Legado de Juan Pablo II

Quienes integramos hasta hace poco el Grupo de Estudios "Continuidad Juan Pablo II" sabemos de la al

09/12/2023

Es nuestra intención revivir el Grupo de estudios Juan Pablo II que durante años estuvo vigente en Lima y Piura. Universitarios interesados en la profundización del mensaje de san Juan Pablo II dieron lugar a conversatorios, coloquios, la edición de documentos del Papa y, por último, la decisión de instaurar una Cátedra de Juan Pablo II en la Universidad de Piura hace ya unos años. Ahora en Chiclayo, el Aula de Arte y Cultura invita a quienes deseen continuar este trabajo académico y cultural. Pueden ponerse en contacto con nosotros y los redigiremos a los más directamente interesados.

22/10/2021

Si san Juan Pablo II fue exigente y claro respecto a la necesidad de buscar a Cristo, fue porque iba por delante, marcando el camino de amistad con el Redentor. "¡Sólo Él sabe lo que hay en el interior del hombre; sólo Él lo sabe!"

Photos from Raúl Berzosa's post 22/10/2021

Día magno.

04/11/2020
23/10/2020

Con ocasión de la novena a San Juan Pablo Magno, varios nos escribieron preguntando ¿por qué Magno?

El artículo que sigue explica un poco el tema.

San Juan Pablo Magno

¿Por qué Magno? (1)

Los títulos de los periódicos y de los especiales programas televisivos han puesto de relieve el apelativo de «Magno» atribuido a Su Santidad Juan Pablo II: Juan Pablo Magno, Juan Pablo el Grande, Karol el Grande (2). El pueblo de la plaza aclama a gran voz la santidad: San Juan Pablo Magno (3).

Es oportuno aclarar inmediatamente, respecto de lo que aquí nos interesa, que la historia antigua, en particular la romana, nos ha transmitido «titulaturas» oficiales y no oficiales atribuidas a Emperadores y a Papas (p.e. Pius, Maximus, Optimus, sanctissimus) (4). Más que de un apelativo se debería propiamente hablar de «título», considerando que en la base hay un reconocimiento popular de grandeza.

¿Cómo nacen estas atribuciones? ¿Cuál es el significado político-institucional, más allá del dato emocional? ¿Y cuál es su relevancia desde el punto de vista jurídico? ¿Cuál es la diferencia entre la atribución del título de Magno y/o Santo? El tema es muy delicado y merece ser tratado con gran rigor. Aquí podemos solamente ofrecer algunas consideraciones (5).

Es necesario mantener netamente separados ambos títulos, si bien uno y otro, en la época más antigua, tienen su origen en el pueblo, en las voces y en las adclamationes del pueblo, específicamente del pueblo Romano entendido en su doble significado de pueblo de Roma y al mismo tiempo de pueblo del Imperio. Estos son los llamados vota pubblica (6).

Entre los Papas el ejemplo más significativo es el de León I, cuyo pontificado –como leemos en los libros– estuvo entre «los más largos y gloriosos que recuerda la historia (440-461)». Fue un Pontífice, por decir de algún modo, tres veces romano: Pontífice Romano, civis Romanus y civis Romanus domo Roma (según el dicho «Romano de Roma»). En los numerosos, dramáticos y graves momentos del siglo V d.C., que fueron también tiempos «indeciblemente difíciles y agitados», para usar la expresión que S. S. Juan Pablo II ha empleado en su testamento para definir el ‘900, el pueblo Romano recurría incesantemente al Papa León I, obteniendo inmediata audiencia y ayuda y salvación concretas. Fue el pueblo Romano (y aquí me refiero al pueblo del Imperio) quien lo aclamó Magno mientras el Papa todavía vivía. Y fue ese mismo pueblo en virtud, por decir de algún modo, de una veneratio fidelium y de una permissio cultus publici quien pidió insistentemente la «declaración de santidad»: San León Magno (7).

En abril de 2003 el pueblo Romano (la idea fue de un grupo de estudiantes de Derecho Romano de la Facultad de Derecho de la Libera Università «Maria Santísima Assunta», a los cuales se unieron prontamente miles de jóvenes de las Universidades romanas) proclamó en la plaza «Magno» al Pontífice Romano según la antigua tradición que tiene relevancia jurídica. En esa ocasión se llevaron a la plaza carteles de 8 metros de largo con los colores del escudo pontificio con la inscripción «Juan Pablo Magno» en azul sobre campo amarillo (8).

El 17 de mayo de 2003 la Universidad de los Estudio de Roma «La Sapienza», fundada por el Papa Bonifacio VIII en 1303, otorgó a S. S. Juan Pablo II el doctorado honoris causa en Jurisprudencia (Derecho). En el Diploma, firmado por el entonces Rector Prof. D’Ascenzo y por el Decano de la Facultad Prof. Angelici, está escrito «vota publica recolentes» (recogiendo los vota publica).

