ASESORWCM
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Es verdad ⚖️❤️
DERECHOS REALES
FOLIO REAL y VERIFICACION DE LOS SIGUIENTES DATOS.
📢Cuando usted recoja el folio real en Derechos Reales, tiene que verificar los siguientes datos.
1.- Número de matrícula y fecha tiene que coincidir con el sello en su testimonio
2.- Nominación de la Urbanización
3.- Código Catastral
4.- Número de lote, nombre de la calle
5.- Superficie del lote en m2
6.- Linderos o colindantes
7.- verificar si es indefinida
8.- Nombre de los propietarios
9.- Carnet de identidad de los propietarios
10.- Numero de testimonio y año (testimonio si adquiero como compra y venta, usucapión, u otro tipo de adquisición)
11.- Nombre del notario y numero de notario y datos de su testimonio
12.- Fecha de elaboración de Folio Real (esta fecha tiene que estar inscrito en su testimonio).
13.- Las páginas de los folios reales
NOTA.
1.- En caso de existir errores tiene derecho a reclamar para que subsanen los errores
2.- No se olvide de realizar la escritura publica de aclaración de datos técnicos.
Seguridad Jurídica
Los derechos se ejercen y los deberes se cumplen conforme a su naturaleza y contenido específico, que se deducen por las disposiciones del ordenamiento jurídico, las reglas de buena fé y el destino económico-social de esos derechos y deberes. Art. 1279 CC.
CUADERNILLO DE INVESTIGACIÓN ELECTRÓNICO DEL MINISTERIO PUBLICO
Ministerio Público habilita para el mundo litigante el cuaderno de investigaciones electrónico de casos | Solo Derecho Portal jurídico de Bolivia
El Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo
políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el
acceso gratuito de la población a los servicios de salud.
Los servicios de salud serán prestados de forma ininterrumpida.
(Art. 35, 38 CPE.)
Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales,
interdependientes, indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber depromoverlos, protegerlos y respetarlos.
Los derechos que proclama esta Constitución no serán entendidos como negación deotros derechos no enunciados. (Art. 13. I,II CPE.)