝐧 𝐂𝐨𝐦𝐚𝐧𝐝𝐢𝐭𝐚 𝐒𝐢𝐦𝐩𝐥𝐞 (𝐒. 𝐞𝐧 𝐂.): Conformadas por 1 o 25 comanditarios o capitalistas, quienes aportan el capital, y 1 o más socios gestores, quienes administran el capital.⁣

☑️ 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝 𝐂𝐨𝐦𝐚𝐧𝐝𝐢𝐭𝐚 𝐩𝐨𝐫 𝐀𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 (𝐒. 𝐂. 𝐀.): Conformadas por 5 socios en adelante más 1 socio gestor. El capital de esta sociedad se divide en partes iguales.

17/07/2021

¿Cuál de estos 2 conceptos corresponde a un despido injustificado? 🤔 Responde con la letra de tu elección en los comentarios 👇 y te digo si acertaste.

16/07/2021

Un poco de humor para todos aquellos que hasta el día de hoy no han recibido su prima de servicios 😢. Recuerda que si tu empleador no puede justificar su retraso, tienes derecho a iniciar un proceso judicial ⚖️ para recibir una indemnización. Solicita una asesoría gratuita haciendo clic en el link de la bio.

15/07/2021

Formalizar tu empresa te ofrece más beneficios para crecer de lo que piensas:

☑️ Separas el patrimonio de tu negocio del personal. Esto te permite equilibrar tus finanzas y obtener un crédito fácilmente.

☑️ Crear sociedades. Al enlazar tu negocio con uno o más socios, tu capital puede aumentar considerablemente.

☑️ Obtener inversiones. Una empresa legalmente constituida te puede brindar la oportunidad de financiamiento que tu negocio necesita para avanzar.

☑️ Generar confianza en tus clientes. La formalidad te dará prestigio y ventas, ya que tus clientes se sentirán más seguros y atraídos por tu proyecto.

☑️ Percibir un sueldo empresarial. Con este beneficio tributario, tanto tú como tus socios podrán cobrar por el trabajo que realizan dentro de la empresa y considerarlo como un gasto necesario para la producción de la renta.

¿Te gustó este contenido? No olvides guardarlo para más tarde.

Photos from Wilson Ramon Abogado's post 12/07/2021

En Colombia existen 4 tipos de pensión:

1️⃣ Pensión de vejez. Para vivir una vejez segura y de calidad.
2️⃣ Pensión de invalidez. Te protege en caso de sufrir un accidente.
3️⃣ Pensión de sobreviviente. Asegura el futuro de tus seres queridos cuando tú ya no estés.
4️⃣ Pensión familiar. Une tus esfuerzos con los de tu cónyuge para disfrutar de una mesada.

¿Te gustaría saber qué requisitos se necesita para obtener alguna de estas pensiones?

👇 Menciona un tipo de pensión y te respondo en los comentarios.

Photos from Wilson Ramon Abogado's post 10/07/2021

¿Tus derechos laborales están siendo respetados o vulnerados? Desliza 👉 para responder el test ✔️ del derecho laboral. Evalúa la legalidad de tu puesto de trabajo y no olvides contarme en los comentarios cuál de tus derechos como trabajador está siendo vulnerado 😡.

09/07/2021

⚠️ ¡Atención! ⚠️ Pensionados y trabajadores colombianos: el pasado mes de mayo la Comisión Tercera del Senado de la República aprobó, en primer debate, el proyecto de Ley 413 2021.

Esta ley pretende modernizar el sistema financiero, regulando los sistemas de pago y el mercado de capitales. Sin embargo, los artículos derogatorios del proyecto legislativo han encendido las alertas, pues prescriben la eliminación de los artículos 81 y 82 de la Ley 100 de la Seguridad Social, de 1993.

¿Qué significa esto? La promulgación de esta ley implicaría el fin del retiro programado y el retiro programado con renta vitalicia diferida.

