COORDINACIÓN NACIONAL DE VETERANOS
R e g l a m e n t o
El Consejo Nacional de Directores de Cruz Roja Mexicana, de conformidad con el Artículo 22 de los Estatutos, reconoce el Área de Veteranos, misma que integra Asociados que han alcanzado, por lo menos 12 años de servicio acreditados; los agrupa, regula y los hace participes de la labor institucional.
Conforme al Principio Fundamental de Voluntariado del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y los objetivos establecidos en las normas y políticas de la Cruz Roja Mexicana, el Área de Veteranos:
a) Es integrante del Programa de Admisión y Relaciones con los Asociados.
b) Contribuye al cumplimiento de la Misión y Objeto Social de la Institución.
c) Promueve la participación y cooperación voluntaria de los asociados que han alcanzado la categoría de Veteranos.
Los Veteranos de la Cruz Roja Mexicana son personas que a través de los años han acumulado los conocimientos, capacitación y experiencia; elementos determinantes para adecuar a la Cruz Roja Mexicana a un mundo que cambia. Los Veteranos tienen la posibilidad de apoyar el desarrollo institucional, administrando adecuadamente al voluntario que alcance esta calidad.
Los Veteranos deben tener la visión de una Institución dinámica, participativa, y en constante evolución, asimismo, contribuir al cumplimiento de la Misión Institucional como un Área que despliega actividades en la línea de servicios asistenciales.
Por ello, el Área de Veteranos debe contar con una normatividad acorde a las exigencias de la Institución.
Título I.
Disposiciones Generales
Capítulo I.
Aplicación y Conceptos
Artículos
1. El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para el Área de Veteranos y todos sus Asociados en sus Coordinaciones Nacional, Estatales y Locales de la Cruz Roja Mexicana. Establece las normas que regula las actividades de los Veteranos de Cruz Roja Mexicana, de conformidad al marco legal de la Institución.
2. Los Veteranos sujetarán su actuar en apego a los Principios Fundamentales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja: Humanidad, Imparcialidad, Neutralidad, Independencia, Voluntariado, Unidad y Universalidad.
3. Será considerado veterano: quien tenga más de 12 años dentro de Cruz Roja Mexicana.
4. Para ser Veterano Asociado se requiere:
a) Tener una antigüedad mínima comprobable de12 años de servicios
b) Pertenecer o haber pertenecido a una o varias Áreas de Cruz Roja
Mexicana.
c) Presentar anualmente Carta de Compromiso Personal con la Institución.
d) Contar con la credencial nacional que lo acredite como Asociado(a) de la Institución.
e) Cuando la documentación exhibida no permita acreditar la antigüedad presentar dos testimonios de Veterano(a)s Activo(a)s que den fe de la antigüedad bajo protesta de decir verdad.
f) Dedicar el tiempo necesario para cumplir con la obligación voluntaria adquirida al presentar anualmente su Carta de Compromiso Personal.
g) Probidad y Honradez, sin antecedentes negativos en la Institución.
h) Cursar la capacitación básica institucional y recertificarse en los periodos establecidos.
i) No estar suspendido, consignado o sujeto de una expulsión, de conformidad a la normatividad institucional.
Capítulo II
Categorías
5. Los integrantes del Área de Veteranos de Cruz Roja Mexicana, se dividen en categorías que definen su estado de participación:
1) Veteranos activos.
2) Veteranos no activos
6. Un Veterano puede pertenecer simultáneamente a cualquier otra Área, debiendo respetar las normas y políticas, de conformidad con el área a la que en ese momento se encuentre en función.
Capítulo III
De los Derechos de los Veteranos
7. Los Veteranos tendrán los siguientes derechos:
a) Participar en las actividades que constituyen el Objeto Social de la Institución.
b) Asistir a las Convenciones Nacionales, cursos de capacitación y/o actualización.
c) Ser nombrados para desempeñar cargos, responsabilidades y comisiones.
d) Participar en los sistemas de promoción establecidos o que establezca la Cruz Roja Mexicana.
e) Recibir la Credencial Nacional que lo acredite como Asociado de la Institución, previos requisitos.
f) Contar con la protección del seguro de vida, previos requisitos.
g) Portar el uniforme institucional, según la normatividad.
h) Contar con espacio físico y recibir las facilidades para el desempeño de sus labores.
