Decláralo - Contador Público

Ofrecemos asesoría fiscal integral para el buen cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

24/08/2022

Se amplía el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en el uso de la factura con complemento Carta Porte al 31 de diciembre de 2022.

Photos from Contadora Dania Chontal's post 30/03/2022
25/03/2022

🔔 ‼️ RECORDATORIO ‼️ 🔔

👉🏻 El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (31 de marzo las empresas y 30 de abril las personas físicas).

25/03/2022

👩🏻‍🏫 La Participación de los Trabajadores en el Reparto de Utilidades de la Empresa (PTU)👷🏻‍♂️ es el derecho que tiene la fuerza laboral a recibir parte de las ganancias anuales de la empresa, en reconocimiento a su aportación para generarlas 😎

Photos from ISA Services's post 25/03/2022
25/03/2022

Raquel Buenrostro, jefa del SAT, envió oficios a los gobiernos estatales para aclarar que no es de su competencia verificar este complemento fiscal a los autotransportes, solamente si se coordinan previamente con ellos 🚫🚚.

¿Qué opinas de esta noticia, Contaliado?👇

Photos from Cooltura Fiscal por Pamela Castro's post 02/02/2022
Photos from Cooltura Fiscal por Pamela Castro's post 29/01/2022

👇🏼👌🏼

Timeline photos 11/01/2022

Tomen nota 📒

. Conoce el valor de la para este 2022. Recuerda que su vigencia es a partir del 1ro de febrero.

Timeline photos 07/01/2022

¿Entregas comida a domicilio en tu ciudad o localidad? Considera lo siguiente:

04/12/2021

¿Cómo se aplican los impuestos al aguinaldo?, ¿hay exepciones?

04/12/2021

¡Estas son algunas de nuestras cualidades!

Photos from Decláralo - Contador Público's post 04/12/2021

Conoce la forma en que se puede calcular el aguinaldo.

Recuerda que al ser un ingreso el pago del aguinaldo no está exento del pago de impuestos, a menos que la gratificación sean inferior al monto equivalente a 30 días de la UMA.

Photos from Decláralo - Contador Público's post 24/09/2021

❔ Es muy común la pregunta en materia laboral respecto a sí existe alguna diferencia entre la liquidación y finiquito.

Debes saber que, aunque ambos son pagos que recibe el empleado por parte del patrón a causa de la terminación de su relación laboral, si existen diferencias ya que se componen de diferentes conceptos y se generan por causas distintas. 📚

19/06/2021

La contabilidad electrónica consiste en:

📌 Catálogo de cuentas: Deberá estar alineado al Código agrupador del SAT y únicamente se envía en el archivo XML comprimido en ZIP. El catálogo se envía solo la primera vez y cada que se agregue o elimine una cuenta.

📌 Balanza de comprobación: De igual manera, deberá estar en formato XML y comprimida en ZIP. Esta información se envía de forma mensual, en el segundo mes siguiente al que correspondan los datos.

📌 Pólizas y auxiliares. Estas sólo se envían cuando el SAT necesite verificar información contable, la procedencia de devoluciones y compensaciones.

08/06/2021

TE AYUDAMOS ACTUALIZAR TU SITUACIÓN FISCAL ANTE EL SAT
-Aumento y Disminución de Obligaciones para personas físicas con actividades empresariales, profesionales, arrendamiento, Régimen de Incorporación Fiscal
-Buzón Tributario
-Cambio de Domicilio
-Consulta de Ingresos y Retenciones
-Declaración de Impuestos Anual, Bimestral y Mensual
-Facturación de Ingresos o Ventas
-Inscripción de Tú RFC
-Obtención de Contraseña de su RFC.
-Opinión de Cumplimiento
-Renovación Firma Electrónica
-Sello Digital.
-Suspensión de Actividad
-Tramites de Devolución de Impuestos
-Aclaraciones Por Mi Portal

información
CEL. 777 5180541
CP. MARÍA ESTHER CALDERÓN

08/06/2021

¿ERES PERSONA FÍSICA Y NO HAZ HECHO TU DECLARACIÓN DE IMPUESTOS?
La Declaración puede ser mensual, bimestral o anual dependiendo del régimen en que te encuentres, salarios, empresarial, profesional, honorarios, régimen de incorporación fiscal (RIF) y arrendamiento, la declaración de impuestos es una obligación para todos los contribuyentes.
Si el SAT descubre que el contribuyente no ha cumplido con la obligación fiscal del ejercicio; lo comunicará a través de correo electrónico o mediante buzón tributario, por lo hay que tener el buzón del SAT activado.
«La declaración de impuestos es la manera en que se le comunica al SAT los ingresos obtenidos; gastos efectuados y pagos de contribuciones federales que hiciste.»
Las personas físicas que no han presentado la Declaración de impuesto, la mensual tienen hasta el día 17 del mes siguiente y la bimestral hasta el día 17 de los meses de Enero, Marzo, Mayo, Julio, Septiembre y Noviembre y la anual tienen hasta el día 30 de Abril; si no la presentas en el tiempo indicado y a través de los medios estipulados, serás acreedor recargos y actualizaciones inicialmente.
Uno de los motivos por el que los contribuyentes no presentan la declaración anual o bien; no la presenta completa; es porque no tiene control adecuado sobre los comprobantes de gastos que emite y comprobantes de ingresos que recibe.

