Estudio Jurídico Integral Dr. Maidana Horacio & Asociados

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24/12/2022
Sin pruebas no hay violencia 28/10/2021

https://www.diariojudicial.com/nota/90446 #.YXXqIRZv23Y.facebook

Sin pruebas no hay violencia Una mujer afirmó ser víctima de violencia por parte de su ex pareja y solicitó que ordena una escritura traslativa de dominio por el 50% del inmueble que adq

Daños y Perjuicios derivados del Impedimento de Contacto con los Hijos. 17/10/2021

https://bibliotecajuridica.com.ar/documentos/jurisprudencia/danos-y-perjuicios-derivados-del-impedimento-de-contacto-con-los-hijos/143511/

Daños y Perjuicios derivados del Impedimento de Contacto con los Hijos. …»Ante el incumplimiento del régimen de comunicación con los hijos por parte del progenitor no conviviente, tanto como, ante la conducta del progenitor conviviente, quien como en el fallo en …

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Confirman nueva escala salarial de empleados del servicio doméstico 17/07/2021

https://www.econoblog.com.ar/98782/confirman-nueva-escala-salarial-de-empleados-del-servicio-domestico/

Confirman nueva escala salarial de empleados del servicio doméstico Confirman nueva escala salarial de empleados del servicio doméstico. Mirá cuáles son los sueldos básicos vigentes.

14/05/2021

https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=155204199423615&id=105427671067935

¡Contesté demanda fuera de plazo! (Tranquilo, no pasa nada…)

Vamos con este super tip salvador.

En los pleitos civiles, por aplicación del carácter perentorio de los plazos procesales (art. 155, CPCCN), la contestación extemporánea de la demanda exige su desglose del expediente, con la consecuencia de operar, por efecto de la incontestación, la facultad judicial de considerar la admisión de los hechos afirmados en la demanda (art. 356, inc. 1°, CPCCN)

Sin embargo, cuando está en juego la determinación del interés superior del niño, como sucede en los casos de conflictos parentales, la contestación extemporánea de la demanda no conlleva, necesariamente, los efectos señalados en el párrafo anterior.

Es que por la materia indisponible del proceso y en función del principio inquisitivo, el juez no puede prescindir de conocer las alegaciones que el padre o madre formula en la contestación.

De ahí que los hechos impeditivos, modificativos o extintivos contenidos en la oposición a la pretensión, deben ser evaluados cuidadosamente por el juez, ya que la omisión de su tratamiento transforma en arbitraria cualquier resolución que adopte.

Por ejemplo, si en la contestación extemporánea se alegan hechos graves que impiden ampliar el período de convivencia entre el hijo y el progenitor demandante, es claro que el juez tiene el deber de investigar la afirmada inconducta que obsta a hacer lugar a la pretensión, siendo manifiestamente inaplicable la figura de la admisión táctica contenida en el art. 356, inc. 1°, del CPCCN, al encontrarse involucrado directamente el interés superior del niño y la necesidad de evitarle un perjuicio.

Obviamente, estamos hablando de casos extremos, que en modo alguno implica que se pueda contestar al antojo. La buena fe y la prohibición de abuso del derecho exigen una muy buena explicación (y comprobación sumaria) de las razones por las cuáles la parte demandada incumplió el plazo de contestación.

09/05/2021

Texto copiado del perfil del Dr. Martin Alesi...
Dominar el instinto de supervivencia en el fuero de familia

Lo que un cliente realmente necesita, en el marco de la separación y el conflicto con el otro progenitor, es un resultado justo, una buena relación con sus hijos, dejar atrás la ruptura dolorosa, y sanación.

Eso no se logra con un abogado agresivo.

A veces no queda más remedio que litigar, porque la otra parte es inflexible o exhibe conductas patológicas. Pero en la mayoría de los casos, la agresividad en el fuero de familia logra el efecto contrario al que se busca.

Porque los hijos terminan eligiendo bando; el dinero se gasta en honorarios; la ruptura se hace más dolorosa y conflictiva, y la pelea judicial es una experiencia que se comunica y transmite a las próximas generaciones.

Hay victorias pírricas, porque el daño y el dolor de las peleas superaron con creces los beneficios obtenidos.

Muchas personas que deben transitar por el fuero de familia nunca se han sentido más perdidas, temerosas, tristes y vulnerables.

A veces, las acusaciones falsas, la desconfianza y el conflicto empeoran cada día después de la separación. El cónyuge que se divorcia se siente impotente y enfrenta una grave pérdida de su dinero, hijos, manutención, familia, etc.

