Bobbi Brown Cosmetics

Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Bobbi Brown Cosmetics, Tienda de cosméticos, Calle Preciados 3, Madrid.

23/01/2024

BASES LEGALES SORTEO PASARELA FLAMENCA JEREZ 2024 (EN INSTAGRAM)

I. OBJETO DE LA PROMOCIÓN
La empresa Estée Lauder España, S.A. (en adelante, “Estée Lauder”), con domicilio social en Polígono Industrial Las Mercedes, calle Nanclares de Oca, número 3, 28022 Madrid, España, con C.I.F. A-08272858, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 1964, Libro 1369, Folio 179, Sección 2, Hoja B-19.079, perteneciente a Estée Lauder International, INC., con domicilio social en 767 Fifth Avenue, Nueva York 10153, Estados Unidos de América, organiza un sorteo promocional de su marca de productos cosméticos “BOBBI BROWN” (en adelante, “BOBBI BROWN” o la “Marca”) denominado “SORTEO PASARELA FLAMENCA JEREZ 2024” (en adelante, la “Promoción” o el “Sorteo”, indistintamente).

II.- CONDICIONES PERSONALES PARA PARTICIPAR Y EXCLUSIONES
Podrán participar en la Promoción:
- Todas las personas físicas mayores de 18 años, con residencia en el territorio de España.
No podrán participar y, por tanto, están excluidos de la presente Promoción:
- Todas aquellas personas físicas que no cumplan con el anterior requisito.
- Los empleados (o familiares directos hasta primer grado de consanguinidad en primera línea) de la Marca, sus filiales o empresas distribuidoras.
- Los empleados (o familiares directos hasta primer grado de consanguinidad en primera línea) de las empresas, agencias de publicidad o agencias de promociones o en general colaboradores involucrados en el presente Sorteo, ni los empleados de sus filiales.

III.- DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN Y REQUISITOS DE PARTICIPACION
El Periodo de Duración de la Promoción será desde su publicación, prevista para el 23 de enero de 2023, hasta el 30 de enero de 2023 a las 23:59.
La participación en la Promoción está dirigida cualquiera que quiera participar y que reúna las condiciones de la Base II anterior y que, sencillamente, cumpla con los siguientes requistos:
1. Hacerte seguidor –follower- de la cuenta de BOBBI BROWN en la red social Instagram, y
2. Mencionar a la persona que quieres que te acompañe al evento.
3. Compartir el reel del sorteo en sus stories.
Así, los usuarios que cumplan los requisitos citados en la Base II anterior y procedan a realizar el registro conforme se ha indicado, adquirirán la condición de “Participantes” en el Sorteo.
Los Participantes podrán participar en el Sorteo tantas veces como quieran.
IV.- PREMIO
Los Participantes en el Sorteo, del que resultará un (1) ganador (en adelante, el “Ganador”), optarán a un premio a disfrutar con el acompañante que elija consistente en:
• Un set de producto de Bobbi Brown
• Acceso gratuito a la Pasarela Flamenca Jerez 2024 el sábado 4 de febrero de 2023 para el ganador y su acompañante
• Alojamiento en una habitación de hotel de 4 estrellas para 2 personas la noche del sábado 4 de febrero de 2024.

• V.- MECANICA DEL SORTEO, SELECCIÓN DEL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO
 Sorteo
Los Participantes en la presente Promoción podrán participar en el Sorteo tantas veces como quieran en tanto en cuanto cumplan con los requisitos establecidos, asignándose a cada Participante tantos números de participación como veces haya participado.
La mecánica de la Promoción consistirá en la celebración de un único sorteo, elaborándose de esta forma un fichero conjunto con el total de “números de participación/Participantes”, asignándose tantos números a un mismo Participante como registros haya realizado. Una vez elaborado el fichero, se ejecutará un programa de selección aleatoria de números, obteniéndose tres números, que se asignarán correlativamente a los “números de participación/Participantes”, y del que se obtendrá el número de participación/Participante ganador.
 Selección del Ganador
El Sorteo se llevará a cabo el día 31 de enero de 2024, es decir, el día siguiente a la conclusión del Periodo de Participación.
Se realizará, por tanto, un único sorteo para la selección del Ganador, pudiendo ser elegido Ganador del Premio un (1) Participante, que deberá haber cumplido con todas las condiciones dispuestas en las presentes Bases. Además, se seleccionarán dos (2) Suplentes, conforme a dicho orden de selección aleatoria, para el caso de que el Ganador renunciara o no pudiera aceptar el Premio.
En caso de que el Ganador renunciara o no pudiera aceptar el Premio, aquél perderá su derecho al mismo. En consecuencia, el Premio pasará al Suplente 1 y, si este Suplente 1 renunciara o no pudiera aceptar el Premio, el Premio pasará al Suplente 2. En defecto de aceptación del Premio por los anteriores, Estée Lauder podrá, o bien asignar otorgar libremente el Premio a cualquiera de los Participantes, o bien, declarar desierta la Promoción, a su libre discreción.
 Contacto con el Ganador y entrega del Premio
Estée Lauder contactará con el Ganador por teléfono y/o email, según los datos facilitados por el mismo para participar en el Sorteo, a partir del día siguiente a la celebración del Sorteo, a fin de gestionar la entrega del Premio.
Del mismo modo, se publicará el Ganador en las redes sociales de BOBBI BROWN.
De este modo, sin perjuicio de la publicación del Ganador en dicho medio, en caso de que Estée Lauder haya intentado contactar con el Ganador por teléfono y/o mail, sin éxito, y éste no se ponga en contacto con Estée Lauder en el plazo de 7 días naturales desde el transcurso de la semana posterior a la conclusión del Periodo de Participación, se entenderá que el Ganador renuncia al Premio, de tal forma que el mismo pasará al Suplente 1.
En tal caso, Estée Lauder publicará en sus redes sociales y página web el nombre del Suplente 1, como Ganador, y contactará con el mismo por teléfono / mail, según los datos facilitados. Así, en caso de que Estée Lauder haya intentado contactar por teléfono /mail con el Suplente 1, sin éxito, y éste no se ponga en contacto con la misma en el plazo de 7 días naturales desde la publicación del nombre del Suplente 1, como Ganador, se entenderá que el Suplente 1 renuncia al Premio, de tal forma que el mismo pasará al Suplente 2, reactivándose así la misma mecánica y plazo previstos para el Suplente 1.
En caso de que ninguno de los anteriores aceptara el Premio, Estée Lauder podrá, o bien asignar libremente el Premio a cualquiera de los Participantes, o bien, declarar desierta la Promoción, a su libre discreción.

