Corporativo Inmobiliario De La Peninsula
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-Asesoría jurídica especializada en materias mercantil, civil, familiar, amparo, penal, laboral y notarial.
- Asesoría inmobiliaria para venta y compra de bienes raices.
- Realizamos convenios transaccionales y cualquier tipo de contrato.
AMPLIO TERRENO EN VENTA UBICADO EN CONKAL
Excelente terreno para construir, remodelar e invertir, zona urbanizada a 5 min del Tecnológico de Conkal, cuenta con las siguientes características:
✅Terreno: 15 mts de frente por 80 mts de fondo (1200 m2).
✅Propiedad privada.
✅Tiene cercano tiendas, tecnológico de Conkal
✅Tiene Luz, Pozo, Zona Urbanizada
✅Precio: $2,260,000 MXN a tratar.
✅Único propietario y libre de gravamen.
✅Se entrega limpio y deshiervado.
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Celular/Whatsapp: 9991690663
Lic. Roberth Chim Peña
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AMPLIO TERRENO EN VENTA UBICADO EN CHELEM PUERTO
Excelente terreno para construir o remodelar, cuenta con las siguientes características:
✅Terreno: 10 mts de frente por 45 mts de fondo (450 m2).
✅Propiedad privada.
✅Tiene cercano tiendas (Oxxo) y restaurantes.
✅Cerca del centro de chelem.
✅A un costado de la cancha de beisbol y el hotel las garzas.
✅Precio: $950,000 MXN a tratar.
✅Único propietario y libre de gravamen.
✅Se entrega limpio y deshiervado.
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Lic. Roberth Chim Peña
¡Que nada te impida disfrutar tu viaje!
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Lic. Roberth Chim
INAI LLAMA A USUARIOS DE WHATSAPP A REVISAR A DETALLE NUEVOS TÉRMINOS DE POLÍTICA DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Se publica en el Diario Oficial de la Federación una interesante reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia del llamado “teletrabajo”. Les recomiendo mucho leerlo ⬇️⬇️⬇️
🚨🚨VENDIDO ¡YA NO DISPONIBLE!🚨🚨
¡¡EXCELENTE CASA EN VENTA UBICADA EN CHELEM PUERTO A 370 MTS DE LA PLAYA!!
Esta propiedad cuenta con las siguientes caracteristicas:
✅Sala
✅Comedor
✅Cocina
✅Dos recámaras con baños completos
✅Cuarto de servicio con medio baño
✅Piscina
✅Porche
Terreno: 20 m de frente por 35 de fondo (700 m2).
✅Precio: $2,100,000 MXN a tratar.
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Lic. Roberth Chim Peña
¿QUE ES EL AMPARO?
El 2 de abril de 2013, entró en vigor una nueva Ley de Amparo en México. Pero, como sabes, el amparo no es nuevo en nuestro país. De hecho, existe a nivel federal desde la Constitución de 1857.
El amparo es una de las herramientas jurídicas más utilizadas en México. ¿Por qué? Por que el juicio amparo le permite a todas las personas dentro de nuestro territorio nacional defenderse, de manera pacífica, de los actos de la autoridad pública que violen sus derechos humanos. Estos actos pueden provenir de policías, agentes del ministerio público, regidores e incluso hasta de los actos de los mismos jueces.
En términos llanos, el amparo es un medio de defensa que las personas tenemos para proteger, ante los tribunales, los derechos que reconoce nuestra Constitución cuando consideramos que una autoridad los está violentando.
El amparo mexicano ha inspirado a muchos otros países, especialmente de América Latina, a adoptar figuras similares para revisar que los actos de la autoridad se apeguen a su Constitución. Incluso ha tenido influencia en el ámbito internacional de los derechos humanos
Aprueba Poder Judicial protocolo de actuación frente a casos de violencia laboral, acoso y hostigamiento sexual
Mérida, Yucatán a 27 de noviembre de 2020
Los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de Yucatán aprobaron el “Protocolo de actuación frente a casos de violencia laboral, acoso y hostigamiento sexual”, que contiene pautas para prevenir y erradicar conductas por parte de servidores judiciales de violencia laboral, acoso y hostigamiento sexual en el Poder Judicial del Estado.
El documento da prioridad a las acciones preventivas al interior de los órganos del Poder Judicial del Estado para evitar riesgos; y considera los marcos legales inrernacionales, nacionales y estatales aplicables, salvaguardando en todo momento los derechos de las trabajadoras y trabajadores.
Se establecen acciones de difusión, atención y seguimiento, tomando como eje una política de prevención y la promoción del respeto entre las servidoras y servidores judiciales; al igual que considera acciones de capacitación, formación y sensibilización, todo ello bajo la política de cero tolerancia a la violencia laboral, el hostigamiento y el acoso sexual.