Se le debe el título de Magno por su elevado y universal magisterio (in serie Romanorum Pontificum titulo «Magnus» iure meritoque esset insignandus), como ha ocurrido en el pasado con algunos Romanos Pontífices (9). En la motivación se lee: «Es universalmente conocida la obra desarrollada por el Pontífice, en el transcurso de todo su Magisterio, por la afirmación del derecho y por la tutela de los derechos humanos en todas sus formas históricas, sea respecto a lo que concierne a la persona y a sus derechos individuales, sea en referencia a las relaciones entre los pueblos y al derecho internacional, remarcando la exigencia de justicia también en temas como la deuda externa y la autodeterminación, y la paz […]. También son universalmente conocidos los aportes del Pontífice a la cultura jurídica […]; que superando el aislamiento del derecho de la religión y de la moral funda los derechos humanos sobre la dignidad de la persona».

En 2003, también con ocasión del XXV año de pontificado de Juan Pablo Magno, juristas insignes pertenecientes a Universidades y altas instituciones del mundo, incluso de religión hebrea, musulmana y no creyentes (más de 450 estudiosos, de Portugal a China, de Suecia a Brasil, de Rusia a Perú) dedicaron al Papa el volumen Juan Pablo II. Los caminos de la justicia. Itinerarios para el Tercer Milenio, que tiene la siguiente dedicatoria: «Studia Ioanni Paulo Magno a totius orbis iureconsultis oblata» (10).

El 8 de abril de 2005, el pueblo que se encuentra en Roma (resuena en el aire la expresión paulina qui sunt Romae (11)) para el último saludo lo quiere santo. Como un canonista de prestigio hizo notar a propósito del Magisterio desarrollado por el Pontífice Juan Pablo II, él «merece ser proclamado “Magno” (aun siendo esto muy poco de frente a la santidad de su vida y de sus obras)».

El Vice Decano de la Pontificia Universidad San Tommaso d’Aquino (la Universidad de Roma donde el Santo Padre obtuvo el primer doctorado) ha escrito en el volumen ya citado varias veces, comentando la motivación del doctorado honoris causa y más precisamente del Diploma de Doctorado y del título de Magno: «La afirmación a primera vista bien puede maravillar y sorprender, teniendo en cuenta sobre todo por quién ha sido expresada. Pero reflexionando se intuye la razón. Como los Papas que en el pasado han recibido este honor (León I, Gregorio I y Nicolás I) el actual Pontífice ha sabido siempre conjugar su ministerio espiritual con la atención a las necesidades concretas y cotidianas de los hombres y de las mujeres de nuestro tiempo, con el convencimiento de que se trata de cosas inseparables. Esta atención a todos los hombres, sin excluir a ninguno, y a todo el hombre, alma y cuerpo, ser y existencia, y a su imprescindible dimensión social que postula la presencia del derecho como instrumento de justicia, es lo que hace que se sienta hoy a este Papa como una autoridad, un testigo creíble y coherente, es decir, ¡un Grande!» (12).

Al albor del Tercer Milenio deben ser estudiados en modo profundo, especialmente por los juristas, algunos de estos temas que aquí han sido solamente mencionados, en vistas de la comunión de los pueblos (13). En particular me refiero a la relevancia jurídica que se debe atribuir al populus y a las adclamationes del pueblo, a las voces del pueblo y al concepto de «communio». Es fundamental estudiar al mismo tiempo los conceptos de imperium y de sacerdotium (y consiguientemente la teoría de la «sinfonía») de auctoritas e potestas, de consensus y de disciplina.

NOTAS
(1) Reproducimos de modo íntegro este artículo de MARÍA PÍA BACCARI, «Juan Pablo Magno». El mismo fue publicado en el diario italiano La Stampa del 10 de abril de 2005, y reproducido, con el agregado de algunas notas, en la Revista de la Libera Università Maria Santissima Assunta de Roma LUMSA News 9 (4 de junio de 2005) 101-103. Tuvimos conocimiento de la existencia del mismo leyendo a C. ALZATI, «La divisione nella società politica: dall’ecumene cristiana all’Europa secolarizzata», en la Revista Internacional de Cultura La nuova Europa 1 (enero de 2006) 44. Allí este autor dice, hablando de Juan Pablo II: «[…] cui non senza ragione è stato conferito anche formalmente il titolo di “Magno”», y cita el presente artículo. Su autora enseña «Instituciones del Derecho romano» en la LUMSA y en la Pontificia Universidad Urbaniana, etc. Quién desee ampliar el tema puede leer con fruto: M. P. BACCARI – A. MASTINO (Edd.), Il titolo di «Magno» dalla Repubblica all’Impero al Papato. Giovanni Paolo Magno, Modena 2009, 176 pp.

