Estudio Sicari

Estudio Contable, impositivo, laboral y previsional. Somos Jóvenes Profesionales en Ciencias Económic

22/10/2021

❗❗Se eleva el monto para requerir la certificación de Origen de Fondos para compra de automotores❗❗

De acuerdo a lo determinado por la Resolución 113/21 de la UIF (Unidad de Información Financiera) las compras de automotores que superen el importe de $ 4.800.000 (antes era $ 2.237.000), deben contar con una Declaración Jurada de Origen Lícito de Fondos, certificada por un Contador Público y legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Este importe se actualizará semestralmente en los meses de enero y julio de cada año en base al porcentaje de incremento del Índice de Precios del Sector Automotor acumulado en los últimos 6 meses.

Solicitá asesoramiento con nosotros en caso que necesites realizar dicha certificación para presentar ante quién lo solicite.

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04/10/2021

❗❗ Se flexibilizan de los requisitos para acceder a los créditos a tasa cero ❗❗

El Ministerio de Desarrollo Productivos flexibilizó los requisitos para que los monotributistas accedan a los Créditos a tasa cero.

- Se elimina el requisito de el promedio mensual de facturación del primer semestre del año 2021, no sea superior en un 20% al promedio mensual del límite inferior de su categoría

- Se elimina el requisito de que el promedio mensual de compras del primer semestre del año 2021 sea inferior al 80 % de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.

- Podrán ingresar al beneficio del crédito a tasa cero, quienes facturan al Sector Público Nacional, Provincial o Municipal, aún cuando su facturación electrónica del promedio mensual del primer semestre del año 2021.

-No podrán acceder a crédito a tasa cero, los monotributistas que hubieran aumentado la categoría en la que se encuentren inscriptos al momento de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al día 30 de junio de 2021

Si tenes dudas o consultas para solicitar el crédito o sobre otros temas escribinos por Whatsapp al 11 6494 3012

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19/07/2021

❗️❗️MONOTRIBUTISTAS ❗️❗️: El senado aprobó y se convirtió en ley el proyecto de alivio fiscal. ¿Cuáles son los cambios y en qué se benefician?

Los beneficios para monotributistas forman parte de las herramientas previstas en el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

📌La medida prevé que la cuota mensual entre enero y junio de 2021 se pagará tomando el valor vigente a diciembre de 2020 eliminando el polémico aumento retroactivo.

📌Se actualizan las escalas del monotributo, ampliando los montos de facturación para cada categoría a partir de julio del 2021 sin aumentarse el valor de la cuota mensual. Se contempló un incremento adicional al 35% de principio de año llevándolo, en la categoría A: de $208.739 a $370.000 y sucesivamente hasta la categoría K, que pasa de $2.609.241 a $3.700.000, el valor máximo de facturación anual para estar incluido en el monotributo.

📌La recategorización semestral obligatoria estará habilitada desde el 28 de Julio hasta el 17 de Agosto. Este procedimiento se realiza dos veces al año, donde los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses.

📌El programa alivio fiscal para los monotributistas que se “excedieron en los ingresos facturados” les permite permanecer en cada categoría. Hasta el 31 de julio, inclusive, los contribuyentes que voluntariamente se hayan excluido del monotributo o hayan renunciado y solicitado el alta en el Régimen General para convertirse en autónomos entre el 1° de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, podrán regresar nuevamente al monotributo o acceder a una reducción del saldo técnico de IVA por 3 años dependiendo en qué porcentaje se excedieron de los ingresos brutos de la máxima categoría.

📌Se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación no superior a 1,5% mensual, para deudas que se venían pagando en planes vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo, entre otras cuestiones.

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25/05/2021

‼️ SUBSIDIO DE $22.000 PARA MONOTRIBUTISTAS Y AUTONOMOS‼️

Las trabajadoras y los trabajadores monotributistas y/o autónomos no empleadores, podrán tramitar el beneficio correspondiente al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Crítico Independiente a partir del 26 de Mayo de 2021.

El Gobierno extendió la ayuda y creó el "Programa de asistencia de emergencia a trabajadores y trabajadoras independientes en sectores críticos"

El Ministerio de Trabajo otorgará un subsidio de $22.000 a cobrar en junio a esos monotributistas o autónomos, previa intervención de la AFIP.