VI.- RESERVAS Y LIMITACIONES
Estée Lauder se reserva el derecho de emprender acciones legales contra aquellos usuarios o Participantes que realicen cualquier acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del Sorteo.
Estée Lauder queda exenta de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios que puedan deberse a, con carácter meramente enunciativo, pero no limitativo:
i) La falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de los servicios mediante los que se participa en el Sorteo,
ii) El fraude cometido por cualquier Participante,
iii) Los fallos en el acceso a la página web del Sorteo y envíos de respuestas automáticas de participación a través de Internet.
Asimismo, Estée Lauder quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que el Ganador/a (o Suplentes) pudiesen sufrir durante el disfrute del Premio como consecuencia manifestaciones y/o actos dolosos o imprudentes de los mismos.
Estée Lauder se reserva el derecho a efectuar los cambios sobre las presentes Bases legales que estime oportunos, siempre que existan causas razonables que así lo justifiquen y siempre que tal decisión responda al buen fin del Sorteo.
Estée Lauder, se reserva el derecho a limitar o prorrogar el Período de Duración de la presente promoción, así como se reserva el derecho a suspender, cancelar o modificar las condiciones del Sorteo, en cualquier momento anterior a su finalización, siempre que existan causas razonables que así lo justifiquen y siempre que tal decisión responda al buen fin del Sorteo.
En ambos casos, Estée Lauder publicará tales circunstancias en sus perfiles de las redes sociales y su página web, así como en cualesquiera otros canales de comunicación a través de los cuales se dé a conocer la Promoción.
Si por causas ajenas a la voluntad de Estée Lauder no pudiera celebrarse el Sorteo en la fecha prevista, éste se suspenderá y pasará a realizarse en el día hábil inmediatamente posterior, una vez subsanado el problema que hubiese impedido la realización del Sorteo.

VII.- CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN
El Ganador/a (y los Suplentes, en su caso) autoriza expresamente a Estée Lauder a reproducir y utilizar su nombre, apellidos, pseudónimo, nickname e imagen en cualquier actividad publicitaria o promocional relacionada con la presente Promoción, sin que dicha utilización les confiera derecho de remuneración o beneficio alguno distinto del Premio.
Asimismo, las imágenes, vídeos, fotografías, elaboraciones creativas, grabaciones, textos y, en general, cualesquiera modalidades visuales, audiovisuales o escritas, con independencia del soporte o medio de comunicación en el que se materialicen o se difundan (en adelante, los “Materiales”) realizados u obtenidos en el marco de la presente Promoción pasarán a ser propiedad de Estée Lauder y se entenderá que, en virtud del Premio recibido, el Ganador/a cede todos los derechos de explotación sobre dichos Materiales a Estée Lauder.
Estée Lauder podrá disponer de los Materiales y aportar cualquier adaptación, modificación, variación o transformación siempre que ello no implique modificación de los datos personales de los Ganadores/as contenidos en los Materiales.
Todo ello sin limitación de ámbito geográfico y con una duración temporal de hasta dos años a contar desde la fecha de aceptación del Premio. No obstante, el Ganador podrá revocar en cualquier momento su consentimiento, si bien tal revocación no tendrá efecto retroactivo.

VIII.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
La participación en el Sorteo no otorga a los Participantes ningún derecho de ninguna naturaleza, incluidos, pero no limitados a derechos de propiedad intelectual e industrial, sobre los perfiles en redes sociales, webs, logotipos o marcas de Estée Lauder, o las de sus filiales y/o vinculadas.
Así mismo, los derechos y obligaciones de la Marca bajo estas bases legales pueden cederse por Estée Lauder, sin consentimiento del Participante, a cualquier tercero.

