Licda Yamilet Mendez J.

Asesoría en Derecho de Familia, Civil, Comercial, Laboral, Notarial, etc.

05/12/2023
Photos from Licda Yamilet Mendez J.'s post 02/06/2023

Otro proceso de prescripción que le ganó a mi cliente en contra del Banco Popular.

Photos from Licda Yamilet Mendez J.'s post 14/12/2022

Proceso Sumario de Cobro, presente Incidente de Prescripción y lo declararon con lugar. Gracias a Dios. 🙏🏻

Photos from Licda Yamilet Mendez J.'s post 11/12/2022

Proceso Sumario de Cobro de Obligación Dineraria.
Incidente de Nulidad de Notificación declarada Con Lugar, demostré que la notificación no cumplía con los requisitos necesarios y también demostré que la madre de la “demandada” no vivía ahí y para la fecha estaba mu**ta según certificación del Registro Civil.

16/11/2022

Faltas laborales en tiempos de mundial… evite tarjeta amarilla o tarjeta roja

En un país como Costa Ria en el que el fútbol levanta tantas pasiones y es considerado el deporte que más personas siguen el derecho laboral no es ajeno a que el Mundial de fútbol traiga algunos incidentes en los centros de trabajo, por ejemplo, el ABANDONO DE LABORES por ver un partido de fútbol aún estando en el centro de trabajo o bien el uso de herramientas de trabajo para el “entretenimiento” cuando no se ha autorizado para ese fin podría traer consigo ciertas situaciones y es que curiosamente los partidos del mundial de fútbol serán en horas laborales para Costa Rica por lo que podríamos tener algunas situaciones particulares en el trabajo.
Y es que hay algunas faltas que implican que le saquen tarjeta amarilla (amonestación) o tarjeta roja (despido sin responsabilidad patronal), para poder sancionar los patronos están en el deber de dar las instrucciones para las relaciones laborales, y en épocas especiales o que podrían traer una incidencia como lo es el mundial de fútbol vale la pena le recuerden a las personas trabajadoras por escrito las “reglas del juego” sus obligaciones y prohibiciones así como las sanciones en caso que se incumplan.
Dentro de las prácticas indebidas por parte de las personas trabajadoras más comunes están las siguientes:
ABANDONO DE LABORES: En este caso es cuando la persona trabajadora aún estando en el centro de trabajo deja de realizar sus labores y por ejemplo se pone a ver un partido de fútbol, usa las redes sociales para comentar sobre los partidos o cualquiera que implique abandonar sus funciones puede ser sancionado y debe primero apercibirse a la persona trabajadora de la falta (tarjeta amarilla) y si dentro de los tres meses luego de esta falta vuelve a reincidir podría ser despedido (tarjeta roja). Depende de la falta siempre se analizará la razonabilidad y proporcionalidad de lo cometido y adicional debe prevalecer la buena fe advertir, SALVO que haya sido tal el perjuicio con ese abandono que sea sumamente gravoso para la empresa este abandono podría darse el despido
NOTA: La Sala Segunda ha emitido resoluciones como la Nº 00640 – 2020, Nº 02182 – 2021, Nº 00404 – 2004, Nº 00883 – 2006 ha explicado el tema del apercibimiento previo y analizar la gravedad de la falta al abandonar si solo se sanciona el abandono u otra falta más.
USO DE HERRAMIENTAS PARA FINES NO APROPIADOS: Se le debe hacer ver a la persona trabajadora que los dispositivos como celulares, tabletas, computadoras de escritorio o laptops son de uso para las funciones laborales, y que su uso no es para fines de ver partidos del mundial o acceder a sitios web no autorizados, esto podría ser igualmente sancionado y podría darse una suma de sanciones por lo que tenga cuidado por un lado sería sanción por abandono de labores y otra por uso indebido de herramientas de trabajo, dependiendo de cada caso y la gravedad de a falta podría ser tarjeta amarilla o tarjeta roja.
AUSENCIA INJUSTIFICADA: Las ausencias injustificadas las regula el Código de Trabajo y si son dos consecutivas (indistintamente si son en distinto mes calendario) o tres alternas dentro del mismo mes calendario podría acarrear despido sin responsabilidad patronal.
INVENTAR INCAPACIDADES O INCUMPLIR LA INCAPACIDAD: Hay un refrán que dice “con la salud no se juega” y es una realidad dado que tanto inventar una incapacidad como también estar incapacitado y no guardar reposo como indica el médico podría implicar un despido SIN RESPONSABILIDAD PATRONAL, si que se excluyan las acciones penales, administrativas y civiles contra el médico y la persona que generaron un documento falso o “inventaron” una incapacidad, y en caso que realmente esté incapacitada la persona trabajadora ya la Sala Segunda en la sentencia 2008-000751 ha establecido que debe respetar el criterio médico y no guardar reposo como se dispone en la incapacidad “pusieron en riesgo su salud, faltando al principio de buena fe y lealtad, así como a otras obligaciones inherentes al contrato de trabajo, el cual se mantiene vigente aún durante el período de incapacidad”.
USO INDEBIDO DEL “UNIFORME”: En los partidos de fútbol los jugadores deben respetar el uso del uniforme y de igual manera deben respetar las personas trabajadoras el código de vestimenta o el uniforme dispuesto por el centro de trabajo y no ponerse camisetas de “la sele” o de otro equipo si el patrono no lo ha autorizado expresamente, dado que esto podría acarrear sanciones laborales, casi siempre sería una “tarjeta amarilla” salvo que esta falta sea tan gravosa que implique despido pero sería un caso muy especial que conlleve eso, pero si la conducta de irrespetar el uniforme es reiterativo sin dudas estaría sujeto a una tarjeta roja.
LLEGADAS TARDÍAS AL “CAMPO DE JUEGO” (CENTRO DE TRABAJO): Teniendo claro las personas trabajadoras el horario de entradas y de alimentación si la persona llega tarde por “echar un vistazo” al partido podría sancionarse con “tarjeta amarilla” y si la conducta es reiterada siendo debidamente apercibidos podría acarrear el despido sin responsabilidad patronal.
Por experiencia estas son solo algunas de las faltas más comunes en “tiempos de mundial”, pero podrían surgir muchas situaciones más, por lo que recomendamos siempre “MARCAR LA CANCHA CON LAS REGLAS DEL JUEGO CLARAS” en los centros de trabajo para los patronos y para las personas trabajadoras cumplir con su trabajo en el tiempo y la forma acordadas, ahora si hay algunos beneficios durante tiempo de mundial en la que se flexibilizan algunos temas, se debe comunicar y constar que fue recibido por las personas trabajadoras dejando claras las reglas, alcances y limitaciones.
Recuerde en materia laboral los papeles no hablan… GRITAN y en tiempos de mundial de fútbol no es la excepción.

