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I Cada semana la ciudadanía conocerá la definición de una serie de conceptos, figuras o expresiones muy utilizadas en el mundo jurídico, con el fin de enriquecer la lectura de las sentencias de la Corte. Letra I.
I Cada semana la ciudadanía conocerá la definición de una serie de conceptos, figuras o expresiones muy utilizadas en el mundo jurídico, con el fin de enriquecer la lectura de las sentencias de la Corte. Letra E. Parte I
I Cada semana la ciudadanía conocerá la definición de una serie de conceptos, figuras o expresiones muy utilizadas en el mundo jurídico, con el fin de enriquecer la lectura de las sentencias de la Corte. Letra D. Parte II.
I Cada semana la ciudadanía conocerá la definición de una serie de conceptos, figuras o expresiones muy utilizadas en el mundo jurídico, con el fin de enriquecer la lectura de las sentencias de la Corte. Letra D. Parte I.
I Se concede el amparo invocado, se deja sin efectos el fallo cuestionado y se ordena a la autoridad accionada proferir una nueva decisión. Descargue la sentencia: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/T-017-22.htm
**to Sus opiniones frente a esta decisión de la corte constitucional de despenalizar el ab**to en Colombia hasta la semana 24 (6 meses) 👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻
¿Apoyan lo que dice el presidente de la Corte Suprema de Justicia?
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Contrato de prestación de servicios: pautas para suscribirlo correctamente El Consejo de Estado realizó precisiones respecto a cómo debe ser suscrito un contrato de prestación de servicios.
¿Unión marital de hecho o matrimonio? He ahí el dilema Los efectos legales de la unión marital del hecho son casi iguales que el matrimonio. Actualmente, son muchas más sus similitudes que sus diferencias, pero, en todo caso, vale la pena revisarlas.
⚖️l Sentencia T-115/21. https://bit.ly/3vB40tE
La accionante es miembro de la comunidad raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que considera que las entidades accionadas vulneran derechos fundamentales de la comunidad, al omitir proveer documentos electorales bilingües en castellano y creole que garanticen a los miembros de su pueblo la posibilidad de ejercer su derecho al voto en su lengua nativa y, por no crear un programa de pedagogía dirigido a fomentar la participación política y democrática de dicho grupo étnico.
En su criterio, dicha omisión trae como consecuencias una baja participación en las elecciones, al igual que la desincentivación de las nuevas generaciones por aprender su lengua nativa y, por tanto, un riesgo latente de que el creole desaparezca.
La Corte consideró, contrario al juez de instancia, que la acción de tutela satisfacía el requisito de subsidiariedad, ante la existencia de otros mecanismos judiciales idóneos y eficaces para la protección de los derechos invocados. No obstante, constató que para el momento de la instauración del amparo no existía una situación inminente y cierta de vulneración o amenaza para tales garantías constitucionales. En tal sentido, NEGÓ el amparo por resultar improcedente.
⚖️l Sentencia C-040/21. https://bit.ly/35eaELu
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 4, 16 y 95 (parciales) de la Ley 2010 de 2019, por medio de la cual se adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones.
En relación con el artículo 4, el demandante consideró que desconocía los artículos 150 (numerales 1 y 12) de la Constitución, por contradecir la reserva legal para imponer obligaciones formales y 115 y 189 (numerales 11 y 20) Superiores, al invadir el ámbito de la competencia reglamentaria del Gobierno nacional. Sobre el artículo 16 indicó que las expresiones demandadas vulneraban el artículo 29 Constitucional; de un lado, por incurrir en una omisión legislativa relativa, dado que el legislador omitió precisar, al menos de forma sumaria, el procedimiento previo a la notificación sobre la reclasificación; de otro lado, por impedir la presentación de recursos contra la decisión de reclasificación.
En cuanto al artículo 95, precisó que infringía los principios de igualdad y equidad tributaria (artículos 13 y 363 de la Constitución), debido a que no existía una justificación para que el beneficio tributario contemplado por la norma no amparase también a quienes no fueran responsables del impuesto sobre las ventas.
La Corte declaró la constitucionalidad de la facultad de la DIAN para establecer medidas de control de la evasión, entre otras, la de imponer obligaciones formales a los sujetos no responsables en la reclasificación como sujetos responsables. Condicionó la exequibilidad a que la administración tributaria garantice el debido proceso y, por ello, la intervención de los interesados.
RESISTENCIA ✊✊✊
⚖️l Sentencia C-062/21. http://ow.ly/P5iS50F6yBA
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 140 (parcial) de la Ley 1801 de 2016, por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Los demandantes consideran que la expresión acusada desconoce los artículos 1º, 2º, 13º, 15º y 16º de la Constitución, en tanto que vulnera los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la igualdad, a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad de los habitantes de calle, quienes no tienen la posibilidad de realizar sus necesidades fisiológicas en sitios diferentes al espacio público.
Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de la disposición acusada, en el entendido de que dichas consecuencias jurídicas no pueden aplicarse respecto de las personas que habitan la calle.
Se exhorta a las autoridades municipales y distritales para que, en caso de que no lo hubiesen adelantado, diseñen y en todo caso implemente una política pública que garantice el acceso universal a infraestructura sanitaria en el espacio público, la cual sea disponible a las personas que habitan en la calle. Esto conforme las obligaciones estatales que se derivan de la Constitución y de la Ley 1641 de 2013.
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