BÚHO PENAL
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Somos una firma de abogados penalistas, especialistas en defensa penal para las personas involucrad
Felicidades a FICOSEC por tan noble labor en apoyo a la Reinserción Social y prevención delictiva. La forma de eliminar conductas generadoras de violencia es con la implementación de programas de educación, trabajo, capacitación para el mismo, salud, deporte y respeto a los derechos humanos.
¡Rompamos la cadena de la violencia!
A través de este proyecto, FICOSEC, busca reintegrar a personas generadoras de violencia y apoyar a sus comunidades.
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https://sabemoschihuahua.com/cuauhtemoc/proyecto-atendera-a-personas-generadoras-de-violencia-familiar/
Felicidades a FICOSEC por tan noble labor en apoyo a la Reinserción Social y prevención delictiva. La forma de eliminar conductas generadoras de violencia es con la implementación de programas de educación, trabajo, capacitación para el mismo, salud, deporte y respeto a los derechos humanos.
PRINCIPIOS QUE EL TRIBUNAL DE ALZADA ESTÁ OBLIGADO A RESPETAR, DE NO HACERLO RESULTARÍA EN UNA VIOLACIÓN GRAVE AL DERECHO DE DEFENSA DEL RECURRENTE
El principio "Non Reformatio in Peius" se traduce como la prohibición de resolver en perjuicio del recurrente.
El principio de exhaustividad implica realizar un examen integro y completo de la sentencia de primera instancia, con una debida fundamentación y motivación, analizando de manera oficiosa los actos de autoridad contrarios a los Derechos Fundamentales.
El principio Concurso real de delitos se traduce en imponer la pena del tipo penal mas grave, encontrandose inmerso el principio Non Bis in Idem, el cual se traduce como la prohibición de sancionar dos veces un mismo hecho. De lo anterior tenemos que es prohibido una sentencia condenatoria con un agregado de pena de prisión por comisión calificada y un agregado de pena de prisión por comisión agravada.
Los principios de atipicidad, culpabilidad y proporcionalidad se armonizan en el analisis de la plena convicción de que se acredite que existió delito y que el condenado lo cometio.
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El ministerio público es representante de la sociedad, no de las víctimas del delito.
La fabricación de culpables es una práctica que desgraciadamente se ha utilizado por parte de la autoridad investigadora para "dar carpetazos" ante la falta de eficacia, capacidad y profesionalismo por parte de las autoridades investigadoras. Este actuar es contrario a la Constitución y tratados internacionales de los cuales México es parte. Por lo que si usted tiene familiares o amistades que estén injustamente en prisión, lo más recomendable es que contraté abogados expertos en materia penal lo antes posible.
Tesis
Registro digital: 2024927
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Undécima Época
Materia(s): Común
Tesis: III.2o.P. J/1 P (11a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Tipo: Jurisprudencia
RECURSO DE APELACIÓN EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO. CUANDO EL DICTADO DE LA SENTENCIA QUE LO RESUELVE NO SE EFECTÚA EN LA FORMA PREVISTA POR EL ARTÍCULO 478 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, ESTO ES, ORALMENTE EN AUDIENCIA, SINO SÓLO POR ESCRITO, CON LA JUSTIFICACIÓN DE QUE LAS PARTES NO SOLICITARON LA AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE AGRAVIOS ESTABLECIDA EN EL DIVERSO 476 DEL PROPIO CÓDIGO, NI EL TRIBUNAL DE ALZADA LA ESTIMÓ NECESARIA, ELLO ACTUALIZA UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO QUE AMERITA SU REPOSICIÓN.
En el 13° Congreso de las Naciones Unidas sobre
Prevención del Delito y Justicia Penal, celebrado en el
año 2015 en Qatar, se plasmó en el documento relativo
a la Declaración de Doha, en el punto número cinco el
reconocimiento del compromiso sobre “el apoyo de los
sistemas de justicia penal eficaces, imparciales, huma-
nos y responsables…”, señalando puntualmente que
para ello debe de “aplicarse y mejorar las políticas pe-
nitenciarias centradas en la educación, el trabajo, la
atención médica, la rehabilitación, la reinserción social
y la prevención de la reincidencia, considerando la po-
sibilidad de fortalecer políticas de apoyo a las familias,
así como promover y alentar el uso de medidas susti-
tutivas del encarcelamiento, y someter a examen o re-
formar nuestros procesos de justicia restaurativa y de
otro tipo, a fin de que la reinserción sea satisfactoria”.
“El régimen penitenciario procurará reducir al mínimo las diferencias entre la vida en prisión y la vida en libertad”.
Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos
“Reglas Nelson Mandela”
El daño moral que pueda generarse por la publicación de cierta información en Internet constituyen lesiones de naturaleza instantánea, por lo tanto el cómputo del plazo de 2 años para la prescripción empieza a correr a partir del día siguiente de su difusión: 2ª Sala
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La determinó en sesión previa que, contra la orden de traslado de un centro penitenciario a otro, antes de interponer juicio de amparo se debe promover el recurso previsto en la Ley Nacional de Ejecución Penal.
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ABOGADOS PENALISTAS
Somos una firma de abogados especialistas en Derecho Penal y Derechos Humanos, expertos en la defensa penal de las personas involucradas en la comisión de delitos. Comprometidos con nuestros clientes, la sociedad y con nuestra profesión, a fin de ofrecer soluciones jurídicas, en un marco de ética, legalidad y confianza.
Contamos con Abogados en toda la República Mexicana, con mayor presencia en el Norte del País. Con un grupo humano altamente competente y una constante actualización de la realidad jurídica y social para asistir a quienes lo requieran.
Nuestros servicios son encauzados al Derecho Penal, brindando asesoría y representación jurídica por cualquier delito, ante dependencias del Ministerio Público tanto Estatal como Federal, además de la elaboración y presentación de querellas, denuncias, y el seguimiento correspondiente de las mismas ante dichas instituciones, esto desde la etapa inicial y hasta la total conclusión del procedimiento, además de la representación tanto de víctimas y ofendidos del delito y de personas investigadas o imputadas por alguna conducta delictiva.
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