AJChile Estudio de abogados

Defensa laboral. Juicios civiles. Estudio de títulos, redacción de escrituras, contratos civiles. Copropiedad inmobiliaria. Cambios de nombres y apellidos.

Eficiencia, responsabilidad, resultados.

15/03/2024

Vendo Departamento Comuna de Pudahuel
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13/03/2024

La ley de 40 horas.

Fue introducida para permitir que los trabajadores puedan disponer de más tiempo libre para compartir con sus familias. Es, en realidad el ideal, es lo que prevaleció en la mente del legislador, ahora bien, que en la practica se asuma de otra forma, dependerá de cada trabajador.

Esta implementación se dará de forma progresiva. Tendrá un plazo de implementación de cinco años, de tal manera, de ajustar toda la mecánica de producción, a los nuevos horarios.
Esta nueva modalidad de horarios, incorpora a todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado. Por ejemplo los docentes también están considerados en esta nueva Ley, los empleadores tendrán que contratar a otros profesionales para sustituir las horas que queden vacantes.
Si el empleador no cumple, se desentiende, omite, o no aplica la nueva ley, el trabajador podrá realizar una denuncia en la inspección del trabajo, o bien, demandar directamente ante tribunales del trabajo por incumplimiento.

Se puede aplicar algunas horarios específicos que permitan adaptarse a esta nueva exigencia, por ejemplo que el trabajador asuma funciones 4x3, (cuatro días de trabajo y tres días de descanso),tal como lo realizan los guardias de seguridad.

La cantidad de horas que se debe trabajar está estipulada en el artículo 22 del Código del trabajo.

Se exceptúan de esta normativa, los gerentes, administradores, trabajadores sin supervisión de un jefe directo.

Resumen.
Las cuarenta horas son el tope del trabajo semanal, se disminuye en cinco horas la jornada de trabajo.
Se aplica de forma gradual, con un tope de cinco años para su implementación.

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Gran iuris advocatus imperator 12/03/2024

Gran iuris advocatus imperator Ver Gran iuris advocatus imperator en Santiago, Huérfanos 1160 en Cylex y encuentre ☎ +56 968244..., datos de contacto, ⌚ horario de apertura.

08/03/2024

¡Cuál es el sueldo justo hoy?
La CUT, y el gobierno negocian un sueldo mínimo de $500.00. Recordemos que actualmente es de $410.000. La idea que se propone es que a comienzos del mes de mayo, este puede subir a $440.000, posteriormente a $460.000, y antes de finalizar el 2024 llegar a la suma propuesta de $500.000.

Lógicamente, que el costo de la vida en Chile, no permitiría lograr ningún beneficio con el monto propuesto. Cabe considerar que gran parte de ese sueldo que recibe el trabajador, se destina a arriendo, y en la actualidad, por las distintas variables de la crisis económica originadas en Chile, desde hace algún tiempo atrás, todo se ha hecho más difícil para los chilenos.

Basta con cotizar valores de arriendos, considérese casas, piezas, los valores se han disparado enormemente, una por la inflación, otra por la mezquina especulación de los dueños de las propiedades.

A esta variabale, tenemos que necesariamente sumar, gastos de locomoción, vestuario, alimentación, luz, agua, gas, etc. Si en una tarde, una vez que estemos tranquilos, y realizaramos el ejercicio de sumar nuestras deudas, y compromisos económicos, nos daríamos cuenta perfectamente que, los $500.000 que se proponen en la actualidad para materializarse este año 2024, tampoco alcanzaría a cubrir nuestros gastos.

Ronda, más bien, en nosotros la idea de que esa suma ya no correspondería, y que el sueldo mínimo en la actualidad, debe ser de por lo menos $ 750.000.

En Chile, desde siempre, ha existido precariedad laboral, y precariedad de remuneraciones. En Chile, es muy difícil que lleguemos a conseguir un pago justo a los trabajadores. Obtener un sueldo digno, equitativo, y justo, es una batalla que se tiene que dar.