08/06/2021

¡No dejes para mañana lo que puedas hacer hoy!
Actualiza tu situación ante el SAT.

05/09/2020

¿Necesitas ayuda contable?📑📚📈
¿Te llego un requerimiento?📩📃
¿No has presentado tus declaraciones?⚖️📝

No te preocupes, ¡nosotros te asesoramos! 🙂. Comunicate vía inbox o al 777 518 0541.

02/08/2020
25/03/2020

¿Qué colegiaturas puedo deducir?

La cantidad pagada que se podrá disminuir de colegiaturas en instituciones privadas, no deberá exceder por cada uno de los alumnos los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a los siguientes topes:
🔺Preescolar: $14,200
🔺Primaria: $12,900
🔺Secundaria: $19,900
🔺Profesional técnico: $17,100
🔺Bachillerato o su equivalente: $24,500

Características generales:

📌Aplica para pago de servicios educativos en instituciones que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, consúltala aquí considerando el nivel y límite anual deducible.

✔️Puedes deducir los pagos realizados para ti y en su caso, tu cónyuge, concubino(a), ascendientes o descendientes en línea recta siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $30,822.

🔎Que los pagos se realicen única y exclusivamente para cubrir la educación del alumno.
🔍No serán deducibles otros conceptos como inscripción, reinscripción, becas o apoyos económicos, entre otros.
💳Medio de pago exclusivamente por: Cheque, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito y servicios.
📍Recuerda, cuando se tengan dos niveles escolares en el mismo año para el mismo alumno; podrás deducir el mayor.
Cuando recuperes algún monto de la colegiatura pagada, únicamente será deducible el importe por la diferencia no recuperada.

Recomendaciones✏️

Siempre que pagues colegiaturas revisa tu factura y cerciórate que tu factura contenga el complemento de datos que incluye el nombre y la CURP del alumno y su nivel escolar.

🔎El campo "Uso del CFDI" sea por pagos por servicios educativos.
🔎La clave corresponda al medio de pago: (02) Cheque nominativo, (03) Transferencia electrónica de fondos, (04) Tarjeta de crédito, (28) Tarjeta de débito, (29) Tarjeta de servicios.

Recuerda que para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:

❌Cantidades que excedan del límite deducible por cada nivel escolar.
❌El 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos (inscripción, reinscripción, útiles escolares uniformes, actividades recreativas, recargos, cursos extracurriculares, entre otros) no deducibles.
❌Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique.
❌No podrás deducir facturas pagadas en efectivo.
✔️Cuando recibas tu factura cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.

25/03/2020

¿Qué donativos puedo deducir?

Son deducibles los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación.

El límite para deducir donativos es considerando los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, hasta el 7% para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta el 4 % para los otorgados a la Federación.

Recomendaciones

Siempre que realices este tipo de gasto, revisa tu factura y cerciórate que:

El campo "Uso del CFDI" sea por donativos.
La donataria que lo reciba esté registrada como autorizada.✔️

Recuerda que para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:

🔴Donativos, si no se otorgaron a donatarias autorizadas o a la federación.
🔴Donativos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique.
🔴Cuando recibas tu factura cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.

25/03/2020

¿Qué gastos médicos puedo deducir?

- Honorarios médicos.
- Dentista, tratamientos y consultas.
- Servicios de psicología y nutrición.
- Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
- Gastos hospitalarios.
- Medicinas incluidas en facturas de hospitales (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias).
- Análisis clínicos, estudios de laboratorio.
- Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación.
- Honorarios a enfermeras.
- Aparatos de rehabilitación, prótesis y lentes ópticos graduados (hasta por un monto de $2,500) siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.

Características generales:✏️

👩‍⚕️La factura es proporcionada por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

Puedes deducir los pagos realizados para ti y en su caso, tu cónyuge, concubino(a), ascendientes o descendientes en línea recta siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $30,822.

En caso de incapacidad o discapacidad deberás contar con el certificado o la constancia de incapacidad expedida por las insituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

💳 El medio de pago es exclusivamente por: Cheque, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito y servicios.

📈El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a $154,110 o del 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor.