El plazo para inscribirse en la AFIP para recibir este subsidio se extenderá entre el 26 de mayo y el 1° de junio de 2021 inclusive y el mismo deberá realizarse ingresando por página de AFIP con CUIT y Clave Fiscal al servicio REPRO II.

Las actividades que podrán ser subsidiadas con estos $22.000, son incompatibles con recibir ya el REPRO II como empleador.

Esos monotributistas y autónomos que serán subsidiados ahora por el Estado deberán desempeñarse, entre otras, en algunas de las siguientes actividades:

• Gastronomía
• Turismo
• Transporte
• Industrias culturales
• Actividades deportivas y de esparcimiento
•Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación.

Consultanos para que lo realicemos‼️


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15/04/2021

‼️‼️‼ AFIP EXTIENDE AL 31/05/2021 EL PLAZO PARA REGISTAR LOS CONTRATOS DE ALQUILER‼️‼️‼️

Se extiende hasta el 31 de mayo, inclusive, el plazo para registrar los contratos de alquiler celebrados entre el 1/7/2020 de 2020 y el 15/5/2021. Las fechas son para los contratos de locación urbanos, rurales, temporales, las sublocaciones y los subarriendos.

Los contratos que sean celebrados después del 15 de mayo de 2021 deberán registrarse en el sitio web dentro de los 15 días corridos posteriores a su firma.
La decisión de la AFIP también extiende el plazo para registrar los contratos de locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras.

Dichos contratos celebrados entre el 1° de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, que continúen vigentes, podrán informarse hasta el 15 de julio.

Conoces los costos impositivos que se deben afrontar al arrendar un inmueble?

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01/04/2021

Durante el mes de mayo 2021 comienza a vencer el cronograma obligatorio para reemplazar los controladores fiscales de “vieja tecnología” por equipos de “nueva tecnología”o por emisión de factura electrónica.

La AFIP publicó en el boletín oficial del 31/3/2021, la resolución general 4955 a través del cual extiende el plazo para que los contribuyentes realicen el recambio de controladores fiscales de “vieja tecnología” a los de “nueva tecnología”, dependiendo de la cantidad de equipos de “vieja tecnología” habilitados .

En la imagen se incluyen las nuevas fechas de implementación actualizada por tramos, dependiendo de la cantidad de equipos de “vieja tecnología” habilitados

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31/03/2021

31/03/2021 📌Hoy vence la presentación del SIRADIG
Empleados en relación de dependencia tienen que cargar las deducciones y percepciones del periodo 2020.

Se deberán cargar los datos del empleador e informar aquellas deducciones computables:
~ Cargas de familias:
~ Hijos menores de 18 años
~ cónyuge
~ Cuota Medico asistenciales.
~ Honorarios de asistencia sanitaria, médica y paramédica.
~ Primas de seguro de vida.
~ Intereses por préstamos hipotecarios.
~ Gastos de sepelio.
~ Gastos realizados por la adquisición de indumentaria y/o equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo.
~ Aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados.
~ Alquileres
~ Retenciones y pagos a cuenta.

Recorda que podrás cargar el35% de percepciones por operaciones en moneda extranjera ( compra de dólares, consumos de bienes o servicios en el exterior).

Tener en cuenta que hay limitaciones y topes para estas deducciones.

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31/03/2021

31/03/2021 📌Hoy vence la presentación del SIRADIG
Empleados en relación de dependencia tienen que cargar las deducciones y percepciones del periodo 2020.

Se deberán cargar los datos del empleador e informar aquellas deducciones computables:
~ Cargas de familias
~ Hijos menores de 18 años
~ cónyuge
~ Alquileres
~ Retenciones y pagos a cuenta.

Recorda que podrás cargar el35% de percepciones por operaciones en moneda extranjera ( compra de dólares, consumos de bienes o servicios en el exterior).

23/03/2021

📌📋 VENCIMIENTO CENSO ECONOMICO 2020 / 2021

El 30 de noviembre de 2020 comenzó el Censo Nacional Económico (CNE 2020-2021) dispuesto por la resolución 180/2020 del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

El mismo comprende todas las actividades económicas productivas de bienes y servicios y toda otra actividad económica que por su envergadura se considere de relevancia estadística y relevará personas y empresas del país que tienen actividad registrada, incluyendo sociedades financieras y no financieras, personas inscriptas en monotributo y autónomos e instituciones sin fines de lucro.