IX.- FISCALIDAD
Al Premio de la presente Promoción le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades y sobre el patrimonio; la Ley 26/2014, de 27 de diciembre que modifica la anterior; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; la Ley 13/2011 de Regulación del Juego y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a Estée Lauder la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informa a los Participantes que el Premio concedido por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o campaña de bienes o servicios tienen la consideración de ganancia patrimonial. De tratarse de un premio con valor superior a 300 Euros –según la selección de productos del Ganador-, se encuentra sujeto a ingreso a cuenta del IRPF.
Las repercusiones fiscales que la obtención del Premio tenga en la fiscalidad del Ganador/a, serán por cuenta de éste, por lo que Estée Lauder queda exonerado de cualquier responsabilidad. Con independencia de las personas que disfruten del Premio, así como con independencia de su nacionalidad, a efectos fiscales, el contenido de esta cláusula le será de aplicación al Ganador/a. El Ganador/a deberá confirmar el día de la entrega del Premio sus datos personales, así como mostrar su documento de identificación personal (DNI, tarjeta de residente, pasaporte, etc).
Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el Ganador/a deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del Premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su documento de identificación. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del Premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales del Ganador/a son obligatorios para para la entrega del Premio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al Premio.

X.-ACEPTACIÓN Y DEPÓSITO DE LAS BASES
La simple participación en la presente Promoción implica la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases legales.
Las bases legales podrán ser consultadas en cualquier momento durante la duración de la Promoción y de manera gratuita en el siguiente link: https://bit.ly/3kxKPkC
Asimismo, y siempre que existan causas razonables que así lo justifiquen y siempre que tal decisión responda al buen fin del Sorteo, durante la vigencia de la presente promoción y en cualquier momento de la misma, Estée Lauder se reserva el derecho a anular, prorrogar o modificar las condiciones del Sorteo, sin que se les pueda reclamar ningún tipo de responsabilidad como consecuencia de ello.
El incumplimiento de las presentes Bases legales dará lugar a la automática exclusión del Participante o usuario infractor.

XI.-TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, de Protección de las personas físicas en el tratamiento de datos personales, así como en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de Información y Comercio Electrónico, se pone en conocimiento de los Participantes que los datos serán tratados con carácter confidencial, únicamente a los efectos de gestionar la tramitación del Sorteo, la comunicación y la entrega del Premio y, en el caso del Ganador, también, para difundir su condición en internet y en otros medios, únicamente con la finalidad de promocionar la Marca.
Sin perjuicio de lo anterior se informa a los Participantes que podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad, en cualquier momento, mediante escrito dirigido a:
https://www.bobbibrown.es/customer-service-corporate...
El ejercicio de estos derechos no tendrá carácter retroactivo.

XII.- FUERO Y LEY APLICABLE
Las presentes Bases Legales se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes españolas.
Para cuantas divergencias pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento de estas Bases, con renuncia expresa al fuero que pudiere corresponder, serán competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid.

XIII.- AGRADECIMIENTOS
¡Muchas gracias por participar! A partir del día siguiente a la fecha de celebración del Sorteo, nos pondremos en contacto con el ganador.
¡Te deseamos mucha suerte!

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01/12/2023

SORTEO CALENDARIO DE ADVIENTO “12 DAYS OF GLOW” BOBBI BROWN
1.- Compañía organizadora
La empresa Estée Lauder, S.A. (en adelante, “Estée Lauder”), con domicilio social en Polígono Industrial Las Mercedes, calle Nanclares de Oca, número 3, 28022 Madrid, España, con C.I.F. A-08272858, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 1964, Libro 1369, Folio 179, Sección 2, Hoja B-19.079, y perteneciente a Estée Lauder International, INC., con domicilio social en 767 Fifth Avenue, Nueva York 10153, Estados Unidos de América y Estée Lauder S.A., organiza un sorteo para promoción de su línea de productos de la marca “BOBBI BROWN” (en adelante, la “Marca”) en las redes sociales “Instagram” “Sorteo Calendario de Adviento 12 Days Of Glow” (en adelante, el “Concurso”).
2.- Objeto y participación en el Concurso
a) Objeto:
El objeto del Concurso consiste en la promoción de los productos que Estée Lauder comercializados bajo la marca “BOBBI BROWN”.
b) Participación:
La participación en el Concurso es muy sencilla y consistirá en lo siguiente:
🌟 SORTEO 🌟
Te regalamos un Calendario de Adviento: 12 Days Of Glow ✨ ¿Quieres ganarlo? ¡Es muy fácil!
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🌟 Menciona a 3 amigas
🎁 ¡Puedes participar las veces que quieras siempre y cuando sean usuarios distintos!
Tenéis hasta el domingo 17/12 a las 23:59h. Al día siguiente anunciaremos al ganador en este post, en stories y contactaremos con la ganadora a través de mensaje privado.
⚠ ¡Recuerda! Sólo haremos comunicaciones desde nuestra cuenta oficial . Solo España península y Baleares (excepto Canarias).

