Estudio Jurídico Cynthia Giménez & Asociados
https://www.facebook.com/cinthia.gimenez.792 Contamos con grandes profesionales en derecho "penal y civil"
Ante situaciones como el divorció y disolución de la comunidad conyugal siempre es importante llegar a un acuerdo antes de litigar y llevar juicios interminables, cansadores y costoso. Siempre la conciliación es la mejor solución.
Dejanos ayudarte y guiarte en ese proceso, no dudes en consultarnos. Estamos para ser la solución de tus problemas.
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Abg.Cynthia Gimenez
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En cualquier materia ejemplo
MATERIA FAMILAR:
1.-El divorciarte debe constar en una acta de divorcio sentencia de un juez, previa solicitud por escrito ante tribunal, no por el transcurso de el tiempo estar separado estas divorciado.
2.-El que brindes pensión alimenticia, debe quedar asentado en convenio escrito y ratificado ante juzgado familiar
entre muchos otros ejemplos, pues el no tener comprobantes de que cumples, te brindará ante un juez, ser deudor.
MATERIA CIVIL:
Cuando indican y piden asesoría mis padres desean yo sea el dueño de la herencia, casa, TODO, fallecen y no lo dejan escrito, les confirmamos "esto no debe quedar en palabra debe asentarse en escrito" ante notario, ó escribano como se denomine en cada país es quien lo deja certificado para dar la legalidad que conduce a ser propietario.
MATERIA PENAL.
Ante un accidente ó lesiones si dicen voy a pagarte daños y no queda asentado ante tribunal, será nulo el DERECHO a reclamar posteriormente el pago de esto
Con esto de manera simple les damos un consejo legal mas... para su beneficio
El hacer TODO por escrito significa que solo lo que se encuentra en proceso obligación ó derecho y en expediente, en cada folio de un caso judicial, es con lo que un Juez va a resolver, NO con palabras
Recuerda estamos a tus ordenes para brindarte una ASESORIA LEGAL personalizada gratuitamente ó de manera PRIVADA
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Según el Artículo 97 de la Ley 1680/2001,
Los Padres y Madres de niños y adolescentes están OBLIGADOS a Proveerles Alimentos, Viviendas, Vestido, Salud y Educación ---HASTA--- que cumplan los ----18 Años-----. la Alimentación también abarca que el progenitor Provea a la Gestante del Alimento y los gastos que ocasionen tanto el embarazo como el parto.
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SUCESIÓN⚖📚
Derecho Sucesorio, Testamentos, Herencias ,
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El Juicio de LA DISOLUCION CONYUGAL y EL DIVORCIO son 2 asuntos diferentes.
Para Tener Independencia financiera crediticias, administración de bienes propios y también resguardo de bienes se puede Realizar la Disolución de la Comunidad Conyugal. Que seria una de la manera y forma mas inteligente de resguardar y administrar cada patrimonio, y evitar asi posibles perjuicios a futuro y comprometer su patrimonio. De este modo, en adelante corresponderá cada uno gestionar y administrar sus propios bienes.⚖📚
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Se están acercando las fiestas y las vacaciones, para algunos chicos es época de viajes, ya sea con la familia o de excursión con los compañeros. Aquellos chicos que son hijos de padres separados y que uno de los mismos reside en el exterior y por lo tanto no pueden gestionar el Permiso del Menor correspondiente pueden de acuerdo al Art. 100 del Código de la Niñez y Adolescencia solicitar al Juzgado de la Niñez una Autorización Judicial para Viajar.Más info al privado.0991200854
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✔ Violencia Familiar.
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Tras un divorcio, en la mayoría de los casos, es preferible la custodia compartida, pues con esto los niños podrían tener a ambos padres involucrados en todos los ámbitos de su vida.📚⚖️🇵🇾abg.Cynthia Giménez...
🤓 100 PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO 📚⚖️
Fuente. Solo derecho.
1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
2.- Quien puede lo más, puede lo menos.
3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria ni engaño.
4.- Nadie está obligado a lo imposible.
5.- Nadie debe enriquecerse con daño de otro.
6.- Nadie debe ser condenado sin ser oído.
7.- Lo que no consta en los autos del pleito, no existe en el mundo.
8.- Las convenciones de los particulares, no derogan al Derecho Público.
9.- En todas las cosas y muy particularmente en el Derecho, debe atenderse a
la equidad.
10.- El Derecho nace del hecho.
11.- Las cosas que se hacen contra el Derecho se reputan no hechas.
12.- El error quita la voluntad y descubre la impericia de su autor.
13.- El género se deroga por la especie.
14.- Se entiende que hace la cosa, aquél a cuyo nombre se hace.
15.- Las palabras deben entenderse de la materia de que se trata.
16.- Lo que es nulo no produce efecto alguno.
17.- Se presume ignorancia si no se prueba ciencia.
18.- Nadie puede alegar en su beneficio, la propia torpeza.
19.- Lo que no está prohibido, está permitido.
20.- El primero en tiempo, es primero en derecho.