Las personas jurídicas (empresas e instituciones sin fines de lucro) tienen tiempo para responder hasta el 1 de abril de 2021.

Las personas inscriptas en el régimen de autónomos tienen tiempo hasta el 1 de mayo de 2021.

Los monotributistas podrán hacerlo hasta el 1 de junio de 2021.

Ya lo realizaste?
Según informan desde el INDEC, el certificado de cumplimiento debe descargarse, ya que será necesaria su presentación para la realización de trámites administrativos y bancarios.

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17/03/2021

📌 ATENCION EMPLEADOS EN RELACION DE DEPENDENCIA.📋

Hasta el 31/3 hay tiempo para presentar el Formulario 572 web. El trámite es necesario para deducir cargas de familia, alquileres y personal de casas particulares, entre otros ítems.

Si tuviste percepciones RG 4815 por compra de moneda extranjera, adquisición de bienes o servicios en el exterior en moneda extranjera con tarjeta de débito o crédito también podes cargarlas.



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16/03/2021

AGIP ❕❕❕❕
Se prorroga hasta el 22/03 la adhesión en hasta 6 cuotas con 100% de quita de intereses.

Moratoria para regularización de deudas de impuesto Inmobiliario/ ABL y/o patentes para deudas entre Enero 2019 a Octubre 2020.

El plazo original vencía en el día de ayer 15/03.

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15/03/2021

Hoy vence la moratoria "INM/ABL Y PATENTES" AGIP con condonación del 100% de intereses‼️‼️

De acuerdo a lo dispuesto en el texto normativo de la moratoria, aquellos que adhieran antes del 15/03 y hasta en 6 cuotas, recibirán la condonación del 100% de los intereses.

Recordamos que se encuentra vigente un plan de facilidades de pago respecto de las obligaciones tributarias en mora del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y del Impuesto sobre Patentes sobre Vehículos en General, cuyos vencimientos originales hubieran operado en el período comprendido entre el día 1° de enero de 2019 y el día 30 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive.

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02/02/2021

AGIP lanza moratoria para deuda de patentes e impuestos inmobiliario/ABL.

AGIP dispuso un Nuevo Plan de Facilidades, con condonación de intereses y en cuotas, para aquellos contribuyentes que tengan deuda administrativa de los impuestos Inmobiliario/ABL y Patente.

El mismo estará vigente desde el 01 de febrero hasta el 30 de junio de 2021, y permitirá incluir deuda generada entre el 01 de enero de 2019 y el 30 de octubre de 2020. Será requisito para la adhesión y el correspondiente pago de las cuotas, contar con Clave AGIP, la presentación de una Clave Bancaria Uniforme (CBU) como así también la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).

Aquellos que adhieran antes del 15/03 y hasta en 6 cuotas, recibirán la condonación del 100% de los intereses.

Características del Plan:
– Períodos a incluir: Inmobiliario/ABL: cuota 01/2019 a 10/2020 – Patentes: cuota 01/2019 a 05/2020.
– Monto máximo de la deuda a incluir: $ 1.500.000.-
– Valor de cuota mínima: $1.000.-
– Débito automático de las cuotas en la CBU informada.
– Sin intereses de financiación.
– Con condonación de intereses resarcitorios en función de la cantidad de cuotas solicitadas y el momento del acogimiento.
– No admite la refinanciación de planes vigentes.

26/01/2021

📌 Vence el 31 de Enero la recategorización para monotributistas.

AFIP extendió el plazo para realizar la recategorización semestral para aquellos pequeños contribuyentes.
Tenes tiempo para presentarla hasta el Domingo 31 de Enero.

Se deben contemplar diferentes parámetros para definir si estas encuadrado en la categoría correcta o recategorizarte.
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Llamanos ❗️❗️

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07/01/2021

AFIP habilitó la devolución de la percepción del 35% ❗️❗️
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el procedimiento para solicitar la devolución la de las percepciones del 35% que rige desde el 16 de septiembre pasado a cuenta del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto a los Bienes Personales por compras de moneda extranjera o consumos en dólares, previsto en la RG 4815.
Si te practicaron percepciones por compra de moneda extranjera y no sos contribuyente del impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales, podes pedir la solicitud de reintegro de dichas percepciones.

