Iusta Lege Sociedad Juridica
Lic. en Derecho Brenda Leticia Suárez Fernández---- Titular de IUSTA LEGE ABOGADOS
TELS: 55-43492
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Felicidades a todos los colegas en este día Internacional del abogado.
Sigamos dignificando tan hermosa profesión.
Amnistía.
Image: Noticias del Congreso - Publica DOF Ley de Amnistía Found on Google from www.canaldelcongreso.gob.mx
Los menores de edad, víctimas de delitos sexuales, tienen derechos.
Conócelos:
Image: Derechos de las Víctimas de Violencia Sexual Infantil | Secretaría ... Found on Google from www.gob.mx
Los ex concubinos, también tienen derecho a recibir pensión alimenticia, después de terminada la relación de concubinato.
Los niños no solamente tienen el derecho a convivir con ambos padres, sino que también tienen el derecho a la convivencia con la familia ampliada, tanto del lado materno como del paterno. Lo anterior debido a que les ayuda a tener un sano desarrollo físico y emocional. El siguiente criterio de un Tribunal Colegiado del estado de Guerrero ilustra esta cuestión.
Desafortunadamente cuando un matrimonio, concubinato o relación de hecho terminan, y la mujer durante la relación de pareja se dedicó al hogar o bien trabajó pero sus ingresos eran más bajos que los de su pareja y a parte de trabajar, se dedicaba a las labores domésticas, es decir tenía una doble jornada laboral; la separación muchas veces implica un factor de empobrecimiento para ella. Es por lo anterior que aquí te explicamos cómo se puede evitar esta situación de desigualdad económica.
Hoy celebramos a nuestra Bandera.
Día de la Bandera
Que nuestra bandera sea un símbolo de unidad y convivencia pacífica con respeto absoluto a los derechos humanos de todas las personas
Reinician labores los juzgados la siguiente semana.
En esta entrevista, te platicamos qué sucede con la pensión alimenticia, la convivencia con los hijos y la guarda y custodia de los mismos, en estos tiempos de pandemia.
Contacto: [email protected]
LA ESTRUCTURA DE LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL.
DESDE LA DENUNCIA HASTA LA SENTENCIA.
LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN (Art. 211 CN)
- Investigación Inicial
1.- Denuncia (Art. 221 y 222 CN)
2.- Querella (Art. 225 CN)
3.- La flagrancia delictiva (Art. 146 CN)
4.- El caso urgente (Art. 150 CN)
5.- La carpeta de investigación (Art. 20, A, VI CPEUM)
a) El registro de la detención (Art. 16, párrafo quinto, CPEUM)
b) Constancia de lectura de derechos
c) La puesta a disposición
d) El informe de hechos
e) El Informe Policial Homologado (Art. 43 LGSNSP)
f) La cadena de custodia (Art. 227 CN)
g) La calificación legal de la detención (Art. 149 CN)
h) El acuerdo de retención (Art. 149 CN)
6.- La audiencia de control de la detención (Art. 308 CN)
a) La legalidad de la detención
b) La ilegalidad de la detención
- La Investigación Complementaria
7.- Las formas de conducción del imputado a proceso (Art. 141 CN)
a) Citatorio
b) Orden de comparecencia
c) Orden de aprehensión
8.- La formulación de la imputación. (Art. 309 CN)
9.- Oportunidad para que declare el imputado (Art. 312 CN)
10.- La audiencia de vinculación a proceso (Art. 314 CN)
a) El auto de vinculación a proceso (Art. 316, 317 y 318 CN)
b) El auto de no vinculación a proceso (Art. 318)
11.- La solicitud de las medidas cautelares (Art. 154, 155 y 167 CN)
a) Medidas cautelares personales
b) Medidas cautelares reales
12.- El plazo para el cierre de investigación complementaria o su prórroga (Art. 321 y 322 CN)
LA ETAPA INTERMEDIA (Art. 334 CN)
- FASE ESCRITA
1.- La formulación de la acusación
a) La acusación del Ministerio Público (Art. 335 CN)
b) La acusación coadyuvante (Art. 336, 338 y 339 CN)
c) La contestación de la acusación por la defensa (Art. 340 CN)
- FASE ORAL
2.- La audiencia intermedia (Art. 341, 342 y 344 CN)
3.- Los acuerdos probatorios (Art. 345 CN)
4.- La admisión y exclusión de los medios de pruebas (Art. 346 CN)
5.- El auto de apertura a juicio oral (Art. 347 CN)
LA ETAPA DE JUICIO ORAL (Art. 348 CN)
1.- Causales de suspensión de la audiencia de juicio oral (Art. 351 CN)
2.- La declaración del acusado en el juicio (Art. 377 CN)
3.- El alegato de apertura (Art. 394 CN)
- Declaración de perito (Art. 368 CN)
- Declaración de testigo (Art. 364 CN)
a) Interrogatorio (Art. 371 y 372 CN)
b) Contrainterrogatorio
c) Re-interrogatorio
d) Re-contrainterrogatorio
e) Interrogatorio del Juez
- Objeciones u oposiciones (Art. 374 CN)
- La prueba documentada o actas
- La prueba documental o material (Art. 380 al 387 CN)
- La prueba circunstancial o indiciaria
- La prueba superviniente
- La prueba anticipada (Art. 304 al 306 CN)
4.- Alegato de clausura (Art. 399 CN)
5.- Deliberación (Art. 400 CN)
6.- Fallo (Art. 401 CN)
7.- Sentencia (Art. 403 al 407 CN)
a) Sentencia absolutoria
b) Sentencia condenatoria.
En este video te explicamos cuáles son los pasos a seguir cuando te encuentras en la necesidad de iniciar un proceso de divorcio incausado.
https://youtu.be/_pUP_zZFrJ4
20210104 163729 Divorcio incausado: ¿En qué consiste? Este video está dirigido a aquell@s que no son abogados y que están dentro de un proceso de divorcio o están por comenz...
Entrevista a la Mtra. en Derecho: Brenda Leticia Suárez Fernández.
Tema: Abuso Sexual a Menores de Edad.
En este video te explicamos qué hacer y a dónde acudir en caso de que exista la necesidad de denunciar dicho delito.
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