Photos from Licda Yamilet Mendez J.'s post 24/10/2022

En Cobro Judicial si el actor no mueve el proceso por 6 meses se puede presentar la EXCEPCIÓN De CADUCIDAD y solicitar la extinción del Proceso y la eliminación de los embargos y no pueden volver a embargar dichos bienes.

14/08/2022

REGIMEN DE VISITAS

Los progenitores que se han separado o divorciado no solo "visitan a sus hijos", sino que contribuye con su desarrollo físico y emocional.

Las personas que enfrentan limitaciones en la interrelación con sus hijos deben de asesorarse adecuadamente y deben recibir TODA LA INFORMACION necesaria sobre lo que implica un Proceso de Régimen de Interrelacion Familiar, la forma en que se desarrolla el proceso, las alternativas de calendarización de las fechas, las posibilidades de buscar acuerdos, las ventajas emocionales que implica para un niño estar con su progenitor y las desventajas de ser separado de él.

Con esa información, más el apoyo de un abogado especialista en derecho de familia, las personas podrán tomar decisiones adecuadas para continuar desarrollando su vida.

El régimen de visitas va a poder ser establecido por mutuo acuerdo o por medio de resolución judicial. En caso de incumplimiento a las condiciones del régimen vigente, será necesario solicitar al Juez de Familia competente que emita una orden para ver los niños.

14/08/2022

Si su deuda está prescrita esta información le interesa.

14/08/2022

Buenas noticias.
Aplica para Gobierno Central.
El Ministerio de Hacienda ordena respetar el salario mínimo (₡214.000) en atención al artículo 57 de nuestra Constitución Política y otra normativa.
Rige a partir de la Primera quincena de Julio 2022. ⚖

Acoso telefónico a deudores y familiares: Aprenda aquí cómo enfrentarlo 14/08/2022

Si su familia está siendo acosada telefónicamente esta información es importante.

Acoso telefónico a deudores y familiares: Aprenda aquí cómo enfrentarlo La Sala Constitucional le enseña cómo actuar en casos de acoso telefónico Desde familiares hasta jefes han recibido estas llamadas por deudores Redacción- ¿Se imagina usted que para cobrarle una de…

01/06/2022

Audiencia de Conciliación en Faltas y Contravenciones.

12/05/2022

Esta modificación al Código de Familia permitiría que cuando los cónyuges no son compatibles por divergencia en su carácter, lo que hace que la convivencia entre ellos no sea posible, ante esto, cualquiera de las partes podrá recurrir a la vía judicial y solicitar la disolución del matrimonio y la distribución de los bienes gananciales.
Actualmente para poder solicitar el divorcio se debe tener una causal, sea la infidelidad, sevicia (agresión), el mutuo consentimiento, separación judicial, ausencia de alguno de los cónyuges etc. Al aprobarse este cambio en el código de familia con solo indicar que no es posible la convivencia por la incompatibilidad del carácter podrá solicitarse el divorcio.
Con esta nueva norma, aunque una de las partes no quiera firmar el divorcio la persona interesada en divorciarse podrá solicitárselo al juez mediante un nuevo proceso judicial.
Se conversan además de otras causales ya existentes como el adulterio, como demostrarlo y la agresión física, emocional entre otras formas de agresión o violencia.
El divorcio por incompatibilidad de caracteres se puede considerar como una prevención para evitar la violencia a futuro ya que el carácter de uno de los dos cónyuges hace que de seguir con la convivencia podría ser que a futuro pueda darse violencia.

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