Capítulo IV
De las Obligaciones de los Veteranos
8. Los Veteranos tendrán las siguientes obligaciones:
a) Estar debidamente regularizados y cubrir su parte proporcional del seguro de vida
b) Asistir a las juntas y actividades programadas.
c) Cumplir con los servicios, responsabilidades y comisiones a los que se han comprometido.
d) Asistir a las Convenciones Nacionales y Estatales, a los cursos y actualizaciones según correspondan.
e) Portar el uniforme según normatividad.
f) Cuidar el patrimonio institucional.
g) Realizar solo actividades que contemple el Objeto Social de la Institución.
Capítulo V
De los objetivos del Área.
9. El Área de Veteranos de Cruz Roja Mexicana tiene por objetivos, los siguientes:
a) Agrupar a todos los Veteranos, sin importar el área a la que se encuentren asignados.
b) Fomentar y reforzar la cultura del voluntariado, a través de acciones que impulsen la participación, suma de talentos y experiencias de los Asociados de la Institución para el cumplimiento de la Misión de la Cruz Roja Mexicana.
c) Contribuir al cumplimiento de la Misión de Cruz Roja Mexicana, a través de programas asistenciales para el bienestar social y la cultura de la autoprotección.
d) Contribuir a conservar la historia institucional, participar en la difusión de la doctrina del Movimiento de Cruz Roja, así como de las tradiciones humanitarias de la Sociedad Nacional.
e) Promover la cultura humanitaria y de prevención, así como la capacitación en los miembros de la Sociedad Nacional, como factor determinante para disminuir la vulnerabilidad y aumentar la capacidad de las personas, en especial, la autoprotección.
Capítulo VI
De las actividades de los Veteranos.
10. Las actividades realizadas por los Veteranos, serán distribuidas de la siguiente manera:
a) De Voluntariado: las relativas al ciclo de gestión del voluntariado: captación, capacitación, incorporación y reincorporación a planes y programas, seguimiento, evaluación y propuestas al sistema motivacional. Así como todas aquellas actividades vinculadas a cooperar con todas las Áreas de la Sociedad Nacional.
b) De Asistencia: todas las relacionadas con el bienestar social y la promoción de la cultura de la autoprotección.
c) De Difusión: las relacionadas con la doctrina Institucional, la memoria colectiva y su historia, así como las actividades que promuevan los valores y las tradiciones de la Institución.
Todas estas actividades deberán ser previamente, aprobadas por las demás Áreas de la Cruz Roja Mexicana, que se vean involucradas.
La Coordinación Nacional de Veteranos definirá las actividades a realizar, las cuales serán evaluadas anualmente.
Capítulo VII
Niveles de Administración.
11. El Área de Veteranos, para el desarrollo de sus acciones, se divide en tres niveles:
a) Nacional.
b) Estatal.
c) Local.
Los Dirigentes de las Coordinaciones de Veteranos de los distintos niveles durarán en su cargo un año, pudiendo seguir por más períodos iguales sin restricción alguna, sólo si han cumplido con sus responsabilidades y carta de compromiso personal.
Título II
De la Coordinación Nacional de Veteranos
Capítulo I
Funciones
12. De conformidad con lo establecido por el Artículo 22 de los Estatutos de la institución, el nombramiento del Coordinador Nacional de Veteranos será aprobado por el Consejo Nacional de Directores.
Capítulo II
Integración
13.La Coordinación Nacional de Veteranos, se conforma por:
a) Un Coordinador Nacional.
b) Los Sub-Coordinadores necesarios.
c) Responsable de Programas de Voluntariado
d) Responsable de Programas de Asistencia
e) Responsable de Programas de Preservación
f) Asistentes necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.
Capítulo III
Del Coordinador Nacional de Veteranos.
14. La Coordinación Nacional de Veteranos estará representada por el Coordinador Nacional de Veteranos.
15. Para ser Coordinador Nacional de Veteranos se requiere:
a) Dedicar el tiempo necesario para cumplir con sus obligaciones;
b) Tener estudios profesionales o un buen desarrollo con conocimientos de administración y liderazgo;
c) Contar con conocimiento de la institución y disponibilidad para recibir la capacitación institucional.
d) Tener buenas relaciones con sus compañeros de Área;
e) Tener actitudes humanitarias, honestidad comprobada, apertura al cambio, prudencia y discreción.
f) Tener actitudes altruistas, productivas y sociales en beneficio de la Institución.
g) Tener una antigüedad mínima de 5 años como Asociado Veterano.