(2) En la homilía de la Santa Misa celebrada el domingo 3 de abril el cardenal Sodano definió a Juan Pablo II como «Il Grande». En una entrevista, hace algunos años, Jean Guitton dijo que S.S. Juan Pablo II sería recordado con el apelativo de «Le Grand», haciendo un paralelismo con el Papa León I. Sobre el título de «Magno» a S.S. Juan Pablo II algunos historiadores, el 4 de abril de 2005, han manifestado el propio pensamiento: www.adnkronos.com

(3) Algunos estudiantes de la Facultad de Derecho de la Libera Università «Maria Santísima Assunta» (quienes, junto a otros coetáneos llegados a Roma para honrar los restos mortales del Santo Padre, tuvieron la idea, y «llevaron a la plaza» los primeros días de abril carteles con la inscripción «Juan Pablo II Santo») han firmado una «petición popular» al Sumo Pontífice Benedicto XVI para acelerar el procedimiento de Beatificación. En algunos sitos también se han recogido firmas: por ej, el sito www.cattolici.net ha dado curso a una petición on line intentando, para decirlo de algún modo, «sobrepasar las actuales normas en la materia». El p. Rungi, promotor de esta iniciativa desea «que el Papa que amó tanto la comunicación global haga llegar, en esta circunstancia que le atañe, muchas adhesiones firmadas on line, para que se las pueda presentar al nuevo Pontífice».
La certeza (y la esperanza) que tal petición sea tomada en consideración deriva también de la gran atención que el Papa Benedicto XVI tiene por el pueblo y por el fundamento (jurídico) de los actos de la multitud. Se puede ver J. RATZINGER, Volk und Haus Gottes in Augustins, Lehre von der Kirche, 1971 (traducción italiana: Popolo e casa di Dio in Sant’Agostino, Milano 1978), 33 y ss, especialmente 38: «así el concepto de multitudo se presenta como el rostro exterior del concepto de pueblo de Dios». Sobre el concepto de populus como coetus multitudinis y sobre la definición de Cicerón («[…] populus autem non omnis hominum coetus quoquo modo congregatus, sed coetus multitudinis iuris consensu et utilitatis communione sociatus») me remito a mi trabajo Cittadini, popoli e comunione nella legislazione dei secoli IV-VI, Torino 1996, 195. Cuando estaba por enviar el artículo me llegó la noticia que S.S. Benedicto XVI anunció al clero romano el inicio inmediato de la causa de beatificación del Papa Wojtyla, dispensando del tiempo de cinco años desde la muerte que prescribe el Código (cf. La Stampa web, 13 de mayo de 2005).

(4) Sobre algunas titulaturas oficiales referidas a los Emperadores se vea, especialmente por las transcripciones, A. MASTINO, Le titotalure di Caracalla e Geta attraverso le iscrizioni (indici), Bologna 1981, 38, 91, 143 y ss. Sobre las numerosísimas monedas cf. H. COEN, Description historique des monnaies frapées sus l’Empire Romain communément appelées médailles impériales, IV, Graz 1995, 139-245.

(5) En lo que concierne a la santidad, y en particular, del «rol popular» en la valoración de la misma, en referencia incluso a la época romana, cfr. AA.VV., Poteri religiosi e istituzionali: il culto di San Costantino Imperatore tra Oriente ed Occidente, curado por S. Fini y P. Onida, Torino 2003. Especialmente los artículos de V. POGGI, «Perché in Sardegna Costantino è santo»; G. CATALANO, «Il culto di S. Costantino Imperatore in Sicilia»; «Il problema del culto di San Costantino Imperatore (secondo il diritto canonico)»; R. COPPOLA, «La santitá in Oriente e in Occidente. A proposito del culto di San Costantino Imperatore».

(6) Véase más ampliamente sobre esta temática Cittadini, popoli e comunione nella legislazione dei secoli IV-VI, Torino 1996, 62 ss; 130 s.; 145 s.

(7) La literatura sobre San León Magno y sobre sus obras es vastísima. Véase, en general, F. DI CAPUA, «Leone I», en Enciclopedia Cattolica, Roma 1951, VII, c. 1139 y ss. Incluye bibliografía.

