Abogados CLA
Firma de abogados consultores y litigantes en distintas áreas del Derecho.
Feliz día a nuestros socios y colegas en su día. ¡Gracias por desempeñar esta profesión con honestidad y diligencia!
Cerrando el año con broche de oro.
Sentencia favorable en caso de accidente de tránsito por hueco en la vía. Medio de control de reparación directa. Los municipios deben señalizar y realizar mantenimiento en las vias a su cargo.
Cerrando el año con broche de oro con sentencia favorable. Reparación directa. Los municipios tienen el deber de garantizar el mantenimiento y señalización de las vías a su cargo.
Siempre en mejora constante.
Importante tener en cuenta para empresarios y trabajadores. Se debe acudir a la jurisdicción ordinaria aún para aquellos conflictos que tengan su origen en la emergencia sanitaria:
El MinTrabajo no está facultado para declarar obligaciones o derechos a favor de las partes.
https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/constitucional-y-derechos-humanos/controversias-laborales-que-surjan-durante-la
Controversias laborales que surjan durante la emergencia deben ser resueltas por la jurisdicción ordinaria Los funcionarios del Ministerio del Trabajo no están facultados para declarar derechos u obligaciones ni dirimir controversias.
NUEVO APLICATIVO PARA LA PRESENTACIÓN DE TUTELAS Y HABEAS CORPUES: El Consejo Superior de la Judicatura lanzará un aplicativo web unificado para la radicación de acciones de tutelas y habeas corpus el cual empezará a funcionar a partir del 01 de julio de 2020. El aplicativo generará un mensaje y un código de recibido y además confirmará la recepción al correo.
Sin embargo, se resalta en el comunicado, que las acciones de tutela y habeas corpus que se remitan vía correo electrónico institucional (o cualquier medio institucional) deberán recibirse y tramitarse de acuerdo a la Ley.
En el siguiente enlace se encuentra la guía del ciudadano:
https://url2.cl/mYBsV
ATENCIÓN: DECRETO 771/2020 el empleador deberá reconocer cómo “auxilio de conectividad” el equivalente a “auxilio de transporte” a los trabajadores que devenguen hasta 2 salarios minimos y desempeñen sus labores en el domicilio. Los auxilios no son acumulables.
ATENCIÓN: DECRETO 770/2020
-Jornada laboral - turnos de trabajo sucesivo.
-Apoyo económico a los cesantes
-Apoyó económico a los trabajadores suspendidos
-Acuerdo con los trabajadores para pago de primas.
-Programa de apoyo para el pago de primas de junio de 2020.
Las leyes del mercado, como la oferta y la demanda, deben tener un límite claro como lo son los derechos del consumidor. Importantes acciones desde la Superintendencia para esclarecer posibles hechos de especulación de precios sobre bienes esenciales como el antibacterial en tiempos de emergencia sanitaria.
En caso de que se comprueben infracciones a la normativa es imperativo que se generen sanciones ejemplarizantes a las empresas que de forma inescrupulosa se aprovecharon de una crisis sanitaria para vulnerar las garantías de los consumidores.
https://www.semana.com/economia/articulo/farmalisto-en-la-lupa-de-la-sic-por-precios-de-antibacteriales/675655
Farmalisto, en la lupa por presuntamente inflar el precio de antibacteriales La Superintendencia de Industria y Comercio le formuló pliego de cargos a la droguería 'online'. Habría obtenido márgenes de ganancias de hasta 1.000 por ciento.
Los fondos de pensiones tienen la obligación de garantizar el acceso a sus servicios y darle trámite a las solicitudes de prestaciones económicas aún en épocas de pandemia y, para ello, tienen el deber de adoptar medios virtuales.
https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/constitucional-y-derechos-humanos/fondos-de-pensiones-deben-adoptar-medios
Fondos de pensiones deben adoptar medios tecnológicos y no detener procesos de pensión por el aislamiento No es posible condicionar el cumplimiento de los fallos a las medidas ordenadas en medio de la pandemia, sino utilizar las plataformas digitales.