16. Dentro de las funciones del Coordinador Nacional de Veteranos se encuentran las siguientes:
a) Representar a los Veteranos a nivel Nacional y participar en los eventos a los que sea convocado
b) Promover que en cada Delegación exista una Coordinación de Veteranos.
c) Coordinar las acciones nacionales relacionadas con los Veteranos de la Institución de conformidad a los objetivos señalados en el Artículo 10 de este Reglamento
d) Ser el enlace con las estructuras de la Sede Nacional.
e) Dar cumplimiento a las instrucciones que se reciban de los Órganos de Gobierno y de Administración competentes de la Institución.
f) Recibir los informes trimestrales de las Coordinaciones Estatales de Veteranos.
g) Promover la regularización del personal de Veteranos para que cuente con su credencial Nacional, seguro de vida, así como su permanencia como personal activo dentro de la Institución.
h) Ratificar o rechazar, los nombramientos de los Coordinadores Estatales y Locales de veteranos, efectuados por los Delegados Estatales y Presidentes de Consejos Locales, con base al perfil.
i) Nombrar a los Sub-coordinadores, responsables y asistentes de la Coordinación Nacional de Veteranos.
j) Asesorar y promover la capacitación de los veteranos.
k) Apoyar las gestiones de las Coordinaciones Estatales y Locales de veteranos, con las diversas áreas de la Sede Nacional.
l) Llevar el Censo Nacional del Área de Veteranos, en sus diferentes niveles.
m) Orientar y verificar el cumplimiento de los objetivos de las Áreas de Veteranos y velar por la aplicación de las normas.
n) Solicitar y recibir informes de las Coordinaciones de Veteranos.
o) Ejecutar las disposiciones y acuerdos del Consejo Nacional de Directores, de la Dirección General y de la Dirección de Delegaciones.
p) Informar al Delegado Estatal las evaluaciones de los trabajos de las Coordinaciones.
q) En el mes de enero de cada año, evaluará el desempeño de todos los Coordinadores de veteranos, proponiendo su ratificación o relevo al Delegado Estatal respectivo, previo acuerdo con la Dirección de Delegaciones.
r) Las demás que se deriven de las acciones de la Institución y que se encuentren vinculados con las áreas de Veteranos
Capítulo IV
De los integrantes de la Coordinación Nacional de Veteranos
17. En ausencia del Coordinador Nacional de Veteranos alguno de los Sub-coordinadores asumirá la representación, previo acuerdo con el Director General; sus funciones se circunscriben a las señaladas en el Artículo anterior.
18. Los responsables de los Programas de Voluntariado, Asistencia y Conservación en Área de Veteranos tendrán las funciones de conformidad a los lineamientos marcados previamente por dichos programas y por las Áreas vinculadas respectivamente.
Título IV
Coordinación Estatal de Veteranos.
Capítulo I
Representación
19. El Área de Veteranos estará representada a nivel Estatal por la Coordinación Estatal de Veteranos, cuyo titular es un Coordinador.
Capítulo II
Del Coordinador Estatal de Veteranos
20. El Coordinador Estatal de Veteranos, es propuesto y nombrado por el Delegado Estatal correspondiente y ratificado por la Coordinación Nacional de Veteranos.
21. Son requisitos para ser Coordinador Estatal de Veteranos, los siguientes:
a) Dedicar el tiempo necesario para cumplir con sus obligaciones;
b) Tener estudios profesionales o un buen desarrollo con conocimientos de administración y liderazgo;
c) Contar con conocimiento de la institución y disponibilidad para recibir la capacitación institucional por parte de la Cruz Roja;
d) Tener buenas relaciones con sus compañeros de Área;
e) Tener actitudes humanitarias, honestidad comprobada, apertura al cambio, prudencia y discreción.
f) Tener actitudes altruistas, productivas y sociales en beneficio de la Institución.
g) Tener una antigüedad mínima de 3 años como Asociado Veterano.
h) Cubrir la capacitación que para los Coordinadores Estatales contemple la Coordinación Nacional de Veteranos.
