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BENEFICIOS DE COMPRAR UNA CASA NUEVA
Si ya te encuentras listo para comprar una propiedad, pero no sabes si una casa nueva te conviene más que una usada, tienes que conocer estas razones para que termines de convencerte y tomes la mejor decisión.
En el mercado de bienes raíces puedes encontrar una gran variedad de casas en venta, tanto nuevas como usadas, por lo que la elección de la propiedad es muy importante para determinar aspectos como el tamaño de la inversión que tendrás que realizar, desde el pago mismo de la propiedad así como si la casa necesita algún ajuste o remodelación.
Todos tienen diferentes necesidades que cubrir al comprar una propiedad, así que puedes considerar las siguientes ventajas de una casa nueva y aprovecharlas para tu beneficio.
Beneficios de comprar una casa nueva:
Son más baratas
Inviertes menos en mantenimiento
Tienes libertad de decoración
Disfrutas de aplicaciones y acabados modernos
Tienes mejor accesibilidad a otros puntos de la ciudad
Son más baratas
Los avances en construcción han permitido que las nuevas formas de construir casas, así como los materiales que se utilizan para hacerlo, sean más económicos y de mayor calidad.
Igualmente, la mayoría de las casas antiguas se encuentran ubicadas en zonas muy concurridas en donde el precio por metro cuadrado es más elevado, mientras que quienes compran en construcciones de casas nuevas, tienen más oportunidad de adquirir un buen precio por metro cuadrado y más capacidad de obtener casas más grandes y bien comunicadas.
Inviertes menos en mantenimiento
Una casa nueva no necesita arreglos en las paredes, en la instalación eléctrica, impermeabilizante en el techo, retoque de pintura y otros pequeños ajustes que las casas usadas generalmente presentan. Esto significa que al menos por algunos años, o a menos que decidas hacer algunas remodelaciones, estarás libre de tener que gastar dinero en ajustes a tu hogar.
En propiedades antiguas estos desperfectos se presentan con mayor frecuencia debido al desgaste de los materiales con las que fueron construidas. Una casa nueva está lista para ser habitada y ser funcional al 100%, por lo que, además de dinero, te ahorras tiempo que puedes aprovechar para disfrutar de tu nueva propiedad.
Tienes libertad de decoración
Una casa nueva es como un lienzo en blanco, lo que te da la libertad de elegir cualquier tipo de decoración que te haga sentir bien. Existen muchos estilos de decoración para las habitaciones y todo depende de la planificación que utilices para tus espacios, el tipo de muebles que desees ocupar y los accesorios que quieras colocar alrededor.
¿Es posible disminuir o evitar pagar impuestos en la compraventa de inmuebles? Esto recomienda un notario.....
Comprar o vender un inmueble no es algo sencillo, pues una vez concretada la transacción, las partes involucradas están obligadas a pagar algunos impuestos, lo que significa gastos que muchas veces no están contemplados dentro del presupuesto inicial.
De acuerdo con el portal de bienes raíces de eBay, Vivanuncios, existen ciertas alternativas para exentar o deducir estas aportaciones y así la carga sea menor.
Cabe mencionar que, en México, el comprador de una propiedad normalmente debe efectuar los siguientes pagos:
Impuesto sobre adquisición de inmuebles (es local y, en algunos lugares, se denomina impuesto al traslado de dominio).
Derechos de registro público.
Derechos por la obtención de certificados o constancias de diversas dependencias (tales como el certificado de libertad de gravámenes, constancias de no adeudo , avaluos, etc)
Erogaciones (pago a gestores, traslados, avalúos, viáticos, etcétera).
Honorarios del notario y el correspondiente IVA.
En el caso del vendedor, se debe contemplar el gasto por el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual sólo lo pagan las personas físicas. En muchos casos, es el propio notario, ante el que se realiza la compraventa, quien lo retiene.
Al respecto, el expresidente y decano del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, indicó que en ocasiones es posible exentar el pago del ISR o deducir gastos que se restan a la ganancia por la venta. Como resultado, se paga un menor impuesto o no se paga nada.
"Vale la pena mencionar que existen también personas morales no lucrativas obligadas a pagar este impuesto, igualmente hay casos en que algunas personas físicas que tributan con el régimen de actividad empresarial que, aunque sí causan este impuesto, el notario no se los retiene. En estos casos en particular, es apropiado acudir a un notario para pedir asesoría”, comentó Manzanero.