(8) El escudo elegido por Juan Pablo II para caracterizar su misión se nos muestra ahora en toda su «plenitud». Como es bien conocido representa «principalmente una cruz cuya forma sin embargo no corresponde a ninguno de los modelos habituales en heráldica. La razón del inusual cambio del trazo vertical de la cruz se ve clara cuando al considerar el segundo objeto inserido en el escudo: la grande y majestuosa “M” mayúscula que recuerda la presencia de la Virgen bajo la cruz y su excepcional participación en la redención» [L’Osservatore Romano (9 de noviembre de 1978); AAS, 1978-II, 989]. Pasados 27 años y repensando al largo pontificado constelado de sufrimientos la atención se traslada desde la gran letra del alfabeto a la enorme cruz de oro y vienen a la mente las palabras de carta petrina: «Él cargó nuestros pecados en su cuerpo y los llevó sobre el leño de la cruz» (1Pe 2, 24). Cf. El Angelus del 29 de mayo de 1994, en el cual Su Santidad explica en particular a los Romanos el «don del sufrimiento»: «He entendido que debo introducir la Iglesia de Cristo en este Tercer Milenio con la oración y con diversas iniciativas, pero he visto que esto no basta: es necesario introducirla con el sufrimiento, con el atentado de hace 13 años y con este nuevo sacrificio. ¿Por qué ahora? ¿Por qué en este Año de la Familia? Precisamente porque la familia está amenazada, la familia es agredida. Debe ser agredido el Papa, debe sufrir el Papa, para que todas las familias y el mundo vean que hay un evangelio “superior”: el evangelio del sufrimiento con el cual se debe preparar el futuro, el tercer milenio de las familias, de cada familia y de todas las familias… Entiendo que es importante tener este argumento delante de los poderosos del mundo. De nuevo debo encontrar a estos poderosos del mundo y debo hablar. ¿Con qué argumentos? Me queda este argumento del sufrimiento. Y quisiera decírselo a ellos: ¡entendedlo, entended por qué el Papa estuvo de nuevo en un hospital, de nuevo en el sufrimiento! ¡Entendedlo, repensadlo!».

(9) En los diarios aparecieron numerosos artículos. Cf. L. ACCATOLI en Il Corriere della sera (18 de mayo de 2003): «Ayer lo hicieron doctor en Jurisprudencia y han propuesto que se le confiera el título de “Magno”, es decir, que se lo llame “Juan Pablo II el Grande”»; O. PETROSILLO en Il Messaggero (18 de mayo de 2003): «[…] con el diploma “La Sapienza” le ha reconocido también el derecho y el mérito a tener el título de “Magno”»; cf. Ídem, «Giovanni Paolo II. Cifre, gesti e parole di un grande pontificato», relación desarrollada en San Francisco el 14 de julio de 2003. Hay otros muchos testimonios, por ej, en la Enciclopedia dei Papi, Roma 2000, el cardenal Paul Poupard, Presidente del Pontificio Consejo para la Cultura, definiendo como histórico y largo el pontificado de S. S. Juan Pablo II pronostica la atribución, como a otros Papas del pasado, del apelativo «Grande»; cf. también D. DEL RIO, Karol il Grande, Milano 2003; AA.VV., «Wojtila il Grande: rinascita cattolica o sfida oscurantista?», en MicroMega 2/2005, 7 ss.

(10) AA.VV., Giovanni Paolo II. Le vie della giustizia. Itinerari per il Terzo Millennio, curado por A. Laiodice y M. Vari, Roma 2003.

(11) S. S. Benedicto XVI hizo su primera salida de la Ciudad del Vaticano para ir a la Basílica de San Pablo Extramuros, y allí, luego de haber leído como prescribía la liturgia el preámbulo de la Carta de San Pablo a los Romanos pronunció el siguiente discurso: «Antes que la Providencia lo trajese a Roma el Apóstol escribió a los cristianos de esta Ciudad, capital del Imperio, su carta más importante desde el punto de vista doctrinal. Acaba de ser proclamada la parte inicial, un denso preámbulo en el cual el Apóstol saluda a la comunidad de Roma presentándose como “siervo de Cristo Jesús, Apóstol por vocación” (Rm 1,1)». En la Carta a los Romanos atribuida a San Pablo el término Romanos no aparece. Lo encontramos en cambio en la «inscriptio». El autor se dirige dos veces a «todos los que están en Roma»: omnibus qui sunt Romae e qui Romae estis. Cf. Cittadini, popoli e comunione nella legislazione dei secoli IV-VI, Torino 1996, 35 ss, para un significado no jurídico del término «Romanos».

(12) Los artículos son de R. COPPOLA y B. ESPOSITO en AA. VV., Giovanni Paolo II. Le vie della giustizia. Itinerari per il Terzo Millennio, cit. respectivamente en pp. 915 ss y 223 ss; Cf. J. SONDELL, «Universitas Jagellonica semper fidelis» (sobre la Universidad originaria de Juan Pablo II), ibid., 1057: Cf., por último y en referencia al patrimonio de reflexiones jurídicas de S. S. Juan Pablo II Magno, A. LOIODICE, «Il legato di Giovanni Paolo II Magno e il nuovo Pontefice Benedetto XVI», en Federalismi.it, Revista telemática, editorial del n. 8/2005; R. D. RABINO VICH-BERKMAN, «A-Dios, Juan Pablo el Grande», Revista Persona, editorial del n. 60/2005.