Capítulo III
De las Funciones del Coordinador Estatal de Veteranos
22 Son Funciones del Coordinador Estatal de Veteranos
a) Representar a los Veteranos a nivel Estatal y participar en los eventos a los que sea convocado
b) Promover que en cada Delegación Local exista una Coordinación de Veteranos.
c) Coordinar las acciones estatales relacionadas con los Veteranos de la Institución de conformidad a los objetivos señalados en el Artículo 10 de este Reglamento
d) Ser el enlace con la Coordinación Nacional de Veteranos, la Delegación Estatal y las Delegaciones Locales.
e) Dar cumplimiento a las instrucciones que se reciban de los Órganos de Gobierno y de Administración competentes de la Institución, así como las encomendadas por la Coordinación Nacional de Veteranos.
f) Recibir los informes trimestrales de las Coordinaciones Locales de Veteranos y compilar y enviarlas a la Coordinación Nacional de Veteranos, previa anuencia del Delegado Estatal.
g) Promover la regularización del personal de Veteranos para que cuente con su credencial Nacional, seguro de vida, así como su permanencia como personal activo dentro de la Institución.
h) Recabar los nombramientos de los Coordinadores Locales de Veteranos, efectuados por de los Presidentes de Consejos Locales, con base al perfil y enviarlos a la Coordinación Nacional de Veteranos para su Ratificación.
i) Nombrar a los Sub-Coordinadores, responsables y asistentes necesarios de la Coordinación Estatal de Veteranos.
j) Promover la capacitación de los Veteranos en el Estado.
k) Apoyar las gestiones de las Coordinaciones Estatales y Locales de veteranos, con las diversas Áreas Estatales.
l) Llevar el Censo Estatal y Local en el Área de Veteranos.
m) Informar al Delegado Estatal las evaluaciones de los trabajos de las Coordinaciones Locales.
n) Evaluar en el mes de enero de cada año, el desempeño de todos los Coordinadores de veteranos, proponiendo su ratificación o relevo, previo acuerdo con la Delegación Estatal y la Delegación Local.
o) Asesorar en el ámbito de Veteranos, al Delegado Estatal y colaborar con el mismo, en todos los asuntos que le sean encomendados.
p) Fungir como árbitro en cualquier conflicto estatal de Veteranos.
Revisar los instructivos de procedimientos de carácter local que le hagan llegar las Coordinaciones de Veteranos y los remitirá con sus observaciones a la Coordinación Nacional de Veteranos para su aprobación, previa anuencia de la Delegación Estatal.
q) Acordar previa notificación del Presidente del Consejo de la Delegación, con el Coordinador Local de Veteranos las visitas necesarias.
r) Sesionar el Coordinador Estatal de Veteranos y los Coordinadores Locales, al menos dos veces al año.
s) Examinar los instructivos de procedimientos Locales, turnándolos con sus observaciones a la Coordinación Nacional de Veteranos para su aprobación.
t) Asesorar en el aspecto técnico a las Coordinaciones Locales del estado o a cualquier Veterano que lo Solicite.
u) Las demás que se deriven de las acciones de la Institución y que se encuentren vinculadas con las áreas de Veteranos en su Estado.
23. Las sesiones que realice el Coordinador Estatal de Veteranos con los Coordinadores Locales de Veteranos, tendrán por objeto:
a) Evaluar, informar, promover, orientar y asesorar sobre el desarrollo y la operación de las estrategias y ejecución de los programas, actividades y proyectos emanados de la Coordinación Nacional y de las Coordinaciones Estatales de Veteranos respectivamente.
b) Impulsar la ayuda mutua y el intercambio de experiencias entre las Coordinaciones Locales.
Título IV
De la Coordinación Local de Veteranos.
Capítulo I
Representación
24. La Coordinación Local de Veteranos es la representación del Área de Veteranos en la Delegación Local de Cruz Roja Mexicana a la que pertenece.
25. Las Coordinaciones Locales, son organizaciones encargadas de promover la aplicación práctica y el desarrollo de los Veteranos en su localidad dando cumplimiento a sus objetivos y activando los Programas Nacionales.
26. Las Coordinaciones Locales de Veteranos se integrarán con un mínimo de seis Veteranos Voluntarios, con credencial nacional vigente.
27. Para ser Coordinador Local de Veteranos, se requiere:
a) Dedicar el tiempo necesario para cumplir con sus obligaciones;
b) Tener estudios profesionales o un buen desarrollo con conocimientos de administración y liderazgo;
c) Contar con conocimiento de la institución y disponibilidad para recibir la capacitación institucional por parte de la Cruz Roja;
d) Tener buenas relaciones con sus compañeros de Área;
e) Tener actitudes humanitarias, honestidad comprobada, apertura al cambio, prudencia y discreción.
f) Tener actitudes altruistas, productivas y sociales en beneficio de la Institución.
g) Ser Asociado Veterano cuando la Coordinación sea de nueva creación; en caso contrario, por lo menos tres años de Asociado Veterano.
h) Cubrir la capacitación que para los Coordinadores Estatales contemple la Coordinación Nacional de Veteranos.