Contactanos para que lo gestionemos❗️❗️

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22/12/2020

Les deseamos que tengan unas felices fiestas!!

09/11/2020

📌📌 Los monotributistas cumplidores no pagarán el impuesto por hasta 6 meses 📌📌

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy la implementación de beneficios para los contribuyentes cumplidores en la Moratoria 2020, que contemplan la exención para monotributistas, una deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y un mecanismo de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas, entre otras cuestiones.

En el caso de los monotributistas: la eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500.

Categorías A y B: 6 cuotas mensuales y consecutivas.
Categorías C y D: 5 cuotas mensuales y consecutivas.
Categorías E y F: 4 cuotas mensuales y consecutivas.
Categorías G y H: 3 cuotas mensuales y consecutivas.
Categorías I, J y K: 2 cuotas mensuales y consecutivas

El beneficio en Ganancias se aplica a la declaración jurada correspondiente a 2020 para personas humanas y sucesiones indivisas. “Podrán deducir, por un periodo fiscal, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. Están exceptuados quienes ocupen cargos públicos, los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia y quienes estén jubilados”.

En tanto que las micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

Los beneficios son para aquellos contribuyentes que al 26 de agosto de 2020 no registren incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias en los últimos tres períodos fiscales.

La adhesión a los beneficios se efectúa a través del sitio web de la AFIP. El mecanismo para solicitarlos estará habilitado hasta el 30 de noviembre, inclusive.

❗️❗️ Necesitas más información? ❗️❗️

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03/11/2020

▫️Estudio Contable Sicari▫️

Estudio Contable, impositivo, laboral y administrativo.

Somos un equipo de Jóvenes profesionales y trabajamos con dedicación para administrar fiscalmente tu negocio.

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27/10/2020

Necesitas Adherirte? Tenés tiempo hasta el 31/10/2020
📌La “Moratoria Ampliada 2020” permite regularizar deudas impositivas, de seguridad social y aduaneras vencidas al 31/7/2020, intereses no condonados, multas y sanciones firmes relacionadas con dichas obligaciones.

📌Las obligaciones se pueden cancelar en hasta 120 cuotas dependiendo el tipo de contribuyente. Hay una bonificación del 15% por pago de Contado y condonación de intereses.

Consúltanos.

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25/10/2020

Los profesionales que ejerzan su profesión liberal universitaria en CABA se encuentran exentos del pago de ingresos brutos.

Requisitos:
•Carrera de grado universitaria con duración no inferior a cuatro años

La exención es de pleno derecho, por lo cual no requiere inscripción. Pero en los casos en que los bancos te retengan IIBB por tus cobranzas podemos gestionarte la inscripción en el Registro de profesionales autodeclarados Exentos de AGIP.

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23/10/2020

❗️❗️ A partir del 1° de Enero será obligatorio el pago de ingresos brutos Convenio Multilateral mediante VEP.❗️❗️

La Resolución 14/20 establece que el Sistema de Pago Electrónico (VEP) será de carácter obligatorio para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral a partir del 1 de enero de 2021.

Si todavía no utilizas el Homebanking para realizar los pagos de anticipos mensuales de Ingresos brutos, recordá tener esta modalidad operativa para el 1 de Enero ya que será obligatoria.

Acompañamos a PYMES y emprededores. Asesoramos de manera global.

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19/10/2020

🤷‍♂️ No puedo comprar los 200 USD. Quisiera conservar el valor de mis pesos. ❗️❗️
El Banco Central (BCRA) aprobó este jueves una suba en la tasa mínima que pagarán los bancos a depósitos en plazo fijo a 30 días de hasta $1 millón, cuando sean realizados por personas humanas, que será del 34% TNA (Tasa nominal Anual).
Hasta el momento las restricciones a la compra de dólares impacta en pequeños ahorristas que tienen un dinero sobrante y no quieren perder el valor de sus pesos.

Conoces alguna de las posibilidades que hay disponibles para poder invertirlo?