(13) A propósito del «choque de sistemas jurídicos» (y «choques de civilizaciones»), cf. P. CATALANO, «Identité de la Méditerranée et convergence des systèmes juridiques», en La condition des ‘autres’ dans les systèmes juridiques de la Méditerranée, Etudes et Documents I, Paris 2004, pp. XI ss; S. BERLINGO, «Dal Mare nostrum al mare aperto. Contributo per un’ermeneutica “mediterranea” dei sistemi giuridici in Costantino», en Poteri religiosi e istituzioni : il culto di San Costantino Imperatore tra Oriente ed Occidente, Torino 2003, pp. XIII ss.Con ocasión de la novena a San Juan Pablo Magno, varios nos escribieron preguntando ¿por qué Magno?

El artículo que sigue explica un poco el tema.

San Juan Pablo Magno

¿Por qué Magno? (1)

Los títulos de los periódicos y de los especiales programas televisivos han puesto de relieve el apelativo de «Magno» atribuido a Su Santidad Juan Pablo II: Juan Pablo Magno, Juan Pablo el Grande, Karol el Grande (2). El pueblo de la plaza aclama a gran voz la santidad: San Juan Pablo Magno (3).

Es oportuno aclarar inmediatamente, respecto de lo que aquí nos interesa, que la historia antigua, en particular la romana, nos ha transmitido «titulaturas» oficiales y no oficiales atribuidas a Emperadores y a Papas (p.e. Pius, Maximus, Optimus, sanctissimus) (4). Más que de un apelativo se debería propiamente hablar de «título», considerando que en la base hay un reconocimiento popular de grandeza.

¿Cómo nacen estas atribuciones? ¿Cuál es el significado político-institucional, más allá del dato emocional? ¿Y cuál es su relevancia desde el punto de vista jurídico? ¿Cuál es la diferencia entre la atribución del título de Magno y/o Santo? El tema es muy delicado y merece ser tratado con gran rigor. Aquí podemos solamente ofrecer algunas consideraciones (5).

Es necesario mantener netamente separados ambos títulos, si bien uno y otro, en la época más antigua, tienen su origen en el pueblo, en las voces y en las adclamationes del pueblo, específicamente del pueblo Romano entendido en su doble significado de pueblo de Roma y al mismo tiempo de pueblo del Imperio. Estos son los llamados vota pubblica (6).

Entre los Papas el ejemplo más significativo es el de León I, cuyo pontificado –como leemos en los libros– estuvo entre «los más largos y gloriosos que recuerda la historia (440-461)». Fue un Pontífice, por decir de algún modo, tres veces romano: Pontífice Romano, civis Romanus y civis Romanus domo Roma (según el dicho «Romano de Roma»). En los numerosos, dramáticos y graves momentos del siglo V d.C., que fueron también tiempos «indeciblemente difíciles y agitados», para usar la expresión que S. S. Juan Pablo II ha empleado en su testamento para definir el ‘900, el pueblo Romano recurría incesantemente al Papa León I, obteniendo inmediata audiencia y ayuda y salvación concretas. Fue el pueblo Romano (y aquí me refiero al pueblo del Imperio) quien lo aclamó Magno mientras el Papa todavía vivía. Y fue ese mismo pueblo en virtud, por decir de algún modo, de una veneratio fidelium y de una permissio cultus publici quien pidió insistentemente la «declaración de santidad»: San León Magno (7).

En abril de 2003 el pueblo Romano (la idea fue de un grupo de estudiantes de Derecho Romano de la Facultad de Derecho de la Libera Università «Maria Santísima Assunta», a los cuales se unieron prontamente miles de jóvenes de las Universidades romanas) proclamó en la plaza «Magno» al Pontífice Romano según la antigua tradición que tiene relevancia jurídica. En esa ocasión se llevaron a la plaza carteles de 8 metros de largo con los colores del escudo pontificio con la inscripción «Juan Pablo Magno» en azul sobre campo amarillo (8).

El 17 de mayo de 2003 la Universidad de los Estudio de Roma «La Sapienza», fundada por el Papa Bonifacio VIII en 1303, otorgó a S. S. Juan Pablo II el doctorado honoris causa en Jurisprudencia (Derecho). En el Diploma, firmado por el entonces Rector Prof. D’Ascenzo y por el Decano de la Facultad Prof. Angelici, está escrito «vota publica recolentes» (recogiendo los vota publica).

Se le debe el título de Magno por su elevado y universal magisterio (in serie Romanorum Pontificum titulo «Magnus» iure meritoque esset insignandus), como ha ocurrido en el pasado con algunos Romanos Pontífices (9). En la motivación se lee: «Es universalmente conocida la obra desarrollada por el Pontífice, en el transcurso de todo su Magisterio, por la afirmación del derecho y por la tutela de los derechos humanos en todas sus formas históricas, sea respecto a lo que concierne a la persona y a sus derechos individuales, sea en referencia a las relaciones entre los pueblos y al derecho internacional, remarcando la exigencia de justicia también en temas como la deuda externa y la autodeterminación, y la paz […]. También son universalmente conocidos los aportes del Pontífice a la cultura jurídica […]; que superando el aislamiento del derecho de la religión y de la moral funda los derechos humanos sobre la dignidad de la persona».

