Cors Muñoz & Achá
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Cors, Muñoz & Acha, Servicios Corporativos Soc.Civ., informa que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió el Instructivo 136/2017. En el cual informa lo siguiente.
Limpia Express
Agradecemos a Cors Muñoz & Achá por confiar en nuestros servicios para su estudio de abogados.
Cors, Muñoz & Acha, Servicios Corporativos Soc.Civ., informa que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió el comunicado 31/2017. En el cual informa lo siguiente.
Comparto con todos ustedes un artículo que considero de mucha importancia para una gran mayoría de clientes que en su momento me indicaron su molestia por los cobros irregulares e ilegales que se hacen en varios restaurantes de Santa Cruz y La Paz, a continuación dejo el mismo para su consideración y posibles preguntas que puedan tener.
Cobro obligatorio de la propina aumenta en restaurantes del país. El Ejecutivo analiza la creación de normas para regular la práctica.
El cobro obligatorio de la propina y la inclusión de ésta en la factura es una práctica que va creciendo en el sector gastronómico del país. El Ejecutivo alertó que la acción es ilegal si el cliente no está de acuerdo con ella y perfila una norma para regular esta cobranza.
La propina es un pago adicional que puede o no realizar un cliente por un servicio recibido. En algunos países, la gratificación, que se calcula sobre el precio absoluto de lo consumido, está regulada y puede representar hasta el 25% del monto total facturado.
“Nunca había visto que en un restaurante cobren el 10% por lo que uno consume, es muy osado y de mal gusto. Su deber como restaurante es dar atención a sus clientes”, escribió a modo de protesta Ander Vaca en la cuenta de la red social Facebook de un negocio gastronómico cruceño.
De acuerdo con el sondeo realizado por este medio, esta práctica se realiza principalmente en comercios de alta gama.
“Algunos restaurantes tienen esa metodología” de cobro como parte de sus servicios, “pero la mayoría no”, admitió Vivian Cardona, presidenta de la Asociación de Empresarios de Restaurantes y Ramas Afines de Cochabamba.
En La Paz, entre los negocios que ya aplican esta modalidad está Margarita, cuyo personal informa a los clientes sobre el cobro obligatorio de la gratificación.
Los grupos de más de 10 personas “deben pagar el 10% por el servicio del mesero”, confirmó vía telefónica la encargada de reservas del restaurante.
Atención. Marcelo Alves, asistente de gerencia de Goss en Santa Cruz, reconoció que el establecimiento, al igual que otros de la ciudad, efectúa este cobro.
“Hemos estado entre los primeros” en incluir la propina —en este caso del 10%— en la factura.
“El 10% te sale barato” respecto a otros porcentajes que se manejan en otros países. Al principio fue difícil acostumbrar” a los clientes a esta práctica, agregó.
El viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor, Guillermo Mendoza, informó que su despacho no recibió hasta el momento reclamos formales sobre este cobro. No obstante, continuó, tiene conocimiento de que algunos comercios cobran la gratificación de forma obligatoria y que su equipo comenzó a revisar cómo se regula esta práctica en otros países.
No obstante, agregó, en los casos mencionados hay que apegarse al artículo 23 de la Ley General de los Derechos de los Usuarios y los Consumidores (453). La norma sanciona, entre otras “prácticas comerciales abusivas”, el “cobro por productos y servicios no provistos o no solicitados”.
“Esto quiere decir”, explicó la autoridad, “que el cobro (obligatorio de la propina) tiene que ser informado al usuario antes de la prestación del servicio, estableciendo las causas por la cuales (el cliente) debería pagar por la atención del personal” del negocio.
“Si un establecimiento informa” al consumidor “que hay una propina del 10% y el usuario acepta esas condiciones”, eso “podría entrar dentro del consentimiento. Pero que le incluyan” el pago extra “en la factura” al final del servicio “sin haberle informado, es una práctica abusiva y también ilegal”, aseveró el viceministro.
“Nosotros a partir de esta nota (de La Razón) esperaremos reclamos para poder aplicar nuestras disposiciones y posiblemente generar algunas normativas que ya pudieran estar en conocimiento de proveedores y usuarios de estos servicios”, anunció.
“Sobrecargar una tarifa al cliente no nos parece correcto, dado que a algunos apenas les alcanza para pagar la cuenta”, dijo a su vez Cardona, quien indicó además que, a diferencia de otros años, el sector no pasa por un buen momento debido a la desaceleración de la economía.
Datos del Ministerio de Economía y Finanzas dan cuenta que la facturación nacional en restaurantes se multiplicó por 10 en el periodo 2005-2015, pasando de $us 67 millones a 708 millones.
Gabriela Durán, comunicadora de profesión, comentó que conoce establecimientos en la capital cruceña que incluyen este cobro en la factura. “Me parece bien que facturen ese 10%, pero nada me asegura que ese porcentaje vaya directamente a la propina, como aseguran”, afirmó.