Cedears: Los CEDEARs son instrumentos que representan acciones de empresas del exterior y se pueden comprar en pesos argentinos. Vas a poder lograr acceder a acciones de las principales empresas extranjeras como Apple, Tesla, Google, Coca Cola, entre otras.
Las acciones se adquieren en pesos argentinos y quedarán sujetas a la variación de la acción y al tipo de cambio contado con liquidación (CCL). Razón por la cual en caso de que el tipo de cambio aumente, aumentará tu inversión en pesos.

Dólar MEP: El dólar MEP o también llamado "dólar bolsa" es una opción válida y legal para quien quiera hacerse de dólares sin límites, más allá del famoso cupo de u$s200 que se venden en el mercado oficial de cambios.
Para poder acceder a este tipo de inversiones se requieren algunos requisitos y una apertura de cuenta en un broker local. Lo cual es sensillo y rápido.

Contactanos y te asesoramos por privado❗️❗️

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16/10/2020

🚦 El BCRA dispone nuevas exigencias para importadores🚦

Mediante la Comunicación “A” 7138, el BCRA dispuso topes a los pagos automáticos y elevó los requisitos para acceder al mercado de cambios para saldar importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero pendiente.

Ahora, la Aduana deberá verificar que el importador cuente con la declaración efectuada a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) en estado SALIDA con relación a los bienes involucrados, en todos los casos en que dicha declaración sea requisito para el registro de la solicitud de destinación de importación para consumo.

A partir de ahora, será necesaria contar con la aprobación de Aduana para poder tener acceso al mercado de cambios, es decir que no se podrán anticipar los pedidos al BCRA. Por otro lado, desde el 2 de noviembre, quienes no tengan la autorización de Aduana no podrán realizar nuevos pagos anticipados de importaciones de bienes hasta tanto regularicen la situación.

Además,se establece que el régimen informativo de “Anticipo de operaciones cambiarias” previsto por el cual los bancos debían anticiparle un reporte al BCRA, 48 horas antes de la fecha establecida, las necesidades de divisas siempre que el pedido fuese por un monto superior a los u$s500.000, sufrió cambios. A partir de hoy, ese reporte será necesario cuando las operaciones de egresos comprendidas impliquen un acceso al mercado de cambios por un monto diario que sea igual o superior al equivalente a u$s50.000.

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15/10/2020

📈 Asesoramos a PYMES y emprendedores.

📊 Liquidaciones de Impuestos, sueldos y asesoría sobre la gestión de tu negocio.

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08/10/2020

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07/10/2020

‼️‼️‼️‼️ EMPLEADOS DE COMERCIO: Se acordó un bono de $5.000 a pagar en 6 meses y un aumento en el sueldo básico ‼️‼️‼️‼️

Empleados de Comercio cerró la paritaria 2020 con un pago extraordinario y No Remunerativo de $30.000 en 6 cuotas mensuales y consecutivas a pagar a partir de las remuneraciones del mes de Octubre 2020 hasta Marzo de 2021 y la incorporación al básico de sumas de 6.000 pesos.

El acuerdo, homologado por el ministro Claudio Moroni, contempla la incorporación a los salarios básicos la suma de $4000 (otorgada mediante el Decreto Nacional 14/2020), y la suma de $2000 (mediante acuerdo de Comercio del 27 de febrero del 2020).

El acuerdo incluye el compromiso de ambas partes de reunirse nuevamente en enero de 2021 para analizar la evolución de la inflación y negociar una compensación en caso de desfase salarial.

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07/10/2020

Aumento salarial a trabajadores rurales permanentes UATRE

La Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) anunció un incremento salarial para los trabajadores rurales que se desempeñan como personal permanente de prestación continua dentro del Régimen de Trabajo Agrario en todo el país.

El aumento es en dos tramos:

20% a partir de julio de 2020
12% desde noviembre.

A partir de la nueva recomposición consensuada en la paritaria rural, el sueldo mínimo del trabajador de la actividad quedará desde julio en $ 35.246,08, en tanto que se elevará a $ 38.770,70 desde noviembre 2020.

Los porcentajes se aplican sobre los básicos de Febrero 2020.

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06/10/2020

Acompañamos a Pymes y Emprendedores en el desarrollo de su comercialización a través de Tiendas Online o Mercadolibre.

📊Tu negocio: analizamos tu negocio. Planificamos una estrategia y controlamos los desvíos.