Asimismo, establece los mecanismos para detección y diagnóstico de posibles casos y para la atención a las víctimas, así como las instancias que serán competentes y los procedimientos para la resolución de los casos. Unidad de Comunicación Social y Protocolo
Comunicado No. UCSYP/441/NOV/2020/MFMM
Documento con fines de divulgación.
Excelente platica "Estrategias en casa para la prevención del abuso infantil". Muchas gracias por la información Fernando Borges Barrientos 👏🏼👏🏼👏🏼
📌
⚠️La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la PROFEDET ponen a tu disposición la Procuraduría Digital de Atención al Trabajador COVID-19, para dar seguimiento a las afectaciones laborales por despido o permiso sin goce de sueldo que se hayan dado en el marco de la actual emergencia sanitaria.
https://procuraduriadigital.stps.gob.mx/
Conoce tus derechos!!!
Por si no sabías...
El IMSS ¿Ayudará a los pagos de las cuotas obrero-patronales?
✅Recientemente este instituto lanzó un comunicado donde menciona las parcialidades en las cuotas previstos en los artículos 40-c y 40-D de la Ley del Seguro Social.
✅Este “beneficio” va a corte al monte convenido, no sufre ninguna modificación y al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos.
✅Respecto al Convenio de parcialidades, debe señalarse que no se trata de ninguna facilidad de pago que atienda la crisis por la que pasan los patrones por la falta de ingresos, por el contrario, los patrones que suscriban este acuerdo diferirán el pago de sus contribuciones de seguridad social, pagarán multas, como si nos encontráramos en una situación normal y no en una contingencia sanitaria.
✅Cabe recalcar qué esta es la facilidad que debe causar mayor incertidumbre. Si se definió como días inhábiles un periodo indefinido que comenzó el 31 de marzo de 2020, debemos entender que está decisión fue motivada por la “Declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor”.
✅Si esto es así ¿por qué no suspender también la imposición de multas como lo establece el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación?
✅El artículo referido establece que no se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito.
Si bien no es desconocido que muchas empresas cerraron sus puertas o “pausaron sus actividades” 😱un tema muy importante es el pago de nómina durante esta contingencia.
✅Recuerda que si es importante pagarle a tus empleados para evitar futuras demandas.
✅Sino puedes cumplir con el primer punto, por diversos agentes. SI puedes pagar una indemnización que consiste en un salario mínimo diario por un periodo de 30 días.
✅Posteriormente, firma un acuerdo con los trabajadores, donde te comprometes a pagar una indemnización adicional a su salario normal, el cual podrás cubrir al momento en que se retomen las operaciones en tu empresa.
✅Estas medidas evitarían conflictos laborales ante Juntas de conciliación y te permitirá mantener vigente su plantilla laboral.
Quédate en casa!! Be safe!!
Seguimos ofreciendo nuestros servicios en materia legal.
No dudes en contactarnos si requieres ayuda.
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Lic. Roberth Efraín Chim Peña
Debido a la contingencia derivada por el "COVID 19"🦠 🦠 🦠 algunas empresas han suspendido labores, es por eso qué, te mencionamos algunas recomendaciones a aplicar si tu negocio está pasando por estas medidas.
Primero, entendemos que esta situación causa incertidumbre tanto para los trabajadores al igual que los dueños de una empresa o negocio.
Es por eso que se recomienda seguir en lo más posible estos puntos en base a la ley de nuestro país.
✅Págale a tus trabajadores el salario completo, si esto es posible para la empresa.
✅Debes pagar tus cuotas de seguridad social, en caso de resultar posible (contribuirás al gasto público).
✅Es importante cumplir con tus obligaciones fiscales en caso de estar en condiciones de hacerlo.
✅No es viable despedir a tus trabajadores, ya que podría generar un riesgo en materia laboral y seguridad social, es decir, futuras demandas por parte del trabajador.
✅Si no puedes cumplir las anteriores opciones, puedes pagar una indemnización a tus empleados, que consiste en un salario mínimo diario durante 30 días, todo dispuesto en el artículo 429, fracción IV, de la ley Federal de trabajo.
✅En conjunto al punto 5, puedes firmar un acuerdo con los trabajadores donde de comprometes a pagar un adicional equivalente a 15 días de su salario normal.
Es muy importante tu participación y disposición ante esta contingencia, para evitar problemas a corto y largo plazo.
“Ponemos a tus órdenes nuestros servicios de elaboración de los convenios con los trabajadores y su correspondiente trámite administrativo”
Lanza SAT nueva página web SAT ID para generación y actualización de CONTRASEÑA.
¡Conócela y quédate en casa!
SAT ID: https://satid.sat.gob.mx
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Asiste a nuestro este sábado 22 de febrero en punto de las 12:00 del día, en las instalaciones de la Academia Talentos by Sus (calle 20 # 139 por 11 y 13, Col. Mexico Oriente, jardines Prado Norte). Para más información envíanos un DM. Te esperamos!
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Abogado Roberth Efraín Chim Peña
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