21.- Donde la ley no distingue, no hay por qué distinguir.
22.- Donde hay la misma razón, es aplicable la misma disposición.
23.- No hay mejor testigo que el papel escrito.
24.- No se puede ser juez y parte de una misma causa.
25.- Donde no hay ambigüedad, no cabe interpretación.
26.- Es inadmisible toda interpretación que conduzca a lo absurdo.
27.- La sentencia solo obliga a las partes.
28.- Las obligaciones no se presumen, hay que demostrarlas.
29.- El que afirma está obligado a probar.
30.- El que no hace lo que debe, hace lo que no debe.
31.- El poseedor se presume propietario.
32.- El derecho público no puede renunciarse por los particulares.
33.- La ignorancia de la ley, no exime de su cumplimiento.
34.- Nadie debe ser juzgado dos veces por la misma causa.
35.- La cosa que ha sido entre unos, no beneficia ni perjudica a los demás.
36.- No hay pena sin ley.
37.- Los hechos negados no necesitan prueba.
38.- Nadie tiene derecho a hacerse justicia por su propia mano.
39.- No hay tributo si no está previsto en la ley.
40.- A confesión de parte, relevo de prueba.
41.- Las leyes nuevas, deben respetar los derechos adquiridos.
42.- No se puede conocer la verdad, sino atendiendo las circunstancias del
ilícito.
43.- No debe ser oído en juicio, el que pide cosas contradictorias o se
contradice a sí mismo.
44.- El abogado solo debe alegar razones, no denuestos.
45.- Una cosa es vender y otra consentir en la venta.
46.- El alegato de una parte de ninguna manera es derecho.
47.- Ninguno puede poner a otro una condición inicua.
48.- El argumento que se toma del absurdo no es válido en Derecho.
49.- En derecho vale el argumento que se forma del sentido contrario.
50.- El argumento que se forma del sentido contrario cesa si lo contradicen
otras leyes.
51.- El caso se decide por el Derecho común.
52.- La voluntad aunque sea forzada, es voluntad.
53.- La confesión hecha una vez, no puede retractarse sino en el acto.
54.- La costumbre es la mejor intérprete de las leyes.
55.- No corre la prescripción contra el que no puede valerse.
56.- Contra testimonio escrito, no ha de traerse testimonio no escrito.
57.- La ley se entiende corregida cuando no ha sido su razón.
58.- El delito debe castigarse donde se cometió.
59.- A cada cual lo suyo.
60.- No tiene culpa el que sabe y no puede impedir la cosa.
61.- En los casos fortuitos no se presume culpa, si no se prueba.
62.- La culpa lata se compara al dolo.
63.- Cuando a uno se prohíbe una cosa se le prohíben las que sigue de ella.
64.- Al que se le prohíbe algo por un medio, se le debe admitir por otro.
65.- Cuando es obscuro el derecho de las partes de ha de favorecer más al reo
que al actor.
66.- Las leyes favorecen al engañado, no al que engaña.
67.- El dicho de un testigo es como el de ninguno.
68.- No se presume el dolo si no se prueba.
69.- Las dudas deben resolverse en el sentido más favorable.
70.- La ley es dura, pero es la ley.
71.- Las condiciones imposibles se tienen por no puestas.
72.- Los actos del juez que pertenecen a su oficio no tienen fuerza.
73.- Al caso nadie está obligado sino por culpa, pacto o tardanza.
74.- Lo expreso daña; lo no expreso no perjudica.
75.- Ni daña ni favorece la expresión de las cosas que son tácitas inherentes.
76.- El hecho perjudica al que lo hizo, no a su contrario.
77.- Se presume hecho lo que se acostumbra hacer.
78.- En el mandato deben observarse cuidadosamente sus límites.
79.- No se debe cumplir la palabra al que se niega a cumplir la suya.
80.- El heredero tiene el mismo poder y derecho que el difunto.
81.- Es vana la acción de un acreedor si la excluye la pobreza del deudor.
82.- En materia de p***s debe ser benigna la interpretación.
83.- A los peritos de un arte se debe creer.
84.- No perjudica el contrato a los que no intervienen en él.
85.- Las leyes deben concordarse unas con otras.
86.- La más pequeña variación en el hecho, hace variar el derecho.
87.- Las leyes son para las cosas y no para las palabras.
88.- Se dice claro lo que consta por confesión, por prueba legítima o por
evidencias.
89.- La necesidad dispensa de la ley.
90.- No enajena el que solo deja la posesión.
91.- Lo que es nulo en principio no se hace válido con el tiempo.
92.- No es permitido al actor lo que no le es al reo.
93.- No todo lo que es lícito, es honesto.
94.- Lo que es notorio no necesita probarse.
95.- No hay mora antes de que haya petición.
96.- A nadie debe dañarle su oficio.
97.- A nadie debe favorecerle su fraude o dolo.
98.- Ninguno está obligado a beneficiar a otro con daño de tercero.
99.- A nadie se prohíbe usar de muchas defensas.
100.- En derecho son peligrosas las definiciones😒
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