En 2003, también con ocasión del XXV año de pontificado de Juan Pablo Magno, juristas insignes pertenecientes a Universidades y altas instituciones del mundo, incluso de religión hebrea, musulmana y no creyentes (más de 450 estudiosos, de Portugal a China, de Suecia a Brasil, de Rusia a Perú) dedicaron al Papa el volumen Juan Pablo II. Los caminos de la justicia. Itinerarios para el Tercer Milenio, que tiene la siguiente dedicatoria: «Studia Ioanni Paulo Magno a totius orbis iureconsultis oblata» (10).

El 8 de abril de 2005, el pueblo que se encuentra en Roma (resuena en el aire la expresión paulina qui sunt Romae (11)) para el último saludo lo quiere santo. Como un canonista de prestigio hizo notar a propósito del Magisterio desarrollado por el Pontífice Juan Pablo II, él «merece ser proclamado “Magno” (aun siendo esto muy poco de frente a la santidad de su vida y de sus obras)».

El Vice Decano de la Pontificia Universidad San Tommaso d’Aquino (la Universidad de Roma donde el Santo Padre obtuvo el primer doctorado) ha escrito en el volumen ya citado varias veces, comentando la motivación del doctorado honoris causa y más precisamente del Diploma de Doctorado y del título de Magno: «La afirmación a primera vista bien puede maravillar y sorprender, teniendo en cuenta sobre todo por quién ha sido expresada. Pero reflexionando se intuye la razón. Como los Papas que en el pasado han recibido este honor (León I, Gregorio I y Nicolás I) el actual Pontífice ha sabido siempre conjugar su ministerio espiritual con la atención a las necesidades concretas y cotidianas de los hombres y de las mujeres de nuestro tiempo, con el convencimiento de que se trata de cosas inseparables. Esta atención a todos los hombres, sin excluir a ninguno, y a todo el hombre, alma y cuerpo, ser y existencia, y a su imprescindible dimensión social que postula la presencia del derecho como instrumento de justicia, es lo que hace que se sienta hoy a este Papa como una autoridad, un testigo creíble y coherente, es decir, ¡un Grande!» (12).

Al albor del Tercer Milenio deben ser estudiados en modo profundo, especialmente por los juristas, algunos de estos temas que aquí han sido solamente mencionados, en vistas de la comunión de los pueblos (13). En particular me refiero a la relevancia jurídica que se debe atribuir al populus y a las adclamationes del pueblo, a las voces del pueblo y al concepto de «communio». Es fundamental estudiar al mismo tiempo los conceptos de imperium y de sacerdotium (y consiguientemente la teoría de la «sinfonía») de auctoritas e potestas, de consensus y de disciplina.

NOTAS
(1) Reproducimos de modo íntegro este artículo de MARÍA PÍA BACCARI, «Juan Pablo Magno». El mismo fue publicado en el diario italiano La Stampa del 10 de abril de 2005, y reproducido, con el agregado de algunas notas, en la Revista de la Libera Università Maria Santissima Assunta de Roma LUMSA News 9 (4 de junio de 2005) 101-103. Tuvimos conocimiento de la existencia del mismo leyendo a C. ALZATI, «La divisione nella società politica: dall’ecumene cristiana all’Europa secolarizzata», en la Revista Internacional de Cultura La nuova Europa 1 (enero de 2006) 44. Allí este autor dice, hablando de Juan Pablo II: «[…] cui non senza ragione è stato conferito anche formalmente il titolo di “Magno”», y cita el presente artículo. Su autora enseña «Instituciones del Derecho romano» en la LUMSA y en la Pontificia Universidad Urbaniana, etc. Quién desee ampliar el tema puede leer con fruto: M. P. BACCARI – A. MASTINO (Edd.), Il titolo di «Magno» dalla Repubblica all’Impero al Papato. Giovanni Paolo Magno, Modena 2009, 176 pp.