Porque no es posible, después de un mes de trabajo, tu sueldo te alcance sólo para alimentarte, movilizarte, y pagar un arriendo.

Recuerda que te asesoramos en temas laborales. Cualquier duda puedes consultarnos sin costo alguno.
Somos en Chile
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06/03/2024

¡No firmes finiquito! Pregunta sobre el mejor modo para hacerlo.
¿Te despidieron? ¿No te imponen? ¿Trabajas sin contrato? ¿Te acosan laboralmente? ¿Quieres demandar colectivamente? Te asesoramos en autodespidos. Nulidad del despido, despido injustificado, accidente laboral. cobro de prestaciones, discriminación laboral. Cobro gratificaciones legales trabajadores sector público.

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Vea con nosotros Juicios ejecutivos, remates, contratos de compraventa, herencias, particiones y cesiones de derechos, deudas tributarias, declaración de prescripción, no pago de contribuciones, Demandas cobros indebidos en planes de Isapres. En el área familiar se tramitan con rapidez y prolijidad separaciones, divorcios unilaterales, divorcios de común acuerdo.

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06/03/2024

EXTRANJEROS EN CHILE SIN CONTRATO. 2024
Todos los trabajadores extranjeros residentes en Chile, independiente de su situación migratoria, se rigen en su relación laboral por el código del trabajo.

REGULARIZAR su situación migratoria,no tiene nada que ver con su relación laboral. Un empleador, puede, libremente, aceptar los servicios de un extranjero, aunque este haya realizado su ingreso por paso no habilitado.

Será suficiente que el trabajador extranjero disponga de un Rut transitorio, o bien un pasaporte, para que el empleador escriture un contrato de trabajo. Si no tiene ninguno de estos documentos, la AFP, proporcionará un Rut transitorio.

El contrato que pueda obtener el trabajador extranjero, le permitirá, en alguna medida, demostrar que sus intenciones, al radicarse en Chile, es la de aportar al país con su trabajo.

Generalmente, el empleador optará por un contrato a plazo fijo, que se indica en una de sus clausulas que se hará efectivo al momento de que el trabajador extranjero regularice su situación migratoria.

No obstante aquello, como el derecho laboral se rige por el principio de la realidad, al trabajador extranjero, se le computará, para efectos de pago de sus prestaciones sociales, desde el primer día en el que comenzó su actividad laboral en la empresa.

En Chile, todos los trabajadores extranjeros, (independiente de su situación migratoria), trabajadores chilenos, y los empleadores se rigen por la ley laboral en derechos y obligaciones. A todos los trabajadores les corresponde el pago de cotizaciones, sueldo mínimo, jornada laboral y descanso, seguridad, sindicalización, licencias y permisos, maternidad, etc.

Si tienes dudas, o, deseas realizar una consulta.
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05/03/2024

¿Qué sucede si no tengo contrato de trabajo?
Si no firmas contrato en los tiempos definidos por el Código del trabajo, al empleador lo multarán.
El Contrato de trabajo es una convención por la que se obligan Empleador y trabajador.
Trabajador, a prestar servicios bajo subordinación y dependencia. Con la finalidad de recibir una remuneración.
Si no existe un contrato escriturado, se valida el acuerdo cuando:
1.- Se genere una prestación de servicios
2.- Exista el pago de un incentivo monetarios
3.- Que se origine mando y dependencia en relación al empleador.
En consecuencia, esté o no escriturado, existe un contrato de trabajo.
Todo contrato, en términos ideales, debe ser consensual, pero generalmente, el trabajador tiene muy poco que agregar a los términos de la relación laboral.
Porque, como es obvio, el empleador, tiene formatos de lo que espera del trabajador, y en esto siempre impone su voluntad,
El empleador tiene un plazo de 15 días para redactar un contrato. Artículo 9 CDT
Contrato por obra, determinado, o que tenga una duración inferior a 30 días, es de cinco días.
Existe una política de los gobiernos a la protección del empleo, pero bien sabemos, que los empleadores tiene una prodigiosa imaginación para saltarse la normativa, y crear espacios en los que se pueda vulnerar los derechos de los trabajadores.
Si estás en una situación de irregularidad laboral, y no sabes cómo responder.
Es importante que te comuniques con nosotros para asesorarte en temas laborales.