ATENCIÓN: el Ministerio de Salud expide la Resolución 844 del 26 de mayo 2020 por medio de la cual se prorroga la emergencia sanitaria hasta el próximo 31 de agosto de 2020.
Ojo, esta decisión no implica por sí misma la extensión de la cuarentena, la cual fue anunciada hasta el el próximo 31 de mayo de 2020 mediante Decreto nacional 689/2020.
Consulte el texto completo aquí: https://drive.google.com/file/d/1pVZKfUlSovPDPdyWuJSzINaXK8nopmm5/view
Proyecto de Decreto Legislativo mediante el cual se potencia el uso de las TICS en todas las jurisdicciones.
Hay puntos muy interesantes, ojalá se logren materializar.
https://drive.google.com/file/d/1_lUyYKjhZAti0drE6PAD9HLx-YIbV0bG/view
IMPORTANTE: Circular Externa 001 de 2020 de la UGPP la cual adopta el formulario tipo para postularse al subsidio de nómina - Progama de Apoyo al Empleo Formal - PAEF.
Recuerden los Decretos 639 y 677 de 2020, la Resolución 1129/20 de Minhacienda y esta Circular.
La pueden visualizar aquí:
https://www.ugpp.gov.co//sites/default/files/sites/default/files/nuestra_unidad/Circular-externa-001-UGPP.pdf
Consulte aquí la Resolución 1129 del 20 de mayo de 2020 mediante la cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público señala la metodología de cálculo de la disminución en ingresos de los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal - PAEF, los plazos de postulación entre otros.
https://www.portafolio.co/uploads/files/2020/05/20/RESOLUCION%201129%20DE%202020_.pdf
ATENCIÓN: El día de ayer, 19 de mayo de 2020, fue proferido el Decreto Legislativo 677/2020 el cual modifica el Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF. Las modificación más importante es que se incluye como beneficiario a las personas naturales, consorcios y uniones temporales que cumplan las siguientes condiciones:
1. Hayan sido constituidos antes del 1 de enero de 2020.
2. Cuenten con inscripción en el registro mercantil.
3. Certifiquen una disminución de ingresos del 20% o más.
4. No hayan recibido el aportes del PAEF en más de 3 oportunidades o hayan sido obligadas a devolverlo.
5. Los empleadores personas naturales tendrán que tener al menos 3 empleados reportados en la PILA.
6. Que el número de empleados a la fecha de solicitud corresponda, al menos, en un 80% a los reportados en la PILA a febrero de 2020.
7. Tener un producto de depósito en una entidad financiera.
¿Dudas? Nosotros se las resolvemos.
ATENCIÓN: importante anuncio desde la DIAN. A la espera del Decreto:
✅ No habrá cobro del impuesto al consumo para restaurantes, panaderías y cafeterías hasta diciembre.
✅ No habrá cobro de IVA sobre arrendamientos de local comercial hasta el 31 de julio.
✅ Habrá 3 días sin IVA.
ATENCIÓN: Tribunal Superior de Barranquilla reconoce derecho a la tutela judicial efectiva, inaplica en el caso concreto el Acuerdo de suspensión de términos y ordena expedición de oficios de desembargo para garantizar pago de salarios.
Ampliarán subsidio de nómina para empleadores registrados como persona natural La medida, que consiste en una ayuda de 350.000 pesos por cada empleado, también se aplicará a empresarios que no tienen su empresa como persona jurídica. Conozca las condiciones para acceder a este auxilio.
ATENCIÓN: El Gobierno nacional está estudiando la posibilidad de cobijar a los empleadores persona natural dentro de los beneficiarios al subsidio de nómina, técnicamente conocido como el Programa de Apoyo al Empleo Formal - PAEF, estipulado por el Decreto nacional 639 de 2020, el cual hasta ahora es exclusivo para personas jurídicas.
Dentro de lo que se ha podido conocer, se dice que se extenderá el PAEF a los empleadores persona natural que cumplan con todos los requisitos de formalidad y que tengan 3 o más trabajadores y se estudia realizarles la exigencia de constituirse como persona natural.