(2) En la homilía de la Santa Misa celebrada el domingo 3 de abril el cardenal Sodano definió a Juan Pablo II como «Il Grande». En una entrevista, hace algunos años, Jean Guitton dijo que S.S. Juan Pablo II sería recordado con el apelativo de «Le Grand», haciendo un paralelismo con el Papa León I. Sobre el título de «Magno» a S.S. Juan Pablo II algunos historiadores, el 4 de abril de 2005, han manifestado el propio pensamiento: www.adnkronos.com

(3) Algunos estudiantes de la Facultad de Derecho de la Libera Università «Maria Santísima Assunta» (quienes, junto a otros coetáneos llegados a Roma para honrar los restos mortales del Santo Padre, tuvieron la idea, y «llevaron a la plaza» los primeros días de abril carteles con la inscripción «Juan Pablo II Santo») han firmado una «petición popular» al Sumo Pontífice Benedicto XVI para acelerar el procedimiento de Beatificación. En algunos sitos también se han recogido firmas: por ej, el sito www.cattolici.net ha dado curso a una petición on line intentando, para decirlo de algún modo, «sobrepasar las actuales normas en la materia». El p. Rungi, promotor de esta iniciativa desea «que el Papa que amó tanto la comunicación global haga llegar, en esta circunstancia que le atañe, muchas adhesiones firmadas on line, para que se las pueda presentar al nuevo Pontífice».
La certeza (y la esperanza) que tal petición sea tomada en consideración deriva también de la gran atención que el Papa Benedicto XVI tiene por el pueblo y por el fundamento (jurídico) de los actos de la multitud. Se puede ver J. RATZINGER, Volk und Haus Gottes in Augustins, Lehre von der Kirche, 1971 (traducción italiana: Popolo e casa di Dio in Sant’Agostino, Milano 1978), 33 y ss, especialmente 38: «así el concepto de multitudo se presenta como el rostro exterior del concepto de pueblo de Dios». Sobre el concepto de populus como coetus multitudinis y sobre la definición de Cicerón («[…] populus autem non omnis hominum coetus quoquo modo congregatus, sed coetus multitudinis iuris consensu et utilitatis communione sociatus») me remito a mi trabajo Cittadini, popoli e comunione nella legislazione dei secoli IV-VI, Torino 1996, 195. Cuando estaba por enviar el artículo me llegó la noticia que S.S. Benedicto XVI anunció al clero romano el inicio inmediato de la causa de beatificación del Papa Wojtyla, dispensando del tiempo de cinco años desde la muerte que prescribe el Código (cf. La Stampa web, 13 de mayo de 2005).

(4) Sobre algunas titulaturas oficiales referidas a los Emperadores se vea, especialmente por las transcripciones, A. MASTINO, Le titotalure di Caracalla e Geta attraverso le iscrizioni (indici), Bologna 1981, 38, 91, 143 y ss. Sobre las numerosísimas monedas cf. H. COEN, Description historique des monnaies frapées sus l’Empire Romain communément appelées médailles impériales, IV, Graz 1995, 139-245.

(5) En lo que concierne a la santidad, y en particular, del «rol popular» en la valoración de la misma, en referencia incluso a la época romana, cfr. AA.VV., Poteri religiosi e istituzionali: il culto di San Costantino Imperatore tra Oriente ed Occidente, curado por S. Fini y P. Onida, Torino 2003. Especialmente los artículos de V. POGGI, «Perché in Sardegna Costantino è santo»; G. CATALANO, «Il culto di S. Costantino Imperatore in Sicilia»; «Il problema del culto di San Costantino Imperatore (secondo il diritto canonico)»; R. COPPOLA, «La santitá in Oriente e in Occidente. A proposito del culto di San Costantino Imperatore».

(6) Véase más ampliamente sobre esta temática Cittadini, popoli e comunione nella legislazione dei secoli IV-VI, Torino 1996, 62 ss; 130 s.; 145 s.

(7) La literatura sobre San León Magno y sobre sus obras es vastísima. Véase, en general, F. DI CAPUA, «Leone I», en Enciclopedia Cattolica, Roma 1951, VII, c. 1139 y ss. Incluye bibliografía.

(8) El escudo elegido por Juan Pablo II para caracterizar su misión se nos muestra ahora en toda su «plenitud». Como es bien conocido representa «principalmente una cruz cuya forma sin embargo no corresponde a ninguno de los modelos habituales en heráldica. La razón del inusual cambio del trazo vertical de la cruz se ve clara cuando al considerar el segundo objeto inserido en el escudo: la grande y majestuosa “M” mayúscula que recuerda la presencia de la Virgen bajo la cruz y su excepcional participación en la redención» [L’Osservatore Romano (9 de noviembre de 1978); AAS, 1978-II, 989]. Pasados 27 años y repensando al largo pontificado constelado de sufrimientos la atención se traslada desde la gran letra del alfabeto a la enorme cruz de oro y vienen a la mente las palabras de carta petrina: «Él cargó nuestros pecados en su cuerpo y los llevó sobre el leño de la cruz» (1Pe 2, 24). Cf. El Angelus del 29 de mayo de 1994, en el cual Su Santidad explica en particular a los Romanos el «don del sufrimiento»: «He entendido que debo introducir la Iglesia de Cristo en este Tercer Milenio con la oración y con diversas iniciativas, pero he visto que esto no basta: es necesario introducirla con el sufrimiento, con el atentado de hace 13 años y con este nuevo sacrificio. ¿Por qué ahora? ¿Por qué en este Año de la Familia? Precisamente porque la familia está amenazada, la familia es agredida. Debe ser agredido el Papa, debe sufrir el Papa, para que todas las familias y el mundo vean que hay un evangelio “superior”: el evangelio del sufrimiento con el cual se debe preparar el futuro, el tercer milenio de las familias, de cada familia y de todas las familias… Entiendo que es importante tener este argumento delante de los poderosos del mundo. De nuevo debo encontrar a estos poderosos del mundo y debo hablar. ¿Con qué argumentos? Me queda este argumento del sufrimiento. Y quisiera decírselo a ellos: ¡entendedlo, entended por qué el Papa estuvo de nuevo en un hospital, de nuevo en el sufrimiento! ¡Entendedlo, repensadlo!».