Así, cumplidos los anteriores requisitos, el usuario/a adquirirá la condición de Participante en el Concurso y podrá, por tanto, optar al Premio.
3.- Ámbito y periodo de participación del Concurso
El Concurso tendrá efectos exclusivamente en el territorio de España península y Baleares.
El Concurso dará comienzo el día 1 de diciembre de 2023 a las 14:00h (hora peninsular) y finalizará el día 17 de diciembre, a las 23:59h (hora peninsular), siendo por tanto el Periodo de Participación en el mismo.
4.- Requisitos para participar y exclusiones
Podrán participar en el Concurso:
- Todas las personas físicas mayores de 18 años, con residencia en el territorio de España (solo península y Baleares).
No podrán participar y, por tanto, están excluidos del Concurso:
- Personas que residan en Canarias (no hacemos envíos a Canarias).
- Todas aquellas personas físicas que no cumplan con el anterior requisito.
- Los empleados (o familiares directos hasta primer grado de consanguinidad en primera línea) de la Marca, sus filiales o empresas distribuidoras.
- Los empleados (o familiares directos hasta primer grado de consanguinidad en primera línea) de las empresas, agencias de publicidad o agencias de promociones o en general colaboradores involucrados en el presente Concurso, ni los empleados de sus filiales.
5.- Selección y comunicación de Ganadores/as
El Concurso contempla 1 ganador.
a) Selección
Concluido el Periodo de Participación, se realizará un único sorteo aleatorio a través de Wask para la selección del Ganador, pudiendo ser elegido Ganador del Premio un (1) Participante, que deberá haber cumplido con todas las condiciones dispuestas en las presentes Bases.
Además, BOBBI BROWN, conforme al anterior criterio y por orden, seleccionará igualmente dos (2) Suplentes (Suplente 1 y Suplente 2), para el caso de que el Ganador/a renunciará o no pudiera aceptar el Premio.
En caso de que el Ganador/a renunciara o no pudiera aceptar el Premio, aquél perderá su derecho al mismo. En consecuencia, el Premio pasará al Suplente 1 y, si este Suplente 1 renunciara o no pudiera aceptar el Premio, el Premio pasará al Suplente 2.
En caso de que ni el Ganador inicial ni ninguno de los dos Suplentes aceptaran el Premio conforme se ha indicado, Estée Lauder podrá o bien hacer entrega del Premio a cualquiera de los Participantes, o bien podrá declarar el Concurso desierto, quedando en tal caso Estée Lauder y liberada de hacer entrega del Premio.
b) Comunicación
El día 18 de diciembre de 2023, BOBBI BROWN publicará en el mismo post del concurso de IG con el nombre (o pseudónimo) del participante ganador.
A continuación, BOBBI BROWN se pondrá en contacto con el Ganador/a a través de un mensaje privado dirigido al perfil del Ganador/a en IG.
Una vez contactado, el Ganador/a tendrán que enviar una copia de su D.N.I. por correo electrónico a la dirección e-mail que le indique, con el fin de acreditar su mayoría de edad y poder identificarse a fin de seleccionar y hacer entrega del Premio.
Transcurridas 48 horas desde el requerimiento de envío del D.N.I. sin que el Ganador/a proceda a su envío, se entenderá que el mismo no acepta las presentes bases y, por ende, renuncia a su derecho al Premio.
Así, en tal caso, el Premio pasará automáticamente al Suplente 1. De este modo, en caso de que transcurran 48 horas desde el requerimiento de envío del D.N.I. sin que el Suplente 1 proceda a su envío, se entenderá que el mismo no acepta las presentes bases y, por ende, renuncia a su derecho al Premio, pasando así al Suplente 2.
Por último, en caso de que transcurran 48 horas desde el requerimiento de envío del D.N.I. sin que el Suplente 2 proceda a su envío, se entenderá que el mismo no acepta las presentes bases y, por ende, renuncia a su derecho al Premio, pudiendo BOBBI BROWN declarar el concurso desierto.
6.- Premio
El premio consiste en 1 Calendario de Adviento “12 Days Of Glow” valorado en 189€ (p.v.p.).
7.- Reservas y limitaciones
Estée Lauder se reserva el derecho de emprender acciones legales contra aquellos usuarios o Participantes que realicen cualquier acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del Concurso.
Estée Lauder queda exenta de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios que puedan deberse a, con carácter meramente enunciativo, pero no limitativo:
i) La falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de los servicios mediante los que se participa en el Concurso.
ii) El fraude cometido por cualquier Participante.
iii) Los fallos en el acceso a la página web del concurso y envíos de respuestas automáticas de participación a través de Internet.
Asimismo, Estée Lauder quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que el Ganador/a (o Suplentes) pudiesen sufrir durante el disfrute del Premio como consecuencia manifestaciones y/o actos dolosos o imprudentes de los mismos.
Estée Lauder se reserva el derecho a efectuar los cambios sobre las presentes bases legales que estime oportunos, siempre para el buen fin del Concurso.
Estée Lauder, se reserva el derecho a limitar o prorrogar el período de duración del Concurso, así como se reserva el derecho a suspender, cancelar o modificar las condiciones del Concurso, en cualquier momento anterior a su finalización, siempre por causa del buen fin del Concurso.
En ambos casos, Estée Lauder publicará tales circunstancias en sus perfiles de las redes sociales IG, así como en cualesquiera otros canales de comunicación a través de los cuales se dé a conocer el Concurso.
Si por causas ajenas a la voluntad de Estée Lauder no pudiera celebrarse el Concurso en la fecha prevista, éste se suspenderá y pasará a realizarse en el día hábil inmediatamente posterior, una vez subsanado el problema que hubiese impedido la realización del Concurso.
8.- Cesión de derechos de imagen