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11/12/2023

Compra venta arriendo de propiedades.
Copropiedad inmobiliaria.
Embargos - Tercerías.
Tercerías - Hipotecas.
Posesiones efectivas.
Testamentos - Herencias.
Cesión de derechos sucesorios.
Constitución personas jurídicas.
Redacción de escrituras.

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22/11/2023

¿Qué es el pago de indemnizaciones?
Es la suma de dinero, que debe entregar el empleador al trabajador cuando pone término al contrato de trabajo, invocando alguna de las causales que dan este derecho al trabajador.

¿Cuándo no corresponde indemnizar?
El pago de indemnización no corresponde si la causa de despido es por lo mencionado en el artículo 160 del Código del Trabajo: mala conducta del empleado, causar daños a la empresa, abandonar injustificadamente sus tareas.
Puntualicemos los conceptos a pagar.
• Indemnización sustitutiva del aviso previo.
• Indemnización del feriado anual o vacaciones.
• Indemnización por años de servicio.
¿Cuándo se cancela la indemnización sustitutiva del aviso previo?
Lo que se paga cuando se cumplan los siguientes requisitos:
• Que el contrato ha terminado por necesidades de la empresa.
• Que, además, el empleador no haya dado aviso de término con a lo menos 30 días de anticipación.
El monto de esta indemnización es el equivalente a la última remuneración mensual ganada por el trabajador.
¿Qué es el pago de indemnización del feriado anual o vacaciones?
El que se paga, si el trabajador deja de pertenecer a la empresa por cualquier causal sin hacer uso de sus vacaciones anuales.
Equivale a la remuneración íntegra por los días de vacaciones que el trabajador no utilizó..

Si el trabajador no alcanzó a estar un año en la empresa, y por ende no tiene derecho a vacaciones, la indemnización se calcula en forma proporcional al tiempo que hay entre la contratación o la fecha de cumplimiento del último año de trabajo y el término de los servicios.
¿Qué es la indemnización por años de servicio?
Aquella indemnización que se paga al trabajador cuando se pone término al contrato por la causal de necesidades de la empresa. Esta indemnización es equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio y periodo superior a seis meses prestados continuamente a dicho empleador. Esta indemnización tiene un tope máximo de 11 años.

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Si te despiden, te asesoramos, y reclamamos las prestaciones que te adeuden.
Consulta y resuelve tus dudas. Llámanos.
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25/10/2023
18/10/2023

¿Lucro cesante?
LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS, comprende el daño emergente y lucro cesante, ya provengan de no haberse cumplido la obligación, o de haberse cumplido imperfectamente, o de haberse retardado el cumplimiento.
El lucro cesante se reclama por indemnizaciones por término de plazo fijo, o por término de obra o faena. Se produce por incapacidad derivada de un accidente de trabajo, sea este lucro cesante presente o futuro, fijada una vez que se dicte la sentencia.
Lucro cesante o futuro siempre tiene que ser reparado.
El trabajador podrá reclamar la pérdida de remuneración que experimentó, entre la fecha del accidente, y la fecha del fallo, todas las remuneraciones que dejó de percibir entre la sentencia y la edad proyectada para su jubilación.
Se consagra el derecho a obtener la reparación de “todo daño”, que responde al principio de la “reparación integral del daño”
El subsidio por incapacidad cubre el lucro cesante actual, y como consecuencia, el empleador queda liberado, (si llegase a pagar el lucro cesante, probablemente, el afectado sería enriquecida).
Pero sí se puede reclamar cuando existen diferencias notables, cuando existen diferencias considerables, entre la remuneración que recibía el trabajador accidentado y, los beneficios que recibiría del sistema de seguros, de la Ley 16.744.
Si la diferencia entre el pago de este seguro, y los pagos mensuales que le pagaban al trabajador son abismales, entonces se podría reclamar con justo derecho el lucro cesante.
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04/10/2023