A este punto, en CoLegal no entendemos porqué se realiza la discriminación entre empleadores persona jurídica y persona natural bajo el entendido de que si ambos cumplen con el pago de salarios, prestaciones sociales, seguridad social, se encuentran registrados en cámara de comercio y cumplen con el pago de impuestos territoriales y nacionales, no se justifica que una de ellas reciba más protección del Estado.
Los empleadores persona natural se encuentran peligrosamente expuestos a las crisis pues no cuentan ni con la ayuda del gobierno ni con un velo societario que proteja sus patrimonios personales en caso incurrir en una cesación de pagos y se vean sometidos a una demanda formulada por proveedores, trabajadores, o las entidades estatales.
En CoLegal hacemos un llamado al Gobierno en todos sus niveles para proteger aquellos empleadores respetuosos de sus obligaciones económicas, sin lugar a distinción por estar operando como sociedades o personas naturales.
De igual forma orientamos y asesoramos a nuestros clientes en temas de insolvencia o de constitución de sociedades mercantiles.
https://www.semana.com/economia/articulo/ampliaran-subsidio-de-nomina-para-empleadores-registrados-como-persona-natural/671150
Ampliarán subsidio de nómina para empleadores registrados como persona natural La medida, que consiste en una ayuda de 350.000 pesos por cada empleado, también se aplicará a empresarios que no tienen su empresa como persona jurídica. Conozca las condiciones para acceder a este auxilio.
ATENCIÓN: Decreto 639/2020 del Gobierno Nacional por el cual se crea el Programa de Apoyo Económico al Empleo Formal -PAEF. Los beneficiarios de dicho subsidio a nómina son los empleadores personas jurídicas, las personas naturales quedaron excluidos.
Consulte el Decreto completo en el siguiente enlace:
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20639%20DEL%208%20DE%20MAYO%20DE%202020.pdf
ATENCIÓN: Nuevamente el Consejo Superior de la Judicatura prorroga la suspensión del servicio de justicia, esta vez desde el 11 de mayo hasta el 24 de mayo de 2020. Ya son dos meses sin Rama Judicial.
ATENCIÓN: Publicado el nuevo Decreto de Aislamiento obligatorio desde el próximo 11 de mayo al 25 de mayo de 2020.
✅ Nuevas actividades exentas. ✅Procedimiento para reactivación total de la economía para municipios libres de Covid19
❌Restricciones para municipios con variaciones negativas en el comportamiento de la epidemia.
Si desea conocer si es actividad exenta y qué protocolo debe implementar para reactivarse económicamente, en CoLegal le brindamos la asesoría oportuna y profesional.
ATENCIÓN: Ya fue expedido y publicado el Decreto 637 de 2020 mediante el cual el Presidente con la firma de todos sus ministros declara el estado de excepción el cual tendrá vigencia de 30 días y podría ser prorrogado por otro periodo igual. Esta declaración habilita las facultades legislativas excepcionales del ejecutivo. En los próximos días se espera la expedición de múltiples Decretos para conjurar la crisis sanitaria y económica.
ATENCIÓN: la Superintendencia de Industria y Comercio fórmula pliego de cargos en contra de Elizabeth Loaiza Junca por publicidad engañosa en la promoción en sus redes sociales de “pruebas rápidas pra detectar el COVID19” que contaban según ella con “registro Invima”. Si bien hay que agotar un debido proceso, los “influencies” y público en general deben ser cuidadosos de no infringir Derechos del Consumidor y responsables con los productos que ofrecen pues ya son varias las quejas frente a este tipo de actividades en redes sociales.
Recuerden que la cotización para pensión de los meses de abril y mayo se redujo del 16% al 3%. Los empleadores corren con el 2.25% y los trabajadores el 0.75%, por el lado de los independientes deberán realizar el pago total del 3%.
Empleadores e independientes podrán aportar el 3% a pensión - Por efectos del covid-19, empresas e independientes podrán efectuar el pago parcial de la cotización a pensiones con tarifa del 3%.