LOPDCádiz
Todo lo que siempre HA NECESITADO (si si, necesitado porque es de cumplimiento obligatorio) saber sobre la LOPD, su implantación, obligaciones, sanciones, etc.
Cuando colgamos una página web es porque:
1- La hacemos nosotros (o tu pareja, un amigo,…..alguien a quien no le darás ni un euro)
2- Nos la hace alguien y le pagamos por ello.
Recuerda que el Responsable, siempre eres TU (empresa o profesional) y que colgar una web está sujeta a una serie de obligaciones normativas.
1- La Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico. (más conocida por LSSI) (tengas un carrito o no)
2- El Reglamento General de Protección de Datos de la UE 679/2016 (RGPD) y la Ley 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales (LOPD)
Y debes saber que en caso de inspección, no es responsable el “diseñador web/webmaster/desarrollador web,………..”, eres TU.
Hace unos días tuve un conversación con la persona que le hizo y mantiene la web de una empresa y después de intentar convencerme de porque no podía hacer los cambios propuestos para que la web estuviera adecuada (no tengo muchos conocimientos, pero es que lo que me contaba no se lo tragaba………) me dijo “ezo no pasa naa, mi página tiene todavía lo de la LOPD antigua y lo único que puepaza e que me digan que lo arregle en do semana” Este “profesional” a oído campanas, pero no tiene ni idea de donde se encuentra el campanario. Y lo “mejor” es que el cliente común me dijo que “era un buen chaval y mira por nuestros intereses” ósea que yo no, es el que le hizo la web jaja.
Hoy no es lo que puedas ser sino lo que dices que eres sin serlo. Hay un dicho que dice que es tan importante serlo, como parecerlo, pero hoy lo importante de verdad es “PARECERLO” que serlo.
CAUTION con las web´s y con las fan-page de Facebook.
Buenas tardes
El motivo de este mail es advertir de una nueva fórmula con la que algunas empresas están haciendo “el agosto” en el mes de marzo, les hablo de:
EL CANAL DENUNCIAS.
Esta nueva directiva europea, obliga a todas aquellas empresas de más de 50 empleados, a tener un canal donde no solo empleados sino proveedores, colaboradores, clientes, ….. puedan denunciar conductas contrarias a los códigos implantados por la empresa o a las normas de régimen interno o de convivencia que pudieran adoptar en esta.
Por ello, contratar servicios o formación para empleados en cuestiones que tienen que ver con normas del tipo “CANAL DENUNCIA” “ACOSO EN EL TRABAJO” “IGUALDAD DE GENERO EN EMPRESAS”……. Si se “venden” como una obligación para bares, talleres, y pequeño comercio en general, no es más que una forma de “engañar o estafar” a los pequeños negocios y autónomos con empleados haciendo alusión a normativas que no les afectan en absoluto y a las que por falta de información acceden por el temor a sanciones con las que amenazan estas consultoras/formadoras, haciéndoles consumir recursos que son muy necesarios para otras cuestiones a las que realmente se encuentran sujetos.
Insisto, CANAL DENUNCIAS, PAN DE IGUALDAD, ETC, ETC, nosotros también lo gestionamos, pero a empresas que esten obligadas a ello y que cuenten con un número de empleados igual o superior a 50.
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