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Establecen que el Formulario N° 709- Renta Anual- Persona Natural estará disponible en SUNAT Virtual y en el APP Personas SUNAT a partir del 13 de mayo de 2024 (Resolución de Superintendencia N° 000026-2024/SUNAT) – Abogado tributarista Miguel. General Establecen que el Formulario N° 709- Renta Anual- Persona Natural estará disponible en SUNAT Virtual y en el APP Personas SUNAT a partir del 13 de mayo de 2024 (Resolución de Superintendencia N° 000026-2024/SUNAT) 11 febrero, 202411 febrero, 2024 MIGUEL CARRILLO 0 Comments Postergan la...
Decreto de Urgencia Nro 13-2020
DECRETO DE URGENCIA QUE PROMUEVE EL FINANCIAMIENTO DE LA , Y .
Fuente: Diario El Peruano, jueves 23 enero 2020
Las medidas a implementar serían las siguientes:
i) Acceso al financiamiento mediante la factura, así como mejorar las condiciones operativas que faciliten el uso de la Factura Negociable; ii) el otorgar la calidad de título valor a la orden de compra y/o servicio emitidas por las entidades del Estado, cuyo principal proveedor, en número de adjudicaciones, son justamente las MIPYME; iii) ampliar la cantidad de empresas que pueden otorgar bienes en arrendamiento financiero para generar una oferta accesible para las MIPYME con costos operativos más competitivos; iv) la regulación de la actividad de financiamiento participativo financiero; v) el impulso al desarrollo del mercado de financiamiento de capital de los emprendimientos innovadores y de alto impacto (startups) a través de la creación del Fondo de Capital para Emprendimientos Innovadores; vi) la ampliación y fortalecimiento de los servicios tecnológicos que brinda el Estado; y, vii) el impulso del desarrollo productivo y empresarial a través de instrumentos de servicios no financieros.
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Las personas naturales que presenten su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 y soliciten la devolución de impuestos pagados en exceso, o aquellos trabajadores en planilla a quienes se les devolverá de oficio por haber realizado gastos deducibles, podrán recibir esa devolución directamente en sus cuentas de ahorros, si registran previamente su Código de Cuenta Interbancario (CCI).
https://grupocontable.pe/2020/01/22/sunat-depositara-devolucion-de-impuestos-en-cuenta-de-ahorros-que-pasos-debe-seguir/?fbclid=IwAR3VpUKWx5JKG_eJmd3JmDaIHVNcXLzf8Vodl-_ApihvpF_K_k5ZSDNO49g
Sunat depositará devolución de impuestos en cuenta de ahorros: ¿qué pasos debe seguir? Las personas naturales que presenten su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 y soliciten la devolución de impuestos pagados en exceso, o aquellos trabajadores en planilla a quienes
Aprueban facultad discrecional para no determinar ni sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas
Disponen aplicar la facultad discrecional para no determinar ni sancionar las infracciones previstas en los incisos c) y e) del 197° e inciso b) del artículo 198° de la Ley General de Aduanas.
Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 001-2020-SUNAT/300000
Fecha de publicación: 17.01.2020
Fecha de vigencia: 18.01.2020
El día de hoy, viernes 17 de enero de 2020, se ha publicado la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 001-2020-SUNAT/300000, mediante la cual se aprueba facultad discrecional para no determinar ni sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas
Al respecto, en la aludida resolución se dispone que el Informe N° 01-2020-SUNAT/312000 de la Gerencia de Regímenes y Servicios Aduaneros de la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera se señala que debido a los nuevos plazos para la transmisión de la información del manifiesto de carga y la implantación de un nuevo proceso de salida de la carga, desarrollado como parte del Programa “Facilitación Aduanera, Seguridad y Transparencia” – FAST, que entrará en vigencia progresivamente, por lo que se requiere de un plazo de tres meses de estabilización, a efectos de detectar y corregir posibles inconsistencias a nivel informático.
En ese sentido, se dispone aplicar la facultad discrecional para no determinar ni sancionar las infracciones previstas en los incisos c) y e) del 197° e inciso b) del artículo 198° de la Ley General de Aduanas.
A continuación, compartimos el contenido de la aludida Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 001-2020-SUNAT/300000:
http://blog.pucp.edu.pe/blog/miguelcarrillo/2020/01/17/aprueban-facultad-discrecional-para-no-determinar-ni-sancionar-infracciones-previstas-en-la-ley-general-de-aduanas/?fbclid=IwAR1CDtkK67feYYG5fTg1Ztzdx-AGcfS2Nqi1DJZIqm-LutI2k64zIiOQt3s
Aprueban facultad discrecional para no determinar ni sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas – Miguel Carrillo. Abogado experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional General Aprueban facultad discrecional para no determinar ni sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas 17 enero, 2020 MIGUEL CARRILLO 0 Comments Aprueban facultad discrecional para no determinar ni sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas Resolución de Sup...