📊Competencia: definimos tus ventajas competitivas para diferenciarte y llegar a poténciales clientes.

📊Mercado: analizamos la situación actual de tu negocio con respecto al mercado y trabajamos en conjunto en una propuesta de valor.

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01/10/2020

‼️‼️ Comienza la extensión del programa AHORA 12 ‼️‼️
A partir del 1° de octubre se incorporan tres meses de gracia para los planes en 12 y 18 cuotas: comprás y empezás a pagar en tres meses. Además, se suman nuevos rubros:

❗️❗ Servicios educativos: Cursos de Idioma, relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades.
❗️ Servicios de cuidado personal: peluquerías y centros de estética.
❗️ Servicios de reparaciones: servicios técnicos de electrónica y electrodomésticos para el hogar. Talleres de reparación de vehículos automotores y motocicletas.
❗️ Servicios de instalación de alarmas.
❗️ Servicios de organización de eventos y exposiciones comerciales: ❗️ Catering y fotografía.
❗️ Balnearios.

El Programa tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

Para poder ofrecer cuotas Ahora 12 deberás estar inscripto en la AFIP con un rubro incluido en la lista de los alcanzados por el programa.

Los comercios que ofrecen cuotas sin interés venden hasta un 30% más que aquellos que no lo hacen.

¿ Ya estas adherido al programa?
¿ Necesitas asesoramiento?

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29/09/2020

🗣🗣 Ya se puede solicitar el ATP septiembre 2020 🗣🗣

La AFIP habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Inscripción abierta desde el 28 de Septiembre hasta el 2 de Octubre para aquellos empleadores que requieran asistencia estatal para el pago de los salarios de Septiembre.

El Programa ATP otorga beneficios relativos al Salario Complementario, a la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA y al Crédito Tasa Subsidiada respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de septiembre 2020.

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28/09/2020

‼️‼️ BANCOS HABILITARON LA COMPRA POR HOMEBANKING DE DÓLARES PARA AHORRO‼️‼️

Los bancos vuelven a vender dólares a través del homebanking y aplicaciones móviles.

La compra de dólar oficial comienza a tener una percepción de 35% sobre el impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, que podrá ser utilizada como pago a cuenta de dichos impuestos para aquellos contribuyentes que estén obligados a presentarlos.

Aquellas personas que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, podrán solicitar la devolución de las percepciones una vez finalizado el año en el cual se efectuó la percepción.

Las nuevas restricciones de compra de moneda extranjera incluyen a beneficiarios de IFE, AUH y el resto de los planes sociales, así como a quienes no tengan ingresos declarados.

También a quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales y prendarios, cuotas de créditos hipotecarios, el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses o sean deudores de créditos hipotecarios UVA.

Cualquier consulta contactate con nosotros.

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26/09/2020
26/09/2020

‼️‼️ OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCIÓN EN DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO ‼️‼️

AFIP amplió los contribuyentes que deben adherirse a este domicilio, incluyendo aquellos que residan en localidades con menos de 1000 habitantes.

El Domicilio Fiscal Electrónico es el sitio mediante el cual AFIP realiza comunicaciones de cualquier naturaleza y el contribuyente las recibe. Se inscribe ingresando con tu CUIT y Clave Fiscal desde la WEB de AFIP. Dicho organismo comunicará novedades y actos administrativos sobre:
* Notificaciones * Embargos * Citaciones * Liquidaciones * Intimaciones * Rentas Provinciales

El contribuyente quedará notificado cuando abra la comunicación o en caso contrario desde el primer Lunes posterior a que la comunicación esté disponible, lo que suceda primero.

Es de suma importancia que estés adherido al Domicilio Fiscal Electrónico y que se controle periódicamente en caso de recibir comunicaciones.

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24/09/2020

Se aprueba el ATP6 para salarios de septiembre

El Gobierno nacional resolvió la continuidad del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para auxiliar a las empresas con el pago de los salarios de Septiembre.

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24/09/2020

Se extiende la prohibición de despidos y suspensiones hasta fin de Noviembre.

A través del Decreto 761/2020 publicado en el día de hoy en el Boletin Oficial, se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto 624/20.

De igual manera, se prorroga la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de 60 días.

Por último, quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo

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