¿Cómo exentar el pago del ISR?
Según Vivanuncios, se encuentran exentos del pago del ISR los ingresos obtenidos por la venta de casa habitación hasta por un monto de 700,000 Udis (aproximadamente 4 millones 376,000 pesos), por cada persona que venda.
Sin embargo, esto sólo se permite siempre que se acredite que es precisamente la casa en la que habita la que está en venta, a través de los siguientes documentos:
Comprobantes fiscales de pagos efectuados de luz.
Comprobantes fiscales de pagos efectuados de teléfono.
Estados de cuenta bancarios, de casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias.
Credencial para votar que consigne como el domicilio la casa habitación que se vende.
Los documentos mencionados podrán estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge, de sus ascendientes o descendientes en línea recta.
¿Qué se puede deducir en el ISR?
En los casos en que no se pueda exentar el ISR, podrán deducirse algunos conceptos que tomará en cuenta el notario para calcular el impuesto correspondiente.
Para hacerlo, deberán entregarse facturas y comprobantes fiscales. Vivanuncios remarcó que algunas de estos documentos se obtienen al momento de la compra y otros en el tiempo que se habita el inmueble, por lo que no podrán recuperarse si no se solicitaron en su momento:
Costo comprobado de adquisición (lo que al vendedor le costó adquirir el inmueble). Se acredita para inmuebles adquiridos antes de abril del 2014 con la escritura correspondiente. Es importante asegurarse de contar con la factura del notario desde la compra del inmueble, de lo contrario no podrá deducirse al momento de la venta.
Inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones. Se acreditan con las facturas correspondientes con el aviso de terminación de obra o con un avalúo (en este último caso solo al 80%).
Gastos notariales.
Comisiones y mediaciones. Factura con el monto que se paga a los mediadores o “corredores” inmobiliarios.
Finalmente, la plataforma recomienda preguntar al notario todo lo relacionado con la exención y deducción del ISR desde la adquisición del inmueble, con el fin de tener los requisitos pertinentes.
Gestión y formalización en escrituras notariales
• Adjudicaciones judiciales ( a través de juicio mercantil)
• Cancelaciones de hipotecas ( cancelaciones de banco, INFONAVIT, FOVISSTE y/o pensiones del estado)
• certificación de copias
• Certificación o ratificación de firmas
• Certificación de hechos
• Compra venta con hipoteca (INFONAVIT, FOVISSTE , así como bancarias scotiabank, Bancomer, Banorte)
• Compras ventas muebles e inmuebles entre particulares
• Donaciones puras y simples
• Ejecución de fideicomisos, de garantía y administración
• Hipotecas en general ( reconocimientos de adeudo con garantía hipotecaria)
• Poderes (persona física y de persona moral, actos de administración, pleitos y cobranzas y facultades necesarias para el apoderado
• Juicio sucesorio testamentario e intestamentario a través de fedatario público.
• Protocolización de juicios ( para la adjudicación de juicios sucesorios y mercantiles
• Separación de bienes ( certificación de disolución de régimen matrimonial)
• Testamentos
• Transacciones (para contratos de arrendamiento con ratificación y cosa juzgada evita el trámite de juicio de desahucio)
• Asociaciones civiles
• Sociedades civiles
• Sociedad de capital variable
• Sociedad de responsabilidad limitada
• SAPIS , SPDER
• Ratificaciones de firmas en actas de asamblea
• Certificaciones de escrituras
• Compraventa de acciones
• Protocolización cambio de razón social y objeto social
• Revocación de poderes
• Liquidación de sociedades diversas notarias
• Adjudicaciones judiciales ( a través de juicio mercantil)
• Cancelaciones de hipotecas ( cancelaciones de banco, INFONAVIT, FOVISSTE y/o pensiones del estado)
• certificación de copias
• Certificación o ratificación de firmas
• Certificación de hechos
• Compra venta con hipoteca diferentes instituciones financieras
• Compras ventas muebles e inmuebles entre particulares
• Donaciones puras y simples
• Ejecución de fideicomisos, de garantía y administración
• Hipotecas en general ( reconocimientos de adeudo con garantía hipotecaria)
• Poderes (persona física y de persona moral, actos de administración, pleitos y cobranzas y facultades necesarias para el apoderado
• Juicio sucesorio testamentario e intestamentario a través de fedatario público.
