GDA LEX
GDA LEX - ABOGADOS. Servicio de asesoría jurídica civil, mercantil y penal. Despachos en Cieza y Murcia. Servicios en todo el territorio nacional.
Derecho bancario, concurso acreedores, Segunda Oportunidad; asesoramiento jurídicos a pymes.
El TC tumba el método de cálculo de la plusvalía municipal, mientras Hacienda ya plantea uno nuevo que permita la legalidad de este tributo municipal que hoy ha sido declarado ilegal sin carácter retroactivo por el Constitucional.
Hacienda cambiará el método de cálculo de la plusvalía municipal tras el varapalo del Constitucional El ministerio ha emitido un comunicado en el que ha anunciado que está ultimando un borrador para modificar la norma que regula este impuesto
Salud retrasa el toque de queda a las 00.00 horas y amplia aforos.
Ya estamos aquí. Puedes contactar con nosotros también a través de nuestra web:
www.gdalex.es
Nuevo logo e imagen corporativa del despacho.
http://www.gdalex.es/
Estimados clientes y amigos les informamos que en breve tendremos disponible la nueva web. Para todos vosotros, así como el cambio de imagen corporativa.
Todos aquellos con hipoteca anterior al 2019, podrán también solicitar que el banco les abone los gastos de tasación de su vivienda.
Podéis consultarnos en cualquier momento.
El Supremo zanja la cuestión de los gastos hipotecarios: los bancos deben devolver el 100% de la tasación Una nueva sentencia ratifica el reparto previo de los desembolsos derivados de una cláusula abusiva, de manera que el cliente también recuperará los importes de registro y gestoría, y la mitad de lo abonado al notario
Estimados amigos desde GDA LEX. Os queremos desear una muy feliz Navidad a todos.
Estimados amigos, dentro de nuestros servicios de apoyo a financiación de pymes os informamos de ayudas públicas de hasta 15.000 euros, para la liquidez de vuestros negocios.
Si eres PYME y crees que puedes cumplir con los requisitos ponte en contacto con nosotros y te gestionamos la posibilidad de acceder a dichas ayudas.
Semana intensa de trabajo en Murcia, Cartagena, Alicante, Cieza, San Javier y todo para ofreceros el mejor de nuestros servicios.
Imagen de los juzgados de Alicante.
Desde hoy ampliamos servicios en el despacho a mediación mercantil y concursal. Inscritos debidamente en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.
Feliz día de la Hispanidad. Mañana volveremos con nuestro horario habitual. Disfrutad.
Gracias a todos por los más de 400 me gusta a la página.
Feliz domingo y seguiremos subiendo novedades.
¿Has sufrido algún delito? Os dejamos los plazos en los que prescribe la acción penal.
El plazo de prescripción de los delitos viene establecido en el artículo 131.1 del Código Penal:
1.- Plazo de prescripción de 20 AÑOS, cuando la pena señalada al delito sea de prisión de 15 años o más.
2.- Plazo de prescripción de 15 AÑOS, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años.
3.- Plazo de prescripción de 10 AÑOS, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de 5 años y que no exceda de 10 años.
4.- Plazo de prescripción de 5 AÑOS para los demás delitos.
5.- Plazo de prescripción de UN AÑO para los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias.
El plazo de prescripción del delito comienza desde el día en el que se cometió el hecho delictivo.
Los autónomos societarios podrán beneficiarse de la tarifa plana en las cuotas de la Seguridad Social.
La Seguridad Social ha cambiado de criterio, tras tres sentencias del Tribunal Supremo, y establece ahora que los autónomos societarios tendrán derecho a solicitar y beneficiarse de la bonificación de cuotas de la tarifa plana.
Este cambio de criterio figura en una nota emitida por el área de impugnaciones de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, que ha notificado a los departamentos regionales de impugnación la orden para que se tramiten todas las solicitudes de la tarifa plana, tanto de personas físicas como de autónomos societarios.
Información útil en estas fechas.
Diferencias entre el arrendamiento de temporada y el de vivienda habitual.
El ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA está conceptuado en la Ley como un contrato «para uso distinto del de vivienda».
El artículo 3.2 de la Ley de arrendamientos urbanos (LAU) dispone que se considera arrendamiento para uso distinto del de vivienda:
«En especial, tendrán esta consideración los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por TEMPORADA, sea ésta de verano o cualquier otra, y los celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, cualquiera que sean las personas que los celebren.»
En cambio el ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA está recogido en el artículo 2 de la LAU en los siguientes términos:
«Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.»
Por tanto, la naturaleza del arrendamiento es la que nos va a determinar si estamos frente a un contrato de arrendamiento de temporada o de vivienda habitual.
Os recordamos que mañana 11 de agosto se reactivan los plazos procesales tras el "mini-parón" de este mes.
Aprovechando los días inhábiles de agosto hemos llenado un poco de color las paredes del despacho.
GDA LEX ABOGADOS. Cerrará por vacaciones del 1 al 15 de agosto, manteniendo única y exclusivamente las citas para asuntos de extremada urgencia.
Feliz verano.
Os dejamos esta ilustradora reflexión...