Lo que quiere decir que las pensiones de los Fondos Privados pasarían a tener modalidades de renta vitalicia y, por lo tanto, dejarían de ser heredables en caso de no tener un beneficiario de ley. ¿A dónde iría tu dinero? ¡A las aseguradoras! 😲

Además, esta ley permitiría que los fondos privados en pensiones voluntarias puedan ser administrados por cualquier compañía o sociedad anónima. ¡Podríamos estar hablando de futuros interbolsa! 😱

Sin duda alguna debemos alzar la voz para que este proyecto no se ejecute. Proteger nuestra es nuestra responsabilidad. Comparte para ayudar a difundir este mensaje.

07/07/2021

Si este es tu caso, ¡tienes derecho a una indemnización moratoria por falta de pago oportuno!

El artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo te protege 🛡️. Si no recibiste la primera parte de la prima de servicios en el mes de junio y tu empleador está actuando de "mala fe" (tiene cómo cumplir con la obligación, pero no lo hace), deberá pagarte el equivalente a un día de tu salario 💵, por cada día de retraso.

Si luego de 24 de meses no te han cancelado la prima y la indemnización, el empleador deberá pagarte intereses moratorios sobre la suma adeudada 💰.

Sin embargo, para que esta sanción pueda ejecutarse se necesita establecer un proceso judicial ⚖️.

❓- ¿Estás pasando por este problema?

👇 Cuéntame tu caso en los comentarios.

08/05/2021

Luego de que una mujer de la tercera edad solicitara, mediante tutela, reducir el porcentaje de embargo sobre el salario de su hijo, arguyendo que la medida decretada en proceso ejecutivo afectaba su mínimo vital (ya que su hijo la sostenía económicamente), la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la acción, por falta de subsidiariedad, pues consideró que la vía ordinaria era la reducción de embargos (art. 600 CGP).

No obstante, valga agregar que, en primera instancia, el Tribunal había dicho que la mujer, de 78 años, no estaba legitimada para actuar como parte en el proceso ejecutivo de alimentos, tampoco tenía la calidad de tercero interviniente.

Con lo anterior, la Corte aclaró la forma en que dicha persona sí podía intervenir directamente en el proceso, mediante lo que denominó la parte procesal transitoria.

En primer lugar, la Sala estableció que, aunque la interpretación exegética del artículo 600 del CGP dictamina que solo el acreedor o el deudor está legitimado para solicitar el reajuste, y el juez de oficio, lo propio es realizar una lectura sistemática.

Así pues, ya que en el caso concreto la actora era de la tercera edad, era menester tener en cuenta la ley 2055 de 2020, “por medio de la cual se aprueba la “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, adoptada en Washington, el 15 de junio de 2015”, cuyo artículo 2 enfatizó sobre el acceso efectivo y preferente que ha de tener esta población a la justicia. Así mismo, la jurisprudencia constitucional, la cual ha catalogado a esta población como sujetos de especial protección constitucional (T-066 entre otras).

Bajo ese marco normativo, la Corte consideró que, si bien el artículo 600 del CGP no convoca a estos sujetos al proceso, sí tienen un interés transitorio en las consecuencias derivadas de la ejecución de las cautelas, por lo que es innegable que en casos como el presente deba modularse la disposición para permitírsele su participación en la discusión sobre la debida extensión de estas.

Por ello, la Sala trajo a colación el artículo 69 del CGP, según el cual, “cuando la intervención se concrete a un incidente o trámite, el interviniente sólo será parte en ellos”.

Así las cosas, aunque esta disposición (art. 69 CGP) restringe la calidad aludida a quienes participan en incidentes y trámites, lo que excluye a quienes requieren la reducción de embargos al ser esta una simple solicitud, lo cierto es que los sujetos de especial protección constitucional, no convocados al proceso ejecutivo de alimentos, pero afectados por las cautelas decretadas, tienen interés legítimo en la pretensión cautelar y en esa medida deben ser reconocidos como partes transitorias en ella.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil. Sentencia STC5006-2021, Radicación nº 17001-22-13-000-2021-00029-01, 6 de mayo de 2021. M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque

Photos from Wilson Ramon Abogado's post 15/04/2021
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