• Protocolización de juicios ( para la adjudicación de juicios sucesorios y mercantiles
• Separación de bienes ( certificación de disolución de régimen matrimonial)
• Testamentos
• Transacciones (para contratos de arrendamiento con ratificación y cosa juzgada evita el trámite de juicio de desahucio)
• Asociaciones civiles
• Sociedades civiles
• Sociedad de capital variable
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• Ratificaciones de firmas en actas de asamblea
• Certificaciones de escrituras
• Compraventa de acciones
• Protocolización cambio de razón social y objeto social
• Revocación de poderes
• Liquidación de sociedades
ASESORÍA FISCAL
-Atención a Altas, cambios de domicilio, suspensiones de actividades, multas, etc.
-Tramites de devoluciones de impuestos (IVA, ISR, IDE, IETU, etc.)
-Liquidación de empresas (ante Notario Público) y ante la SHCP
-Atención a invitaciones y auditorias
SEGURIDAD SOCIAL
-Asesoría y Atención en:
-Regularizaciones IMSS e INFONAVIT -Riesgos de trabajo
-Multas y Requerimientos -Pensiones
-Cedulas de Diferencias (SiVEPA) -Juicio de Nulidad
-Capitales constitutivos -Recursos (inconformidad, queja)
JURIDICO
-Asesoría y Asistencia en Juicios:
-Civil -Laboral
-Familiar -Penal
-Mercantil -Amparo
-Contratos -Arrendamiento
Servicios juridicos e inmobiliarios
Compraventa y administracion de inmuebles
Gestion, revisión de documentación previo a tratar el inmueble
Contratos privados para la formalizacion de las operaciones de compraventa
Trabajamos de la mano con diferentes notarios para garantizar la escrituracion y registro publico de la propiedad en Jalisco y la republica Mexicana !
Ayudamos a gestionar tu credito infonavit
Ayudamos a gestionar tu credito bancario
Facilitamos la formalización hasta la escritura
FUNCIONES DEL LIQUIDADOR DE LAS SOCIEDADES!!!
deberá resguardar 10 años la información de la empresa !
Una vez liquidada la sociedad, el liquidador
publicará el balance final de la sociedad en el sistema
electrónico establecido por la Secretaría de Economía
previsto en el artículo 50 Bis del Código de Comercio,
que en ningún caso podrá exceder a los 60 días
hábiles siguientes a la fecha de la asamblea de la
disolución y liquidación
LIBRO ESPECIAL DE SOCIEDADES
QUE ES LIBRO ESPECIAL en las SOCIEDADES?
LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
Artículo 73.- La sociedad llevará un libro especial
de los socios, en el cual se inscribirá el nombre y el
domicilio de cada uno, con indicación de sus
aportaciones, y la transmisión de las partes sociales.
Esta no surtirá efectos respecto de terceros sino
después de la inscripción.
De la inscripción a que se refiere el párrafo anterior
deberá publicarse un aviso en el sistema electrónico
establecido por la Secretaría de Economía conforme
a lo dispuesto en el artículo 50 Bis del Código de
Comercio y las disposiciones para su operación.
Cualquiera persona que compruebe un interés
legítimo tendrá la facultad de consultar este libro, que
estará al cuidado de los administradores, quienes
responderán personal y solidariamente de su
existencia regular y de la exactitud de sus datos.
QUE ES LIBRO ESPECIAL en las SOCIEDADES?
LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
Artículo 73.- La sociedad llevará un libro especial
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domicilio de cada uno, con indicación de sus
aportaciones, y la transmisión de las partes sociales.
Esta no surtirá efectos respecto de terceros sino
después de la inscripción.
De la inscripción a que se refiere el párrafo anterior
deberá publicarse un aviso en el sistema electrónico
establecido por la Secretaría de Economía conforme
a lo dispuesto en el artículo 50 Bis del Código de
Comercio y las disposiciones para su operación.
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¿Qué es un avalúo?
Es la estimación del valor comercial o utilidad de un bien inmueble o artículo reflejado en cifras monetarias, que considera las características físicas, de uso, de investigación y análisis de mercado, y las condiciones físicas y urbanas del inmueble.
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Martes | 9am - 6pm |
Miércoles | 9am - 6pm |
Jueves | 9am - 5pm |
Viernes | 9am - 5pm |
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