El Ganador/a (y los Suplentes) autoriza expresamente a Estée Lauder a reproducir y utilizar su nombre, apellidos, pseudónimo e imagen en cualquier actividad publicitaria o promocional relacionada con el Concurso, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción del Premio obtenido. Las imágenes, vídeos, fotografías, elaboraciones creativas y grabaciones y, en general, cualesquiera modalidades visuales o audiovisuales, con independencia del soporte o medio de comunicación en el que se materialicen o se difundan (en adelante, los “Materiales”) realizados u obtenidos en el marco del Concurso pasarán a ser propiedad de Estée Lauder y se entenderá que, en virtud del Premio recibido y/o disfrutado, el Ganador/a (y Suplentes) en exclusiva todos los derechos de explotación sobre dichos Materiales a Estée Lauder.
Estée Lauder podrá disponer de los Materiales y aportar cualquier adaptación, modificación, variación o transformación siempre que ello no implique modificación de los datos personales de los Ganadores/as contenidos en los Materiales.
Todo ello sin limitación de ámbito geográfico y con una duración temporal de hasta dos años a contar desde la fecha de aceptación del Premio.
9.- Derechos de propiedad intelectual e industrial
La participación en el Concurso no otorga al Participante ningún derecho de ninguna naturaleza, incluidos, pero no limitados a derechos de propiedad intelectual e industrial, sobre los perfiles en redes sociales, webs o marcas de Estée Lauder, o las de sus filiales y/o vinculadas.
Así mismo, los derechos y obligaciones de Estée Lauder bajo estas Bases Legales pueden cederse por Estée Lauder, sin consentimiento del Participante, a cualquier tercero.
10.- Protección de datos
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, de Protección de las personas físicas en el tratamiento de datos personales, así como en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de Información y Comercio Electrónico, los Participantes autorizan expresamente a Estée Lauder, como Responsable del Tratamiento de Datos Personales, para incorporar sus datos (tanto los facilitados antes, durante y después de la participación en el Concurso) a ficheros de su titularidad, que serán tratados con carácter confidencial y únicamente para las siguientes finalidades:
a) La realización, el control, seguimiento y gestión del Concurso.
b) La realización de estudios de mercado.
c) La remisión, a través de cualquier medio, incluso por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente, de cualesquiera informaciones sobre productos de Estée Lauder.
Los Participantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en cualquier momento mediante escrito dirigido a:
[email protected]
El ejercicio de estos derechos no tendrá carácter retroactivo.
Los Participantes garantizan que los datos personales que faciliten a Estée Lauder en el marco de este Concurso serán verdaderos, actuales y exactos. La falsedad de la identidad o datos de contacto del Participante implicará la automática eliminación de su participación y los derechos hasta entonces generados en su caso (incluida la devolución de los Premios). Los Participantes aceptan y consienten expresamente las posibles acciones destinadas a la verificación de su edad y/o identidad.
El registro en el Concurso y los datos que en él se hagan constar, así como cualquier otra documentación o datos aportados relacionados con el mismo, serán conservados por Estée Lauder, para las finalidades descritas anteriormente, durante el plazo de un año desde la finalización del Concurso, salvo que el Participante mantenga actualmente alguna relación contractual con Estée Lauder o antes del término de dicho plazo formalice alguna operación o servicio con Estée Lauder ,en cuyo caso los datos quedarán sujetos, además, al régimen de tratamiento de datos estipulado en los correspondientes contratos.
11.- Fiscalidad
Toda vez que el valor del Premio no supera los 300 euros, la aceptación de los mismos está exenta de tributación.
12.- Aceptación de las bases
La simple participación en el Concurso implica la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases. La manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas, así como cualquier incumplimiento de las presentes mismas, implicará la exclusión automática del Participante y como consecuencia de ello, Estée Lauder quedará liberada del cumplimiento de toda obligación contraída con dicho Participante derivada del Concurso.
Estas bases podrán ser consultadas de manera gratuita en el siguiente link que será incorporado al perfil de BOBBI BROWN en la red social Facebook:
https://www.facebook.com/BobbiBrownES
13.- Responsabilidad
Estée Lauder no se responsabilizan de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a Internet que pudieran afectar a la participación en el Concurso.
Estée Lauder no se hacen responsables de cualquier tipo de gasto en que incurran los Participantes y/o los Ganadores/as derivado de la participación en el Concurso, por desplazamiento, o por cualquier otra circunstancia.
Conforme a la estipulación séptima anterior, Estée Lauder quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que el Ganador/a (y los Suplentes) pudiese sufrir durante el disfrute de los Premios como consecuencia manifestaciones y/o actos dolosos o imprudentes de los mismos.
14.- Fuero y Ley aplicable
Las presentes bases legales se regirán por sus propias estipulaciones y, en lo no previsto en las mismas, por la legislación española que resulte de aplicación.
Con expresa renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, Estée Lauder y los Participantes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, España, para cualquier controversia que surja entre Estée Lauder y los Participantes y que se derive, directa o indirectamente, del Concurso.