Recomendaciones📌

Siempre que realices este tipo de gasto, revisa tu factura y cerciórate que :

🔍El campo "Uso del CFDI" sea por “Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios” o “Gastos médicos por incapacidad o discapacidad”, según corresponda.

🔎La clave corresponda al medio de pago: (02) Cheque nominativo, (03) Transferencia electrónica de fondos, (04) Tarjeta de crédito, (28) Tarjeta de débito, (29) Tarjeta de servicios.

🙆🏻‍♀️Recuerda que para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:

❌Medicinas compradas en farmacias.
El 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como copago, coaseguro, membresías de descuento, en hospitales: florería y cafetería, etc.
❌Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique.
❌Gastos médicos de tus mascotas.
✔️Cuando recibas tu factura cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.

🔴Si adquiriste un seguro de gastos médicos mayores, recuerda que las primas son deducibles pero en tu declaración anual las debes aplicar dentro del tipo de deducción Primas de seguros de gastos médicos y no como un gasto médico.

❌No podrás deducir facturas pagadas en efectivo.❌

25/03/2020

Gastos funerarios

Son deducibles los gastos de funerales que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $30,822.

Puedes deducir los pagos realizados para ti, tu cónyuge o concubino (a), así como para padres, abuelos, hijos y nietos siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad Médica y Actualización (UMA) anual equivalente a $30,822.

*Características generales:

Los gastos funerales a futuro, solo son deducibles hasta que se utilicen los servicios.

El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a $154,110 o del 15% total de tus ingresos, lo que resulte menor.

Recomendaciones📄✏️

Recuerda que para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:

Servicios funerarios a futuro, planes de previsión, seguros de vida y de gastos funerales, ya que únicamente son deducibles los efectivamente ejercidos en el año.
El 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como servicio de cafetería y/o exhumación.
Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente, emitido en el ejercicio que aplique.
Gastos funerarios de tus mascotas.
Verifica que el dato "Uso del CFDI" sea por gastos funerarios
Cuando recibas tu factura cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.

25/03/2020

¿Qué puedo deducir en mi Declaración Anual? 🤔

25/03/2020

¡Prepárate desde casa!
¿Quiénes declaran y qué se necesita para hacerlo?

Sigue estos consejos. 💻

Links 👇

Contraseña 👉 http://bit.ly/cntrsna
Visor de Deducciones 👉http://bit.ly/vsordeducciones
Sitio para Declaración Anual 👉https://bit.ly/Declara2019

Genera y actualiza tu Contraseña - Otros trámites y servicios - Portal de trámites y servicios - SAT Portal de trámites y servicios sat

13/09/2019

¿NO HAS HECHO TU DECLARACIÓN DE IMPUESTOS CON EL SAT?

Tienes un negocio (RIF o Empresarial), trabajas por tu cuenta (Honorarios o actividad profesional), eres asalariado, rentas un negocio o casa (Arrendamiento).

REGULARIZA TU SITUACIÓN FISCAL,(cambio de domicilio, e-firma, sellos digitales, aumento o disminución de obligaciones, declaraciones, devoluciones de impuestos, etc. ) Nosotros te ayudamos.

EVITA DOLORES DE CABEZA, PERDIDA DE TIEMPO, MULTAS, RECARGOS Y ACTUALIZACIONES.

ASESORIA SIN COMPROMISO
CONTADOR PÚBLICO
Whatsapp 777 214 19 39

28/08/2019

🔹Tienes un negocio, trabajas por tu cuenta, eres asalariado o rentas un inmueble, necesitas hacer tus declaraciones de impuestos.

🔹Tú eres persona física con Actividad, empresarial, profesional, por honorarios, arrendamiento o Régimen de incorporación fiscal.

🔸Tienes problemas con tus facturas, diot, cambio de actividad económica, opinión de cumplimiento, cambio de domicilio, etc.

📌No te la compliques, te puedo apoyar.
Contáctanos al numero 777 214 19 39, o mandamos mensajes por este medio.📬

22/08/2019

¿Necesitas ayuda contable?📑📚📈
¿Te llego un requerimiento?📩📃
¿No has presentado tus declaraciones?⚖️📝

No te preocupes, ¡nosotros te asesoramos! 🙂

21/08/2019

Si pagas colegiaturas en escuelas particulares recuerda solicitar factura para poder recuperar más ISR en tu declaración anual. 🤓📚🖋

21/08/2019

Recuerda pagar con con tarjeta o transferencia electrónica, sino para el Sat no cuenta.

19/08/2019

¿Necesitas ayuda o asesoría con tu contabilidad?📊
Contáctanos y agenda tu cita, comunícate directamente por este medio de comunicación. 👆📊📈📉 No dejes pasar más tiempo.

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