En los accidentes laborales, el finiquito no libera al empleador de responsabilidades.
Sobre todo, cuando, se trata de perseguir la responsabilidad culpable del empleador.
Después de un accidente se pudo haber logrado el pago de algunas indemnizaciones. Como, por ejemplo, los beneficios de las prestaciones sociales, o los seguros relacionados con los sindicatos.
Es probable que, en caso de accidente, se haya logrado activar los seguros que el empleador incorporó para todos los trabajadores.
El trabajador perfectamente logra recibir el pago de estas indemnizaciones, sin embargo, el finiquito de basado en estas indemnizaciones, no libera al empleador de las responsabilidades que le pudo haber correspondido en las causas del accidente.
El empleador, al despreocuparse de las medidas de seguridad, lo induce a caer en una falta de omisión, que tiene por resultado, atribuirle responsabilidad en el accidente laboral, y se puede, condenar al empleador por daño moral, esto es, “dar satisfacción suficiente y necesaria a la víctima intentando reducir todo lo posible el dolor sufrido”
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04/10/2023

En los accidentes laborales, el finiquito no libera al empleador de responsabilidades.
Sobre todo, cuando, se trata de perseguir la responsabilidad culpable del empleador.
Después de un accidente se pudo haber logrado el pago de algunas indemnizaciones. Como, por ejemplo, los beneficios de las prestaciones sociales, o los seguros relacionados con los sindicatos.
Es probable que, en caso de accidente, se haya logrado activar los seguros que el empleador incorporó para todos los trabajadores.
El trabajador perfectamente logra recibir el pago de estas indemnizaciones, sin embargo, el finiquito de basado en estas indemnizaciones, no libera al empleador de las responsabilidades que le pudo haber correspondido en las causas del accidente.
El empleador, al despreocuparse de las medidas de seguridad, lo induce a caer en una falta de omisión, que tiene por resultado, atribuirle responsabilidad en el accidente laboral, y se puede, condenar al empleador por daño moral, esto es, “dar satisfacción suficiente y necesaria a la víctima intentando reducir todo lo posible el dolor sufrido”

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02/10/2023

LOS ABOGADOS DE LA AXXION JURÍDICA DE CHILE.
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29/09/2023

División de predios rústicos.
Deslindes.
Cesión de Derechos hereditarios.
Regularización, división de terrenos,
Conflictos paso de aguas.
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RESERVE UNA HORA.

27/09/2023

Si un trabajador demanda al empleador, y si tiene vigentes deudas por pensión de alimentos. ¿Qué sucede?
• En el caso de la venta de inmuebles o vehículos motorizados, el Conserva-dor de Bienes Raíces o el Registro Civil, podrán inscribir la transferencia, sólo en la medida que se acredite que, con las ganancias de la venta, se pa-garán los alimentos adeudados.
• En la etapa de la devolución de impuestos producto de la Operación Renta, la Tesorería General de la República podrá retener el dinero a las personas deudoras de pensión de alimentos.

• No podrán renovar sus licencias de conducir ni tampoco sus pasaportes.
Se le retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda.
• Las personas que están obligadas a realizar Declaración de Intereses y Pa-trimonio deberán declarar sus deudas alimenticias.
TRABAJADOR DEUDOR DE PENSIÓN DE ALIMENTOS.
• Se retendrán indemnizaciones por concepto de demandas laborales. Pagos de juicios laborales se destinarán al pago de pensiones de alimentos.

En el mundo somos,
los abogados de la Axxion Jurídica de Chile

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26/09/2023

Somos los abogados de la Axxion Jurídica de Chile. +56 920279611
Defensa “Nueva Ley devuélveme mi casa” Juicios de arriendos (no pago y defensa). Estudio de títulos, redacción de escrituras, contratos civiles.
Copropiedad inmobiliaria. Venta de propiedades. Embargos y remates.
Tercerías. Hipotecas, Posesiones efectivas,
y testamentos. Herencias, cesión de derecho sucesorio.
Constitución de personas jurídicas,
Sociedades. Redacción de contratos.