(9) En los diarios aparecieron numerosos artículos. Cf. L. ACCATOLI en Il Corriere della sera (18 de mayo de 2003): «Ayer lo hicieron doctor en Jurisprudencia y han propuesto que se le confiera el título de “Magno”, es decir, que se lo llame “Juan Pablo II el Grande”»; O. PETROSILLO en Il Messaggero (18 de mayo de 2003): «[…] con el diploma “La Sapienza” le ha reconocido también el derecho y el mérito a tener el título de “Magno”»; cf. Ídem, «Giovanni Paolo II. Cifre, gesti e parole di un grande pontificato», relación desarrollada en San Francisco el 14 de julio de 2003. Hay otros muchos testimonios, por ej, en la Enciclopedia dei Papi, Roma 2000, el cardenal Paul Poupard, Presidente del Pontificio Consejo para la Cultura, definiendo como histórico y largo el pontificado de S. S. Juan Pablo II pronostica la atribución, como a otros Papas del pasado, del apelativo «Grande»; cf. también D. DEL RIO, Karol il Grande, Milano 2003; AA.VV., «Wojtila il Grande: rinascita cattolica o sfida oscurantista?», en MicroMega 2/2005, 7 ss.

(10) AA.VV., Giovanni Paolo II. Le vie della giustizia. Itinerari per il Terzo Millennio, curado por A. Laiodice y M. Vari, Roma 2003.

(11) S. S. Benedicto XVI hizo su primera salida de la Ciudad del Vaticano para ir a la Basílica de San Pablo Extramuros, y allí, luego de haber leído como prescribía la liturgia el preámbulo de la Carta de San Pablo a los Romanos pronunció el siguiente discurso: «Antes que la Providencia lo trajese a Roma el Apóstol escribió a los cristianos de esta Ciudad, capital del Imperio, su carta más importante desde el punto de vista doctrinal. Acaba de ser proclamada la parte inicial, un denso preámbulo en el cual el Apóstol saluda a la comunidad de Roma presentándose como “siervo de Cristo Jesús, Apóstol por vocación” (Rm 1,1)». En la Carta a los Romanos atribuida a San Pablo el término Romanos no aparece. Lo encontramos en cambio en la «inscriptio». El autor se dirige dos veces a «todos los que están en Roma»: omnibus qui sunt Romae e qui Romae estis. Cf. Cittadini, popoli e comunione nella legislazione dei secoli IV-VI, Torino 1996, 35 ss, para un significado no jurídico del término «Romanos».

(12) Los artículos son de R. COPPOLA y B. ESPOSITO en AA. VV., Giovanni Paolo II. Le vie della giustizia. Itinerari per il Terzo Millennio, cit. respectivamente en pp. 915 ss y 223 ss; Cf. J. SONDELL, «Universitas Jagellonica semper fidelis» (sobre la Universidad originaria de Juan Pablo II), ibid., 1057: Cf., por último y en referencia al patrimonio de reflexiones jurídicas de S. S. Juan Pablo II Magno, A. LOIODICE, «Il legato di Giovanni Paolo II Magno e il nuovo Pontefice Benedetto XVI», en Federalismi.it, Revista telemática, editorial del n. 8/2005; R. D. RABINO VICH-BERKMAN, «A-Dios, Juan Pablo el Grande», Revista Persona, editorial del n. 60/2005.

(13) A propósito del «choque de sistemas jurídicos» (y «choques de civilizaciones»), cf. P. CATALANO, «Identité de la Méditerranée et convergence des systèmes juridiques», en La condition des ‘autres’ dans les systèmes juridiques de la Méditerranée, Etudes et Documents I, Paris 2004, pp. XI ss; S. BERLINGO, «Dal Mare nostrum al mare aperto. Contributo per un’ermeneutica “mediterranea” dei sistemi giuridici in Costantino», en Poteri religiosi e istituzioni : il culto di San Costantino Imperatore tra Oriente ed Occidente, Torino 2003, pp. XIII ss.

Fuente: San Juan Pablo Magno

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