Bobbi Brown Cosmetics Bobbi Brown Cosmetics Spain Market
"No se trata de ser perfecta. Se trata de verse y sentirse bien co

Customer Service - Corporate 23/01/2023

BASES LEGALES SORTEO PASARELA FLAMENCA JEREZ 2023 (EN INSTAGRAM)

I. OBJETO DE LA PROMOCIÓN
La empresa Estée Lauder España, S.A. (en adelante, “Estée Lauder”), con domicilio social en Polígono Industrial Las Mercedes, calle Nanclares de Oca, número 3, 28022 Madrid, España, con C.I.F. A-08272858, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 1964, Libro 1369, Folio 179, Sección 2, Hoja B-19.079, perteneciente a Estée Lauder International, INC., con domicilio social en 767 Fifth Avenue, Nueva York 10153, Estados Unidos de América, organiza un sorteo promocional de su marca de productos cosméticos “BOBBI BROWN” (en adelante, “BOBBI BROWN” o la “Marca”) denominado “SORTEO PASARELA FLAMENCA JEREZ 2023” (en adelante, la “Promoción” o el “Sorteo”, indistintamente).
La presente Promoción es ejecutada a través de la agencia de publicidad TRAGOS BONNANGE WIESENDANGER AJRODI DE ESPAÑA, S.A. (en adelante, “TBWA”) con domicilio en calle Juan Explandiú 11, 28007, Madrid.
II.- CONDICIONES PERSONALES PARA PARTICIPAR Y EXCLUSIONES
Podrán participar en la Promoción:
- Todas las personas físicas mayores de 18 años, con residencia en el territorio de España.
No podrán participar y, por tanto, están excluidos de la presente Promoción:
- Todas aquellas personas físicas que no cumplan con el anterior requisito.
- Los empleados (o familiares directos hasta primer grado de consanguinidad en primera línea) de la Marca, sus filiales o empresas distribuidoras.
- Los empleados (o familiares directos hasta primer grado de consanguinidad en primera línea) de las empresas, agencias de publicidad o agencias de promociones o en general colaboradores involucrados en el presente Sorteo, ni los empleados de sus filiales.
III.- DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN Y REQUISITOS DE PARTICIPACION
El Periodo de Duración de la Promoción será desde su publicación, prevista para el 23 de enero de 2023, hasta el 30 de enero de 2023 a las 23:59.
La participación en la Promoción está dirigida cualquiera que quiera participar y que reúna las condiciones de la Base II anterior y que, sencillamente, cumpla con los siguientes requistos:

1. Hacerte seguidor –follower- de la cuenta de BOBBI BROWN en la red social Instagram, .
2. Mencionar a la persona que quieres que te acompañe al evento
3. Compartir el reel del sorteo en sus stories

Así, los usuarios que cumplan los requisitos citados en la Base II anterior y procedan a realizar el registro conforme se ha indicado, adquirirán la condición de “Participantes” en el Sorteo.
Los Participantes podrán participar en el Sorteo tantas veces como quieran.