El instinto de supervivencia le dice que luche por sus derechos. Lo siguiente que pasa es que se involucra en la estructura judicial. Ahora se enfrenta a un abogado intimidante y se siente aún más impotente. Es por eso que lo primero que le dice el cerebro es que contrate al abogado más agresivo para protegerlo, luchar por sus derechos y conseguirle lo que necesita en la separación.

La necesidad de contratar a un abogado de familia agresivo se debe a que quiere que alguien proteja plenamente sus derechos; y que luche contra el otro abogado agresivo que representa al ex.

El problema del abogado de familia agresivo es que cree que las peleas y los conflictos son las mejores formas de resolver una disputa y no comprende las consecuencias o los resultados a largo plazo. Inclusive, algunos son egoístas y codiciosos, al llevar al cliente a peleas para maximizar la ganancia monetaria.

En cambio, el abogado de familia asertivo es estratégico e inteligente. Siempre mantiene el interés a largo plazo de su cliente como su objetivo final. No se dobla ante la presión, pero sopesa todos los beneficios y costos en cualquier situación con el fin de utilizar las herramientas más efectivas al resolver conflictos. Esas herramientas pueden ser negociación, mediación o litigio. Ajusta su estrategia a la singularidad de la situación del cliente y crea una solución única para cada problema.

No tiene miedo de luchar, pero lucha sabiamente y cuando es absolutamente necesario.

Por eso, el abogado asertivo busca una resolución justa, mientras el agresivo busca el conflicto.

El agresivo es unidimensional y tiene como único método el litigio en el Juzgado. El abogado asertivo analiza todas las opciones, aplica la lógica y un análisis de costo/beneficio.

El abogado de familia agresivo se enfoca en resultados a corto plazo. El abogado de familia asertivo, en cambio, en resultados a largo plazo.

Muchos clientes piensan que debido a que la otra parte tiene un abogado agresivo, también necesitan uno que coincida con ese perfil. Sin embargo, un abogado asertivo es mucho más efectivo para enfrentar a un abogado agresivo de las siguientes maneras:

• El abogado asertivo es más respetado por los jueces y en los tribunales que el abogado agresivo. Los jueces quieren llegar a un resultado justo. Quien los mire cara a cara y sugiera soluciones realistas y justas, tendrá éxito. La mayoría de los jueces no aprecian a los abogados agresivos e irrazonables.

• El abogado asertivo es mentalmente sano, concentrado y equilibrado. No es reactivo. El abogado agresivo a menudo tiene mal genio y es reactivo. En un caso de derecho de familia, la reactividad cuando es innecesaria puede costar mucho dinero.

• El abogado asertivo no deja que el ego se interponga en su camino, por lo que agotará todas las oportunidades para comunicarse y conducir el caso hacia un acuerdo en lugar de un conflicto. Ese abogado puede realmente dirigir y guiar al abogado agresivo por un camino positivo de resolución de conflictos;

• El abogado asertivo luchará larga y duramente si se da cuenta de que la negociación o la razón no funcionan con la otra parte, pero antes de eso, agotará todas las oportunidades para ahorrarle tiempo y costos de pelear si hay otras opciones disponibles.

Compensación económica tras la convivencia: cómo se calcula y qué hay que tener en cuenta 21/04/2021

https://www.iprofesional.com/legales/337270-compensacion-economica-tras-la-convivencia-como-se-calcula

Compensación económica tras la convivencia: cómo se calcula y qué hay que tener en cuenta Un juez dispuso que un hombre le abone a su ex una suma que represente el 50% del valor de todos los bienes adquiridos durante la convivencia

Alimentos de menores: ordenan retener un porcentaje de los haberes del abuelo mientras el padre no tenga un empleo registrado 05/04/2021

https://www.erreius.com/opinion/11/familia-sucesiones-y-bioetica/Nota/463/alimentos-de-menores-ordenan-retener-un-porcentaje-de-los-haberes-del-abuelo-mientras-el-padre-no-tenga-un-empleo-registrado

Alimentos de menores: ordenan retener un porcentaje de los haberes del abuelo mientras el padre no tenga un empleo registrado La sala I del Tribunal de Familia de San Salvador de Jujuy hizo lugar a una acción de alimentos a favor de un niño de 10 años y estableció que una vez que el padre comience a trabajar en relación de dependencia y se encuentre debidamente registrado, se le a retenga el 30% de los haberes a favor...

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