Capítulo II
De las Obligaciones del Coordinador Local de Veteranos
28. En el desarrollo de todas sus acciones, siempre mantendrá el respeto a la autoridad institucional:
a) Al Consejo Local de Cruz Roja Mexicana en su Delegación y a su Presidente.
b) A los Coordinadores: Estatal y Nacional de Veteranos.
c) A las diversas autoridades de la institución.
29. El Coordinador Local de Veteranos, tienen como obligaciones, las siguientes:
a) En el ámbito de Veteranos asesora al Presidente del Consejo Local y colabora con el mismo, en todos los asuntos que le sean encomendados.
b) Da cumplimiento a las actividades y programas del Área de Veteranos.
c) Participa en todos los eventos a los que sea convocado.
d) Elabora los informes de la Coordinación Local de Veteranos.
e) Orienta y asesora en el aspecto técnico a los miembros de su Coordinación Local, para el desarrollo de actividades que son propias al ámbito de los Veteranos.
f) Gestiona con su Consejo Local los apoyos necesarios para las actividades.
g) Promueve la capacitación de los Veteranos.
h) Vela por la aplicación del Reglamento Nacional del Área de Veteranos y el cumplimiento de sus objetivos y Programas Nacionales dentro de su Delegación Local.
i) Establece el Plan de Trabajo anual tomando en cuenta los compromisos de los Veteranos, conforme a los Objetivos y Programas del Área de Veteranos.
30. Informar de manera trimestral al Consejo Local y a la Coordinación Estatal de Veteranos, mediante el formato nacional, sobre sus:
a) Planes y evaluaciones de actividad.
b) Planes y evaluaciones de organización, desarrollo y expansión.
c) Presupuestos y balances de los recursos económicos de que disponen conforme a los procedimientos administrativos de la Delegación Local.
d) Planes de asistencia y cooperación con otras organizaciones, dependencias gubernamentales o empresas, autorizados previamente por la Delegación Local o por el Órgano de Gobierno competente.
31. Involucrará a la autoridad de la Delegación Local a la que pertenece, en los procesos de participación y acciones de los Veteranos.
32. Los Coordinadores Locales tienen la obligación de delegar funciones y establecer un organigrama basado en la estructura que determina este Reglamento y que dé respuesta a las necesidades de los Programas y Planes de Trabajo.
Los Coordinadores deben manifestar el necesario sentido común para otorgar nombramientos dentro de su Área, evitando caer en acciones de favoritismo, sin considerar capacidad y desempeño de las personas o en una desproporcionada cantidad de designaciones o cargos.
33. Todas las Coordinaciones Locales de Veteranos deben registrarse ante la Coordinación Nacional de Veteranos por conducto de la Delegación Estatal de manera anual y obligatoria, durante el mes de enero.
La COORDINACIÓN NACIONAL DE VETERANOS entregara los registros anuales durante el mes de marzo.
El retiro del Registro de una Coordinación Local de Veteranos es una facultad de la COORDINACIÓN NACIONAL DE VETERANOS, previa anuencia de la Dirección General.
Capítulo III
De la Integración de una Coordinación Local de Veteranos
34. La Delegación Local de Cruz Roja Mexicana, que pretenda establecer una Coordinación Local de Veteranos, debe:
- Contar con la anuencia del Consejo Local de la Institución.
- Seguir los lineamientos y cumplir con los requisitos dispuestos en el presente Reglamento.
El Área de Veteranos, igual que el resto de las Coordinaciones de Área de la Institución, deberá contar con los apoyos necesarios que la Delegación Local le proveerá en materia de participación, espacios físicos, materiales y económicos para el cumplimiento de objetivos y desarrollo de programas.
35. Para obtener su registro nacional, las Coordinaciones Locales han de remitir a la Coordinación Nacional por conducto de la Coordinación Estatal de Veteranos, los siguientes documentos:
a) Copia del nombramiento vigente del Coordinador Local.
b) Organigrama de la estructura Local.
c) Listado de integrantes que incluya el número de credencial de cada asociado.
d) Carta compromiso de cada uno de los integrantes de la Coordinación Local.