IV.- PREMIO
Los Participantes en el Sorteo, del que resultará un (1) ganador (en adelante, el “Ganador”), optarán a un premio a disfrutar con el acompañante que elija consistente en:
• Un set de producto consistente en 1 Vitamin Enriched Face Base valorada en 60€ (p.v.p.), 1 Long-Wear Cream Shadow Stick valorada en 38€ (p.v.p.), 1 Smokey Eye Mascara valorada en 35€ (p.v.p.) y 1 barra de labios valorada en 34€ (p.v.p.).
• Acceso gratuito a la Pasarela Flamenca Jerez 2023 el sábado 4 de febrero de 2023 para el ganador y su acompañante
• Alojamiento en una habitación de hotel para 2 personas la noche del sábado 4 de febrero de 2023.
• V.- MECANICA DEL SORTEO, SELECCIÓN DEL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO
 Sorteo
Los Participantes en la presente Promoción podrán participar en el Sorteo tantas veces como quieran en tanto en cuanto cumplan con los requisitos establecidos, asignándose a cada Participante tantos números de participación como veces haya participado.
La mecánica de la Promoción consistirá en la celebración de un único sorteo, elaborándose de esta forma un fichero conjunto con el total de “números de participación/Participantes”, asignándose tantos números a un mismo Participante como registros haya realizado. Una vez elaborado el fichero, se ejecutará un programa de selección aleatoria de números, obteniéndose tres números, que se asignarán correlativamente a los “números de participación/Participantes”, y del que se obtendrá el número de participación/Participante ganador.
 Selección del Ganador
El Sorteo se llevará a cabo el día 31 de enero de 2023, es decir, el día siguiente a la conclusión del Periodo de Participación.
Se realizará, por tanto, un único sorteo para la selección del Ganador, pudiendo ser elegido Ganador del Premio un (1) Participante, que deberá haber cumplido con todas las condiciones dispuestas en las presentes Bases. Además, se seleccionarán dos (2) Suplentes, conforme a dicho orden de selección aleatoria, para el caso de que el Ganador renunciara o no pudiera aceptar el Premio.
En caso de que el Ganador renunciara o no pudiera aceptar el Premio, aquél perderá su derecho al mismo. En consecuencia, el Premio pasará al Suplente 1 y, si este Suplente 1 renunciara o no pudiera aceptar el Premio, el Premio pasará al Suplente 2. En defecto de aceptación del Premio por los anteriores, Estée Lauder podrá, o bien asignar otorgar libremente el Premio a cualquiera de los Participantes, o bien, declarar desierta la Promoción, a su libre discreción.

 Contacto con el Ganador y entrega del Premio
Estée Lauder contactará con el Ganador por teléfono y/o email, según los datos facilitados por el mismo para participar en el Sorteo, a partir del día siguiente a la celebración del Sorteo, a fin de gestionar la entrega del Premio.
Del mismo modo, se publicará el Ganador en las redes sociales de BOBBI BROWN.
De este modo, sin perjuicio de la publicación del Ganador en dicho medio, en caso de que Estée Lauder haya intentado contactar con el Ganador por teléfono y/o mail, sin éxito, y éste no se ponga en contacto con Estée Lauder en el plazo de 7 días naturales desde el transcurso de la semana posterior a la conclusión del Periodo de Participación, se entenderá que el Ganador renuncia al Premio, de tal forma que el mismo pasará al Suplente 1.

En tal caso, Estée Lauder publicará en sus redes sociales y página web el nombre del Suplente 1, como Ganador, y contactará con el mismo por teléfono / mail, según los datos facilitados. Así, en caso de que Estée Lauder haya intentado contactar por teléfono /mail con el Suplente 1, sin éxito, y éste no se ponga en contacto con la misma en el plazo de 7 días naturales desde la publicación del nombre del Suplente 1, como Ganador, se entenderá que el Suplente 1 renuncia al Premio, de tal forma que el mismo pasará al Suplente 2, reactivándose así la misma mecánica y plazo previstos para el Suplente 1.
En caso de que ninguno de los anteriores aceptara el Premio, Estée Lauder podrá, o bien asignar libremente el Premio a cualquiera de los Participantes, o bien, declarar desierta la Promoción, a su libre discreción.

VI.- RESERVAS Y LIMITACIONES
Estée Lauder se reserva el derecho de emprender acciones legales contra aquellos usuarios o Participantes que realicen cualquier acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del Sorteo.
Estée Lauder queda exenta de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios que puedan deberse a, con carácter meramente enunciativo, pero no limitativo:
i) La falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de los servicios mediante los que se participa en el Sorteo,
ii) El fraude cometido por cualquier Participante,
iii) Los fallos en el acceso a la página web del Sorteo y envíos de respuestas automáticas de participación a través de Internet.
Asimismo, Estée Lauder quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que el Ganador/a (o Suplentes) pudiesen sufrir durante el disfrute del Premio como consecuencia manifestaciones y/o actos dolosos o imprudentes de los mismos.
Estée Lauder se reserva el derecho a efectuar los cambios sobre las presentes Bases legales que estime oportunos, siempre que existan causas razonables que así lo justifiquen y siempre que tal decisión responda al buen fin del Sorteo.
Estée Lauder, se reserva el derecho a limitar o prorrogar el Período de Duración de la presente promoción, así como se reserva el derecho a suspender, cancelar o modificar las condiciones del Sorteo, en cualquier momento anterior a su finalización, siempre que existan causas razonables que así lo justifiquen y siempre que tal decisión responda al buen fin del Sorteo.
En ambos casos, Estée Lauder publicará tales circunstancias en sus perfiles de las redes sociales y su página web, así como en cualesquiera otros canales de comunicación a través de los cuales se dé a conocer la Promoción.
Si por causas ajenas a la voluntad de Estée Lauder no pudiera celebrarse el Sorteo en la fecha prevista, éste se suspenderá y pasará a realizarse en el día hábil inmediatamente posterior, una vez subsanado el problema que hubiese impedido la realización del Sorteo.
VII.- CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN
El Ganador/a (y los Suplentes, en su caso) autoriza expresamente a Estée Lauder a reproducir y utilizar su nombre, apellidos, pseudónimo, nickname e imagen en cualquier actividad publicitaria o promocional relacionada con la presente Promoción, sin que dicha utilización les confiera derecho de remuneración o beneficio alguno distinto del Premio.
Asimismo, las imágenes, vídeos, fotografías, elaboraciones creativas, grabaciones, textos y, en general, cualesquiera modalidades visuales, audiovisuales o escritas, con independencia del soporte o medio de comunicación en el que se materialicen o se difundan (en adelante, los “Materiales”) realizados u obtenidos en el marco de la presente Promoción pasarán a ser propiedad de Estée Lauder y se entenderá que, en virtud del Premio recibido, el Ganador/a cede todos los derechos de explotación sobre dichos Materiales a Estée Lauder.
Estée Lauder podrá disponer de los Materiales y aportar cualquier adaptación, modificación, variación o transformación siempre que ello no implique modificación de los datos personales de los Ganadores/as contenidos en los Materiales.
Todo ello sin limitación de ámbito geográfico y con una duración temporal de hasta dos años a contar desde la fecha de aceptación del Premio. No obstante, el Ganador podrá revocar en cualquier momento su consentimiento, si bien tal revocación no tendrá efecto retroactivo.