Defensa de trabajadores
Accidente laboral. Tutela laboral. Autodespido.
Acoso laboral. Despido indirecto. No pago de cotizaciones
Enfermedades profesionales
Ley Bustos
Despido injustificado. Nulidad del despido
Despido por necesidades de la empresa. Despido por incumplimiento grave.
+56 962339517
[email protected]

25/09/2023

Juicios ejecutivos, embargos y remates. Tercerías, cobros de pagarés, letras y cheques. Demandas por indemnización de perjuicios. Hipotecas, escrituras públicas. Posesiones efectivas, y testamentos. Juicios de arriendos (no pago y defensa). Estudio de títulos, redacción de escrituras, contratos civiles. Copropiedad inmobiliaria. Cambios de nombres y apellidos.
Eficiencia, responsabilidad, resultados. Atendemos en todo Chile, y respondemos todas las consultas. Por la larga trayectoria que nos avala, veinte años llevando tranquilidad a tu familia.
Posesiones efectivas, compra venta de propiedades, redacción de escrituras, juicios de arrendamiento, juicios ejecutivos, indemnización de perjuicios, derecho sucesorio, herencias, deslindes, estudio de títulos.
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Via Meet, o bien, presencial.

13/09/2023

¿TIENES UN MOROSO PERTINAZ?
"Ley Devuélveme a mi casa”, agiliza los trámites para desalojar aquellos arrendatarios morosos, pertinaz, inconscientes, que además no pagan arriendo y descuidan tu casa. Nosotros te ayudamos a recuperar tu propiedad. Si es habitual que no pague el arriendo. Si además adeuda el gasto común o servicios básicos del inmueble. También si ha provocado daños a tu propiedad. El arrendatario paga por partes, o bien, en fechas que no corresponden. Si estás en cualquiera de estas situaciones estás a tiempo para remediar la situación. Tienes que llamarnos antes de que sea más complicada la situación.
RECUPERAMOS TU CASA.
Reserva una hora.
+56 962339517

08/09/2023

Posesiones Efectivas Intestadas
Posesiones Efectivas Testadas
Redacción de Testamentos
Redacción de escrituras compra venta.
Contratos de Cesión de Derechos Hereditarios y de Partición y Adjudicación
Juicios de partición
Tercerías
Posesión efectiva
Desalojos
Precarios
Nueva Ley “Devuélveme mi casa”
herencias.
Cesión de derechos hereditarios

Cesión de los créditos personales y nominativo.
Cesión de derechos litigiosos
La cesión de derechos de herencia
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08/09/2023

Causales de despido más frecuentes.
Fuente: DT

05/09/2023

PARA LOGRAR CONTRASTES, UNA NOTA APARTE.

Las aves siempre nos asombran. Provocan fascinación en nuestro espíritu.
Nos preguntamos, cómo es que pueden alzar el vuelo, y sostenerse de manera indefinida en el cielo.
A veces, las visualizamos cerca de nuestro jardín, asomándose por nuestras ventanas, o lisa y llanamente, traspasando nuestras puertas.
En toda época han destacado por sus atributos. En otras civilizaciones, las incorporaron de distintas formas a su cultura. Vemos indicios en la cultura egipcia y africana.
Para otros, las aves han sido símbolo de la divinidad entre los paisajes. Relacionan de forma perfecta las esferas del cielo y la tierra. Ellas también nos recuerdan, siempre una aspiración tan antigua, volar, volar como las aves.
El deseo de volar, de alzar el vuelo, y agitar las alas, una y otra vez, no obstante, en todo caso, siempre nos recuerdan, los constantes vuelos que tenemos que realizar en la vida.
A diferencia de las aves, nosotros alzamos el vuelo con la imaginación.
Las aves nos recuerdan que, todos los eventos que hemos vivido son enormes vuelos al vacío que determinaron nuestros caminos. Cada vuelo en la vida es un desafío, a veces, complejo o simple, pero que nos obliga a la acción. Observé, una pequeña ave, me agradó verla.
Algunos dicen, que es un indicador de buena suerte. Independiente de aquello. Esta imagen, junto con ser agradable, es fascinante.