Desde GDA LEX ABOGADOS os pedimos que solo se difunda información veraz a través de los canales y medios de difusión autorizados.
No compartáis bulos.
ANOTACIONES DE EMBARGO. ¿Tienen plazo de caducidad? ¿Cuál es? ¿Cómo se renuevan? Os resolvemos esta duda.
El artículo 86 de la Ley Hipotecaria (LH), es la norma que regula el plazo de caducidad de la anotación preventiva de embargo dispone:
ARTÍCULO 86 LH:
«Las anotaciones preventivas, cualquiera que sea su origen, CADUCARÁN A LOS CUATRO AÑOS DE LA FECHA DE LA ANOTACIÓN misma, salvo aquellas que tengan señalado en la Ley un plazo más breve. No obstante, a instancia de los interesados o por mandato de las autoridades que las decretaron, PODRÁN PRORROGARSE POR UN PLAZO DE CUATRO AÑOS MÁS, siempre que el mandamiento ordenando la prórroga sea presentado antes de que caduque el asiento. La anotación prorrogada caducará a los cuatro años de la fecha de la anotación misma de prórroga. Podrán practicarse sucesivas ulteriores prórrogas en los mismos términos.
La caducidad de las anotaciones preventivas se hará constar en el Registro a instancia del dueño del inmueble o derecho real afectado.
Para cualquier duda consulta con nosotros.
Seguimos con más formación del texto refundido de la ley concursal.
El Gobierno vasco amenaza con calificar de delito contra la salud pública el ir a votar con covid. ¿Se está vulnerando el derecho al sufragio de los electores con dicha enfermedad? ¿Se debería de garantizar el derecho al sufragio activo y pasivo de todos los ciudadanos en estas especiales circunstancias?
Os dejamos este enlace para que podáis opinar sobre esta noticia.
El Gobierno vasco amenaza con calificar de "delito contra la salud" ir a votar con Covid-19 El Gobierno vasco va a comunicar a 161 ciudadanos con Covid-19 en Euskadi que cometerán un "delito contra la salud" si deciden ejercer su derecho a voto en las elecciones autonómic
La Región de Murcia es una comunidad eminentemente agrícola, pero, ¿sabes cuál es la distancia entre plantaciones? Os dejamos este dato para hoy domingo.
El Código Civil, dentro de las servidumbres legales (art. 549 y siguientes), establece la servidumbre de plantaciones de árboles entre fincas contiguas y a tal efecto el artículo 591 dispone:
» No se podrá plantar árboles cerca de una heredad ajena sino a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y, en su defecto, a la de dos metros de la línea divisoria de las heredades si la plantación se hace de árboles altos, y a la de 50 centímetros si la plantación es de arbustos o árboles bajos.
Todo propietario tiene derecho a pedir que se arranquen los árboles que en adelante se plantaren a menor distancia de su heredad.»
Por tanto la distancia legal de plantación de árboles vendrá determinada por:
1º.- Lo que dispongan las Ordenanzas de ese lugar.
2º.- Por la costumbre del lugar.
3º.- En defecto de las anteriores, la Ley establece unas distinacias que varian según el tipo de árbol plantado:
DOS METROS cuando se trata de árboles altos
CINCUENTA CENTÍMETROS si se tratase de arbustos o árboles bajos
Desde hoy atendemos, previa cita en nuestra nueva oficina de Paseo Misionero Luis Fontes en Murcia. Frente a Hacienda.
Empezamos el mes de julio, y ya a partie de mañana, puedes visitarnos en nuestras nuevas oficinas de Murcia, frente a la delegación de Hacienda en Paseo Misionero Luis Fontes Servet.
Desde aqui mandamos nuestras felicitaciones a todos los Pedros y Pablos en el día de su onomástica.
A partir del 1 de septiembre entrá en vigor el texto refundido sobre la legislación concursal. Si necesitas conocer más sobre el concurso de acreedores tanto de persona física como jurídica. Y el acceso a la segunda oportunidad, contacta con nosotros.
¡NOS MUDAMOS!
A partir de julio empezamos a atender en nuestra nuevo despacho de Murcia. Para mayor comodidad de nuestros clientes. Siguiendo además con la oficina de Cieza.
Con los servicios habituales del despacho de asesoramiento jurídico. A los que se añaden los procesos de mediacion general, civil, mercantil y familiar. Después de incluirnos recientemente en la lista de mediadores del Ministerio de Justicia.
GDA-LEX ABOGADOS.
¡¡¡NUEVOS SERVICIOS!!!
Desde hoy ofrecemos oficialmente, en todo el territorio nacional, servicios de mediación general, educativa, civil-vecinal, mercantil y familiar.
Con titulación reconocida de EXPERTO EN MEDIACIÓN por el Ministerio de Justicia. Estamos inscritos oficialmente en el Registro Nacional de Mediadores de dicho ministerio.
Puedes visitarnos en nuestros despachos de Cieza y Murcia.
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En 1988 se fundó Pardo&Pérez Abogados. Un bufete dinámico, innovador y donde las señas de identidad siempre han sido: la perfección en el trabajo, la honradez y el compromiso con e...
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