VIII.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
La participación en el Sorteo no otorga a los Participantes ningún derecho de ninguna naturaleza, incluidos, pero no limitados a derechos de propiedad intelectual e industrial, sobre los perfiles en redes sociales, webs, logotipos o marcas de Estée Lauder, o las de sus filiales y/o vinculadas.
Así mismo, los derechos y obligaciones de la Marca bajo estas bases legales pueden cederse por Estée Lauder, sin consentimiento del Participante, a cualquier tercero.
IX.- FISCALIDAD
Al Premio de la presente Promoción le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades y sobre el patrimonio; la Ley 26/2014, de 27 de diciembre que modifica la anterior; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; la Ley 13/2011 de Regulación del Juego y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a Estée Lauder la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informa a los Participantes que el Premio concedido por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o campaña de bienes o servicios tienen la consideración de ganancia patrimonial. De tratarse de un premio con valor superior a 300 Euros –según la selección de productos del Ganador-, se encuentra sujeto a ingreso a cuenta del IRPF.
Las repercusiones fiscales que la obtención del Premio tenga en la fiscalidad del Ganador/a, serán por cuenta de éste, por lo que Estée Lauder queda exonerado de cualquier responsabilidad. Con independencia de las personas que disfruten del Premio, así como con independencia de su nacionalidad, a efectos fiscales, el contenido de esta cláusula le será de aplicación al Ganador/a. El Ganador/a deberá confirmar el día de la entrega del Premio sus datos personales, así como mostrar su documento de identificación personal (DNI, tarjeta de residente, pasaporte, etc).
Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el Ganador/a deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del Premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su documento de identificación. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del Premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales del Ganador/a son obligatorios para para la entrega del Premio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al Premio.

X.-ACEPTACIÓN Y DEPÓSITO DE LAS BASES
La simple participación en la presente Promoción implica la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases legales.
Las bases legales podrán ser consultadas en cualquier momento durante la duración de la Promoción y de manera gratuita en el siguiente link: https://bit.ly/3kxKPkC
Asimismo, y siempre que existan causas razonables que así lo justifiquen y siempre que tal decisión responda al buen fin del Sorteo, durante la vigencia de la presente promoción y en cualquier momento de la misma, Estée Lauder se reserva el derecho a anular, prorrogar o modificar las condiciones del Sorteo, sin que se les pueda reclamar ningún tipo de responsabilidad como consecuencia de ello.

El incumplimiento de las presentes Bases legales dará lugar a la automática exclusión del Participante o usuario infractor.

XI.-TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, de Protección de las personas físicas en el tratamiento de datos personales, así como en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de Información y Comercio Electrónico, se pone en conocimiento de los Participantes que los datos serán tratados con carácter confidencial, únicamente a los efectos de gestionar la tramitación del Sorteo, la comunicación y la entrega del Premio y, en el caso del Ganador, también, para difundir su condición en internet y en otros medios, únicamente con la finalidad de promocionar la Marca.
Sin perjuicio de lo anterior se informa a los Participantes que podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad, en cualquier momento, mediante escrito dirigido a:
https://www.bobbibrown.es/customer-service-corporate -privacy
El ejercicio de estos derechos no tendrá carácter retroactivo.
El depositario y Encargado del tratamiento de los datos será la empresa TBWA ESPAÑA, la cual tratará los datos de conformidad con las instrucciones dadas por la Marca y, finalizada la presente promoción, devolverá el fichero a la Marca, con el fin de que ésta proceda a la destrucción del mismo.
XII.- FUERO Y LEY APLICABLE
Las presentes Bases Legales se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes españolas.
Para cuantas divergencias pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento de estas Bases, con renuncia expresa al fuero que pudiere corresponder, serán competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid.
XIII.- AGRADECIMIENTOS
¡Muchas gracias por participar! A partir del día siguiente a la fecha de celebración del Sorteo, nos pondremos en contacto con el ganador.

¡Te deseamos mucha suerte!

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