05/09/2023

NUESTROS TRABAJADORES EN LAS OFICINAS SALITRERAS.
En 1880, le pagaban a los obreros sólo con fichas. Sobre todo, en las ya conocidas “Salitreras”, que se dedicaban a extraer nitrato sódico a partir de las fuentes de caliche.
La población se circunscribía en torno a los depósitos de Salitre. Estas instalaciones eran levantadas por los dueños. Suministraban, agua, alimento.
El pago, a esta tarea difícil y compleja, realizaba por le general en sectores aislados del desierto, se realizaba en gran medida mediante fichas salario. ¿Cuá era la particularidad de este pago? Bueno, estas fichas tenían que ser cambiadas en locales de la misma empresa. A estas se les denominaba la “Pulpería”
La pulpería. En estos establecimientos se vendía a los trabajadores alimentos, ropa, tabaco, e incluso pequeños bienes duraderos.
El nitrato de potasio, o más conocido como salitre, se extraía principalmente de Tarapacá, toco, Antofagasta, Aguas Blancas y Taltal.
Estas poblaciones que giraban alrededor del salitre se les llamaba “Oficinas salitreras”
Algunos consideran que el aislamiento y la lejanía, permitían este tipo de pago, pues, de portar dinero metálico, resultaba en ocasiones peligroso portarlo.
La lejanía y el aislamiento. En consecuencia, se creó este sistema de ficha salario para pagar a los trabajadores.
La injusticia de este acto se enmarcó siempre en los beneficios que traía consigo a las empresas, a todo evento, resultaba más beneficioso para ellos, abaratan costos, les resultaba más económico, en desmedro de los trabajadores.
Considerando que los trabajadores, no tenían otras alternativas para comprar, de ese modo se transformaban en clientes cautivos, agregando que cada oficina salitrera contaba con varios miles de personas.
Recordemos que, en 1832, esta practica de pagos con fichas estaba prohibido, sin embargo, desbordó el ámbito salitrero y se utilizó en distintas áreas de la producción: explotaciones agrícolas, obras públicas, astilleros, industria en general.

Esto, nos permite deducir, que existía una concomitancia entre legisladores y las grandes empresas que se concertaban armónicamente en contra de los trabajadores. Porque este sistema, sólo permitía, trabajar para el alimento, y el vestir, nada más, y de este modo, perpetuar una situación de injusticia que empobrecía cada vez más a los trabajadores.
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EN EL MUNDO SOMOS
LOS ABOGADOS
DE LA AXXION JURÍDICA DE CHILE.

05/09/2023

DATOS NECESARIOS QUE DEBES ENVIAR.

1.- Tus datos personales.
Nombre completo.
Dirección:
Nº Pasaporte, o en su efecto, Rut-
Funciones por las que fue contratado:
En qué lugar se realizaba el trabajo:
Horario de la jornada laboral:
Fecha de ingreso:
Fecha de término:

¿Trabajaba domingos, o festivos?
¿Cuántas horas extras realizaba al día?
¿En qué comuna o región trabajabas?
¿Qué te dijeron al despedirte?
¿Cuál fue la causa que invocó la empresa?
Cómo se llama la Empresa:
¿Cuántos años, o meses, trabajó en esa empresa?

¿Guardaste registro de videos, fotos, audios, diálogos de whatssap con los jefes, o encargados? Si los tienes, debes enviarlo.

¿Cuál es el Rut de la Empresa?
Dirección Empresa:
-A qué se dedica la empresa

Sueldo mensual.
¿Cuánto te pagaban al mes?
Indicar pago de horas extras:

1.-Nombre empleador:
Rut empleador:
Dirección empleadora:

Escribe o graba un relato desde el primer día que comenzaste a trabajar.

Menciona: Nombre del jefe o los jefes.

SI ESTABAS CONTRATADO.

-Nombre de la AFP
-AFC
-Nombre de Isapre.
-En base a la cartola de la AFP ¿Te cancelaron todas las imposiciones?

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