“La propina es para el trabajador y se da en función de la atención” que pueda recibir el cliente, indicó a su vez Cardona.
“Es un ingreso más para el personal, un incentivo, porque entre más vendan más propina tendrán. Por semana sacan entre Bs 300 y 400 y llega a todo el personal”, informó el asistente de gerencia del restaurante Goss.
Esteban Alfaro, casual visitante de estos lugares, lamentó que “muchas veces” se obligue a “dar propina por una mala atención”.
Mendoza recordó que los clientes que hayan pagado el cobro irregular y que no hayan estado de acuerdo con éste pueden presentar su reclamo en el Viceministerio con la factura respectiva, hasta seis meses después de haber recibido el servicio. El hecho de que “usted guarde silencio en ese momento no implica que esté de acuerdo con el cobro”. Si denuncia, “vamos a proceder”, dijo.
Sanciones esperadas
Marco
La Ley 453 identifica como “práctica comercial abusiva” el “cobro por productos y servicios no provistos o no solicitados”.
Multas
Dependiendo del grado de la falta o de la reincidencia, las multas pueden ir desde la devolución del monto adicional cobrado hasta un valor de entre 1.000 y 10.000 UFV, informó el viceministro de Defensa del Consumidor, Guillermo Mendoza.
Facturas desde Bs. 300 deben consignar datos completos
Es importante que todos nuestros clientes y las personas en general conozcan esta nueva disposición tributaria, ya que todas las facturas que se emitan por montos iguales o superiores a los 300 bolivianos deben consignar obligatoriamente los datos completos del comprador o cliente. Es decir nombres y apellidos o razón social y Número de Identificación Tributaria (NIT) o carnet, según dispone la Resolución Normativa de Directorio 101700000006 del SIN.
Esto significa que las empresas rechazarán de sus trabajadores aquellas facturas que no tengan los datos completos, que incluyen el detalle de lo comprado.
En los restaurantes y similares, por otra parte, se pueden emitir facturas con el texto "consumo” en la parte de detalle, siempre y cuando los montos sean menores a 300 bolivianos. En el caso de servicios debe consignar detalle, concepto o descripción y subtotal. Para el caso de facturas manuales, por la venta de alimentos y bebidas en restaurantes y similares por un monto menor a 300 bolivianos, también se puede consignar en el campo de detalle la leyenda "consumo”.
Asimismo se señala que la emisión de facturas deberá realizarse en papel que garantice la legibilidad y nitidez de la información a partir de su emisión, por lo que se prohíbe el uso de papel térmico.
Los contribuyentes que optaron por la modalidad de Facturación Computarizada con impresión en rollo y utilicen papel térmico para la emisión de facturas tendrán plazo hasta el 1 de julio de 2017 para optar por otro tipo de papel, ya que siempre hubo problemas con el uso del papel térmico en facturas con rollo, debido a que no se puede conservar por mucho tiempo ya que se borra la información.
En ese entendido a tomar muy en cuanta, estas nuevas disposiciones.
Atentamente.
Dr. Enrique Cors Ulloa
Director General.
Cors, Muñoz & Acha Servicios Corporativos Soc.Civ.
Cors, Muñoz & Acha, Servicios Corporativos Soc.Civ., informa que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió el comunicado 05/2017. En el cual informa lo siguiente.
Propiedad Intelectual- Registro de Marcas
Cors, Muñoz & Acha, Servicios Corporativos Soc.Civ., informa que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió el comunicado 02/2017. En el cual informa lo siguiente.
Hoy vence el plazo para pagar el aguinaldo
Martes, 20 de Diciembre de 2016
El Ministerio de Trabajo instruyó que hoy es el último día para pagar el aguinaldo a los trabajadores asalariados de las empresas públicas y privadas. De no cumplirse con esta instructiva, un día después deberán cancelar el doble. La norma establece que se debe cancelar hasta el 20 de diciembre . En caso que las empresas, públicas y privadas, incumplieran el desembolso hasta el 20 de diciembre, a partir del día 21 corren sanciones de ley. Todos aquellos que fueron impagos deberán presentar sus denuncias en la dirección del Trabajo.
Cors, Muñoz & Acha, Servicios Corporativos Soc.Civ., informa que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió el comunicado 61/2016. En el cual informa lo siguiente.
EL DERECHO SE APRENDE ESTUDIANDO, PERO SE EJERCE PENSANDO. TEN FE EN EL DERECHO COMO EL MEJOR INSTRUMENTO PARA LA CONVIVENCIA HUMANA, EN LA JUSTICIA COMO DESTINO NORMAL DEL DERECHO, EN LA PAZ COMO SUSTITUTIVO BONDADOSO DE LA JUSTICIA, Y SOBRE TODO TEN FE, SIN LA CUAL NO HAY DERECHO, NI JUSTICIA, NI PAZ.
LA VIDA ES UN DERECHO Y EL DERECHO ES TODA UNA VIDA.
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