36. Una Coordinación Local de Veteranos podrá tener su registro condicionado o perderlo, según la gravedad del caso, por cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Incurra en faltas a los Principios de la Institución o las reglas y las normas institucionales.
b) Haber desviado sus actividades de los objetivos y preceptos de los Veteranos de Cruz Roja Mexicana.
c) No informar en los tiempos limite, sobre los planes y programas realizados o por realizar.
Capítulo IV
Del Coordinador Local de Veteranos
37. El Coordinador Local, es el enlace y autoridad de los Veteranos en la Delegación Local por lo que la representa y dirige.
Es nombrado por el Presidente del Consejo Local de Cruz Roja Mexicana en una Delegación, de entre los Veteranos que cumplen el perfil determinado en este Reglamento Nacional.
Los Coordinadores Locales se obligan a cubrir la capacitación requerida para dicho cargo.
La COORDINACIÓN NACIONAL DE VETERANOS podrá solicitar a una Delegación Local de Cruz Roja Mexicana, el cambio de un Coordinador Local cuando se exceda en funciones o deliberadamente transgreda las reglas, normas, principios o procedimientos dispuestos para quienes ostentan este cargo, incluso, cuando no haya entregado informes en dos trimestres consecutivos.
38. En caso de ausencia no justificada del Coordinador Local por un periodo de 30 días naturales, el Presidente del Consejo Local designará un nuevo Coordinador Local.
39. Los Veteranos que componen la estructura local del Área, se reúnen en principio, una vez por mes de forma ordinaria y de forma extraordinaria cuantas veces sea necesario en una sesión conducida por su Coordinador Local.
La sesión tiene como objetivo:
a) Informar, tratar y concluir asuntos de interés general.
b) Establecer directrices, conocer estados, aprobar planes, normas y acciones inherentes al trabajo, a los integrantes de de la estructura, a los recursos, etc.
c) Evaluar periódicamente el cumplimiento de la misión de los Veteranos de Cruz Roja Mexicana en la localidad.
d) Tratar cualquier otro punto para los que hayan sido convocados.
Los procedimientos de convocatoria, quórum, contenidos específicos de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Local, los define el Coordinador Local.
Las disposiciones de orden, reglas, normas, procedimientos de actuación, etc. son emitidas por el Coordinador Local fundamentado en este Reglamento, en los Programas Nacionales y las emanadas por el Consejo Local.
Las resoluciones y decisiones de organización para el trabajo, planes, procedimientos de acción, actividades, etc., deben lograrse de común acuerdo y en último caso, por votación, donde el Coordinador Local tiene el voto de calidad.
Título V
Orden y disciplina
Capítulo I
Disposiciones Generales
40. Los preceptos de orden de las Coordinaciones de Veteranos en todos sus niveles se apegan a las normas que para tal fin dicta el Código de Ética Institucional.
41. Los Veteranos que desarrollen sus actividades dentro de las Coordinaciones de Veteranos conforme a su derecho como Asociados pueden obtener los estímulos, las medallas, preseas o reconocimientos vigentes, de acuerdo a los procedimientos Institucionales.
Capítulo II
Sanciones
42. Los veteranos que cometan faltas que afecten a los servicios o la imagen de la Institución, podrán ser acreedores a las siguientes sanciones:
a) Amonestación en privado por parte del Coordinador respectivo.
b) Amonestación por escrito, con carácter confidencial y sin efecto para el expediente.
c) Suspensión de 30 a 90 días naturales con anotación en el expediente personal.
d) Suspensión con consignación al Comité de Ética.
e) Baja de Cruz Roja Mexicana, conforme a la normatividad institucional.
Capítulo III
Identificación.
43. En general, su uso en uniformes y aplicaciones se rige por lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Uniformes e Insignias y por el instructivo que emita en su oportunidad la COORDINACION NACIONAL DE VETERANOS.
44. Con carácter secundario para la identificación interna del Área de Veteranos, se utilizará un logotipo compuesto por un cruz roja de cinco cuadros iguales dentro de un campo blanco el cual estará laureado en forma semicircular con unas guirnaldas verdes, sobre el campo blanco la leyenda “veteranos” detrás de la composición se integra una letra “V”.
📷
45. Los usos indebidos del emblema y denominación de la Institución, serán sancionados según normatividad aplicable.
Transitorios
Primero.- El presente Reglamento de Veteranos entrará en vigor al día siguiente de haber sido aprobado por el Consejo Nacional de Directores.
Segundo.- Lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto según competencia por las propias Coordinaciones de Veteranos o los diferentes Órganos de Gobierno y de Administración.